EL JUZGADO 27 LABORAL DEL CIRCUITO

 

 

Informa a la comunidad en general que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 806 del 4 de junio de 2020 proferido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, los Acuerdos PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020 y PCSJA20-11581 del 27 de Junio de 2020 proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura, el acuerdo CSJBTA20-60 del 16 de junio de 2020 y la Circular No. CSJBTC20-69 del 25 de Junio de 2020 proferidos por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, el comunicado del 29 de Junio de 2020 emitido por el Director Ejecutivo de Administración Judicial Bogotá, Cundinamarca y Amazonas, en virtud de los cuales se ordena el levantamiento de la suspensión de los términos judiciales desde el 1° de julio de los corrientes y se adoptan medidas para implementar las TIC's en las actuaciones judiciales, TODOS los procesos a cargo de este Despacho Judicial se adelantarán teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

 

PRESTACIÓN DEL SERVICIO

 

Términos Judiciales. A partir del 1° de julio se activarán los términos de todos los procesos y habrá ATENCIÓN VIRTUAL de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m por los siguientes canales de comunicación:  teléfono celular 3115117407 y correo electrónico jlato27@cendoj.ramajudicial.gov.co.  De ser posible, la información solicitada se suministrará inmediatamente,o posteriormente por correo electrónico o, de ser necesario, se agendará una cita virtual a través de la plataforma Microsoft teams o cualquier otra plataforma tecnológica disponible que será comunicada vía correo electrónico al usuario.

 

En el evento que sea indispensable la atención presencial porque el trámite así lo amerita y previo análisis de la titular del despacho, se otorgará una cita en la sede del Juzgado de conformidad con el turno de atención que corresponda a los Juzgados impares según la Circular CSJBTC20-69 del 25 de Junio de 2020 expedida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, la cual será comunicada con antelación, siendo esto una excepción a la atención virtual.

 

RADICACION DE DOCUMENTOS

 

Todas las actuaciones se desarrollarán de manera virtual, razón por la cual las solicitudes, documentos y los memoriales serán recibidos exclusivamente a través del correo electrónico del despacho jlato27@cendoj.ramajudicial.gov.co en el horario de atención virtual, esto es, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1 p.m. y de 2:00 a 5:00 p.m, razón por la cual si un memorial es remitido en horarios diferentes se entenderá presentado el día hábil siguiente.

 

Se recomienda a las partes, apoderados e interesados, remitir los documentos en archivos PDF.

 

Las diferentes solicitudes serán resueltas en la medida en que las circunstancias lo permitan y teniendo en cuenta que el Consejo Superior de la Judicatura no ha adelantado el plan de digitalización de los Juzgados Laborales, lo que obliga a empleados y funcionarios a desplazarse a las sedes para acceder a los expedientes físicos solamente dentro de los turnos y horarios fijados también para el personal de la Rama Judicial.

 

COMUNICACIÓN DE PROVIDENCIAS

 

Las providencias que se emitan en virtud del levantamiento de la suspensión de términos en las acciones de tutela e incidentes de desacato y en los procesos ordinarios y especiales, se notificarán exclusivamente a través de la herramienta de Estados Electrónicos disponible en el portal web de la Rama Judicial en el siguiente vínculo: https://www.ramajudicial.gov.co/web/rj/1159. Allí se deberá indicar la opción «Bogotá», luego dar clic en el Juzgado 27 Laboral y se podrá observar el número del estado, la decisión que se notifica y el texto completo de las providencias a notificar, salvo si decretan medidas cautelares o hacen mención a menores, según el artículo 9º del decreto 806 de 2020.

 

La notificación personal de los autos admisorios y de los que libren mandamiento de pago se seguirá haciendo conforme lo dispuesto en los artículos 41 y 29 del CPT y SS, 291 y 292 del C.G.P. o acatando lo señalado en el artículo 8 del decreto 806 de 2020, siempre y cuando se cumpla con el requisito señalado en el inciso 5º del numeral 3º del artículo 291 del C.G.P.   

 

CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS

 

Las audiencias se llevarán a cabo de manera virtual, para lo cual se notificará en los estados electrónicos la fecha y hora señalada para tal fin, se programará la diligencia en la PLATAFORMA TEAMS DE MICROSOFT, se enviará previamente la invitación a la diligencia y se compartirá el link donde se puede visualizar el expediente digitalizado a fin que las partes tengan conocimiento del mismo.  Por lo anterior, las audiencias se programarán teniendo en cuenta el plan de digitalización que viene desarrollando el Juzgado autónomamente sin apoyo del Consejo Superior de la Judicatura.

 

Se REQUIERE entonces a las partes, intervinientes y apoderados allegar un correo electrónico al cual se remita la invitación, si el mismo no se aportó con la demanda o su contestación.  Además, serán las partes y sus apoderados quienes garanticen el acceso de los testigos cuya declaración se decrete a la herramienta tecnológica señalada, por lo que también deben comunicar al Juzgado la dirección de correo electrónico de cada uno de ellos.

 

En caso que se deba realizar la audiencia en forma presencial se atenderán los lineamientos indicados para el ingreso a la Sede Judicial y las normas de Bioseguridad.

PAGOS DE DEPÓSITOS JUDICIALES

 

La totalidad de los depósitos judiciales serán entregados exclusivamente de manera presencial a sus beneficiarios teniendo en cuenta lo siguiente:

 

Las solicitudes de entrega de títulos que estén debidamente autorizados por el despacho mediante auto ejecutoriado y en firme, se recibirán dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes al correo electrónico jlato27@cendoj.ramajudicial.gov.co  en horario de atención virtual, esto es, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1 p.m. y de 2:00 a 5:00 p.m a la cual se adjuntará copia de la cedula de ciudadanía del beneficiario y de la tarjeta profesional si la entrega se hace al apoderado judicial.

 

La entrega de los depósitos que hayan sido solicitados conforme las anteriores indicaciones se hará previa citación que efectúe el despacho, la cual será comunicada vía correo electrónico.

 

 

 

Bogotá D.C, Junio treinta (30) de dos mil veinte (2020)