NOTAS IMPORTANTES :
La notificación al correo institucional j03ccpas@cendoj.ramajudicial.gov.co estará sujeto a modificaciones hasta la habilitación de nuevos correos institucionales para efectos de notificaciones en asuntos constitucionales y ordinarios.
En caso de inquietudes o cualquier información, puede comunicarse por medio digitales, al celular- WhatsApp 3117003505, teniendo en cuenta los horarios hábiles que ha dispuesto el Consejo Superior de la Judicatura, es decir, de lunes a viernes de 7am a 4pm.
Señor usuario, tenga en cuenta que según el Acuerdo CSJNAA20-21 del 24 de junio de 2020, expedido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, por medio del cual se dispuso los horarios de atención excepcional al público previa cita, fue asignado para este Juzgado los días LUNES y JUEVES de 7 a 10 de la mañana.
PUBLICACIÓN DE TRASLADOS.
El Juzgado Tercero Civil del Circuito, pone en conocimiento a todos los abogados litigantes con asuntos en este Despacho Judicial, que los traslados que se efectuen dentro de los procesos se publicaran en la icono de "TRALADOS ESPECIALES Y ORDINARIOS" o que se encuentra en el siguiente link:
ABOGADOS LITIGANTES – CURADORES AD-LITEM CON ASUNTOS EN EL DESPACHO.
El Juzgado Tercero Civil del Circuito, recuerda a todos los abogados litigantes con asuntos en este Despacho Judicial, el deber previsto en el numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso, señaló:
"14. Enviar a las demás partes del proceso después de notificadas, cuando hubieren suministrado una dirección de correo electrónico o un medio equivalente para la transmisión de datos, un ejemplar de los memoriales presentados en el proceso. Se exceptúa la petición de medidas cautelares. Este deber se cumplirá a más tardar el día siguiente a la presentación del memorial. El incumplimiento de este deber no afecta la validez de la actuación, pero la parte afectada podrá solicitar al juez la imposición de una multa hasta por un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) por cada infracción." (Resalto)
Lo anterior, en concordancia con el parágrafo del artículo 9° del Decreto 806 del 4 de junio de 2020, donde se precisó:
"Cuando una parte acredite haber enviado un escrito del cual deba correrse traslado a los demás sujetos procesales, mediante la remisión de la copia por un canal digital, se prescindirá del traslado por secretaria, el cual se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje y el término respectivo empezará a correr a partir del día siguiente."
La advertencia procesal que antecede es RELEVANTE para garantizar el debido proceso y la agilidad que merece el tratamiento de cada uno de los asuntos a cargo de esta Judicatura.
Para tal cometido, la recepción de memoriales de cualquier naturaleza se recepcionaran en el correo institucional del Juzgado: j03ccpas@cendoj.ramajudicial.gov.co en los horarios hábiles que ha dispuesto el Consejo Superior de la Judicatura, es decir, de lunes a viernes de 7am a 4pm.
AVISO:
El Juzgado Tercero Civil del Circuito de Pasto se permite infomar que se ha fijado un aviso dentro del proceso C-3092, mismo que puede ser consultado en la casilla de edictos o en el siguiente link:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/10082533/52526942/A+V+I+S+O+C-3092.pdf/dcbe9a26-eb59-4e22-8ec8-6658e81172bf