R A M A J U D I C I A L

 JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE IBAGUE – TOLIMA,- S E C R E T A R I A  I N F O R M A C I O N  P A R A  A B O G A D O S  Y  P Ú B L I C O  E N  G E N E R A L

AVISO INFORMATIVO No.1

Dando cumplimiento y alcance, a lo establecido en el Decreto 806 del 4 de Junio de 2020 expedido por el Gobierno Nacional y Acuerdo Número: PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, se le informa a los abogados litigantes, partes y público en general que cualquier petición y anexos debe ser dirigida al correo institucional del juzgado j03pqccmiba@cendoj.ramajudicial.gov.co en formado PDF y en horas hábiles, indicando radicado, partes del proceso, clase de proceso, correo electrónico del peticionario o parte.

Los abogados y partes deben consultar el sistema Siglo XXI de la rama judicial, donde se registrara las decisiones y traslados de las actuaciones exentas de la suspensión de términos y las posteriores al levantamiento de términos, las cuales podrán ser consultadas en los estados electrónicos en la Página web de la rama judicial, link https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-03-de-pequenas-causas-y-competencia-multiple-de-ibague/2020n1

Frente a la entrega de depósitos judiciales, estos se harán mediante trasferencia electrónica a favor del beneficiario (apoderado con facultad para recibir, demandante o demandado), con costo a cargo del beneficiario, en cumplimiento al acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2.020, "Artículo 25. Herramienta de depósitos judiciales. Antes del 22 de junio, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial debe coordinar y acordar con el Banco Agrario de Colombia las acciones necesarias para mantener y optimizar las medidas para la administración, gestión y pago de los depósitos judiciales a través y con preferencia de los medios electrónicos, en particular del Portal Web Transaccional." Trasferencia a solicitud de las partes, quienes previamente debe dirigir petición al correo institucional del juzgado j03pqccmiba@cendoj.ramajudicial.gov.co, indicando nombre y número de la cuenta, clase de cuenta, entidad bancaria y certificación de la cuenta en lo posible, una vez el banco verifica los datos del beneficiario esta a su vez autorizara el ingresó de las claves para la trasferencia de los dineros al beneficiario. 

AVISO INFORMATIVO No.2

RESOLUCION No.003

La asistencia de abogados y público en general a la sede del Despacho será excepcionalmente, previamente se debe diligenciar el formato de cita previa el cual pueden descargar y acceder en el siguiente link:

https://etbcsj-my.sharepoint.com/:w:/g/personal/j03pqccmiba_cendoj_ramajudicial_gov_co/EbRsWC8Pg3xFpEMM0YfZGpkBJu_PMkSyclbmBYMhllEgug?e=Rgl85i

Así como lo establece el "5.10.- Cada nominador o jefe de despacho judicial o dependencia administrativa, podrá establecer un sistema de citas previas, para que los usuarios asistan a las sedes judiciales en caso excepcional indicando el motivo, sin que se presenten aglomeraciones dentro ni fuera de las mismas. En todo caso el tiempo de permanencia será limitado a lo estrictamente necesario." ACUERDO No. CSJTOA20-36 10/06/2020., una vez diligenciado el formato de cita previa debe ser enviado al correo institucional j03pqccmiba@cendoj.ramajudicial.gov.co en formado PDF, una vez resuelta la solicitud se le informara al correo electrónico indicado por el peticionario.

Se advierte que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109 inciso 4º del C.G.P. "Los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término." Esto es, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. horario dispuesto por el Acuerdo No. CSJTOA20-36 del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima expedido el pasado 10/06/2020.

De igual forma, se informa que el correo electrónico para presentar demandas civiles en el circuito judicial de Ibagué es demandascivilesiba@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Que las actuaciones judiciales, traslados, notificaciones de la demanda, se pueden realizar mediante los medios tecnológicos y con las observancias indicadas en el Decreto DECRETO LEGISLATIVO 806 expedido el 4 de junio de 2020; ACUERDO PCSJA20-11567 05/06/2020 

AVISO INFORMATIVO No.3

Se deja a disposición de los usuarios el protocolo para la realización de la audiencia virtual. Dar clic en el siguiente archivo  PROTOCOLO DE AUDIENCIA. 

Protocolo diligencias de remate. Dar clic en el siguiente archivo PROTOCOLO REMATE