AVISO

 

La Secretaría General del Consejo de Estado

 

Hace saber:

 

A las señoras Diana Paola Díaz Rojas y Yenifer Díaz Rojas, quienes actuaron como demandantes dentro del proceso de reparación directa 41001333300320160011900 y fueron vinculadas en calidad de terceros con interés en la tutela de la referencia

 

Que:

 

La Sección Cuarta del Consejo de Estado, magistrada Stella Jeannette Carvajal Basto, profirió auto concede de 22 de noviembre de 2022, dentro de la acción de tutela con radicado No. 11001-03-15-000-2022-03970-00, actor: Willinton Díaz Chavarro, demandado: Tribunal Administrativo del Huila; mediante el cual dispuso:

 

"De conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el artículo 4° del Decreto 1382 del 2000, se concede la impugnación interpuesta contra la sentencia de 27 de octubre de 2022, proferida por esta Sala. En consecuencia, por Secretaría General, remítase el proceso a la autoridad judicial que corresponda (reparto), para que se surta la impugnación presentada. Notifíquese y cúmplase.".

 

Se les informa que con esta publicación se entiende surtida la notificación de la providencia mencionada.

 

Asimismo, el presente aviso se publicará en la página web de esta Corporación y de las Secretarías del Tribunal Administrativo de Huila y del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Neiva.

 

El presente aviso se expide en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022)

 

 

Atentamente,

 

 

 

 

 

Juan Enrique Bedoya Escobar

Secretario General

 

 

 

 

 

AVISO

 

La Secretaría General del Consejo de Estado

Hace saber:

 

A las señoras Diana Paola Díaz Rojas y Yenifer Díaz Rojas, quienes actuaron como demandantes dentro del proceso de reparación directa 41001333300320160011900 y fueron vinculadas en calidad de terceros con interés en la tutela de la referencia

Que:

 

La Sección Cuarta del Consejo de Estado, magistrada Stella Jeannette Carvajal Basto, profirió fallo el 27 de octubre de 2022, dentro de la acción de tutela con radicado No. 11001-03-15-000-2022-03970-00, actor: Willinton Díaz Chavarro, demandado: Tribunal Administrativo del Huila; mediante el cual dispuso:

 

"Primero.- DECLÁRASE IMPROCEDENTE la acción de tutela presentada por el señor Willinton Díaz Chavarro, quien a su vez actúa en representación de sus hijos menores Cristian Santiago Díaz Rojas, Valentina Díaz Rojas y Alix Sofía Díaz Rojas, contra el Tribunal Administrativo del Huila, por las razones aquí expuestas.

Segundo.- NOTIFÍQUESE esta decisión por el medio más eficaz y expedito posible, como lo dispone el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

Tercero.- PUBLÍQUESE esta providencia en la página web del Consejo de Estado.

Cuarto.- En caso de no ser impugnada esta providencia, REMÍTASE el expediente de tutela a la Corte Constitucional para que surta el trámite de eventual revisión previsto en el artículo 86 de la Constitución Política.

Notifíquese y cúmplase".

 

Se les informa que con esta publicación se entiende surtida la notificación de la providencia mencionada.

 

Asimismo, el presente aviso se publicará en la página web de esta Corporación y de las Secretarías del Tribunal Administrativo de Huila y del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Neiva.

 

El presente aviso se expide en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022)

 

Atentamente,

 

 

 

 

Juan Enrique Bedoya Escobar

Secretario General

ZDG

 

 

 

70_110010315000202203970001SENTENCIA20221031121436_TLListprocesoAdj133120780179954720.pdf