En la fecha 10 de agosto de 2020 se admitió la demanda de Nulidad Electoral, donde las partes intervinientes en este proceso son: demandante: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN, demandado: ELECCIÓN DEL SEÑOR PEDRO JOSE GALINDO NAJERA COMO PERSONERO DEL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIAN DE BUENAVISTA - MAGDALENA, Radicado bajo el No. 47-001-3333-004-2020-00119-00.

La Procuraduria General de la Nación actuando por conducto de las Procuradurías 155 Judicial II, 93, 203 y 204 Judiciales I para Asuntos Administrativos de Santa Marta, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral promueve demanda en procura que se declare la nulidad del acto de elección del Pedro Jose Galindo Najera como Personero del Municipio de San Sebastián de Buena Vista Magdalena, acto administrativo contenido en el acta No. 011 de 20 de febrero de 2020 y la Resolución No. 019 de 20 de febrero de 2020 que protocoliza la elección y efectúa el nombramiento, expedidas por el Concejo Municipal

Para constancia se firma a los quince (15) días del mes de septiembre de dos mil veinte (2020).

 

MELINA CERÓN RAMÍREZ

SECRETARIA

 
 

En la fecha 03 de noviembre de 2020 se admitió la demanda de Nulidad Electoral, donde las partes intervinientes en este proceso son: demandante: NILSON RAFAEL FONSECA MERIÑO, demandado: ELECCIÓN DEL SEÑOR LUIS GUTIERREZ PEÑARANDA COMO PERSONERO ENCARGADO DEL MUNICIPIO  DE CERRO DE SAN ANTONIO - MAGDALENA , Radicado bajo el No. 47-001-3333-004-2020-00254-00.

El señor Nilson Rafael Fonseca Meriño actuando en ejercicio del medio de control de nulidad electoral promueve demanda en procura que se declare la nulidad del acto de elección del señor LUIS GUTIERREZ PEÑARANDA como Personero Encargado del Municipio de Cerro de San Antonio, designación contenida en el acta No. 003 del 10 de octubre de 2020  expedidas por el Concejo Municipal de dicha municipalidad. 

Para constancia se firma a los seis (06) días del mes de noviembre de dos mil veinte (2020).

 

MELINA CERÓN RAMÍREZ

SECRETARIA