NEIVA 4-DICIEMBRE-2022 JUZGADO 4º CIVIL DEL CIRCUITO NEIVA HUILA Carrera 4 No. 6-99, Palacio de Justicia, Oficina 904. Correo institucional: ccto04nei@cendoj.ramajudicial.gov.co
5 de diciembre de 2022 Oficio No. 1744
Asunto: AVISO PROCESOS DE REORGANIZACIÓN Proceso: Reorganización Empresarial Expediente: No. 410013103004-2020-00059-00 Demandante: MARIA ORFITH LLANOS LOSADA C.C., 68.289.660 Demandado: ACREEDORES
Cordial saludo:
El JUZGADO 4º CIVIL DEL CIRCUITO NEIVA HUILA AVISA:
Que mediante auto fecha 15 de noviembre de 2022 (ADJUNTO, DE CLIC AQUÍ PARA DESCARGARLO), proferido dentro de la Reorganización Empresarial descrita en la referencia de este oficio, DISPUSO la fijación en un lugar visible al público y por un término de diez (10) días éste Aviso que informa sobre el inicio del proceso liquidación de MARIA ORFITH LLANOS LOSADA C.C., 68.289.660, igualmente se informa que se DESIGNO como liquidador al Doctor CARLOS TORRES ORTIZ quine recibe las notificaciones al correo consultoresinsolvencia@gmail.com.
ADVERTIR a los acreedores de la señora MARIA ORFITH LLANOS LOSADA que disponen de un plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de fijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial para que de conformidad con el artículo 48 de la Ley 1116 presenten su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía de los mismos. Se advierte que los acreedores reconocidos y admitidos en el acuerdo de reorganización se entenderán presentados en tiempo al liquidador en el proceso de liquidación oficial. Los créditos no calificados ni graduados en la reorganización y que se deriven de gastos de administración deben ser presentados al liquidador.
Atentamente,
|
NEIVA 31-OCTUBRE-2022 Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Neiva dentro de la ACCIÓN POPULAR con Rad.41001-31-03-004-2022-00272-00 siendo ACCIONANTE: CONJUNTO RESIDENCIAL SOLARIS -CONDOMINIO- PROPIEDAD HORIZONTAL y ACCIONADO: CONSTRUCTORA SANTA LUCIA S.A.S., PUBLICA el auto admisorio de este proceso mediante aviso, que será fijado por el término de veinte (20) días. Para acceder a la providencia en mención, de clic en éste enlace para su respectiva descarga. Adicionalmente, en el link que se relaciona a continuación, podrá descargar y/o visualizar esta Acción Popular junto con sus anexos y demás actuaciones procesales. https://etbcsj-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/ccto04nei_cendoj_ramajudicial_gov_co/EtWTJyQcnxJPkmn2ItroK4UB2xQd7U7rVxMT1BNugoNESQ?e=GmVBOO
|
NEIVA 18-ABRIL-2022 Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Neiva en atencion al memorial allegado el 23 de marzo del presente año, por el señor JAIRO PACHECO ESQUIVEL, identificado con cédula de ciudadanía No. 5.963.744 de Natagaima (T), solicita el levantamiento de la medida cautelar inscrita en la anotación No. 002 de del certificado de tradición inmobiliaria del bien inmueble bajo matrícula No. 200-72875, de la Oficina de Registro Públicos de Neiva, comunicada por este Despacho el 23 de enero de 1984, dentro de un proceso de demanda en mayor extensión. No obstante y a pesar de la búsqueda realizada al expediente, el mismo no fue encontrado dentro de los archivos de la Rama Judicial. Por lo anterior, con el fin de dar respuesta a la solicitud realizada por el memorialista y advirtiendo que la medida cautelar ha permanecido por un periodo superior a 38 años, recuerda el Despacho que el numeral 10 del artículo 597 del Código General del Proceso, dispone los siguiente: "10. Cuando pasados cinco (5) años a partir de la inscripción de la medida, no se halle el expediente en que ella se decretó. Con este propósito, el respectivo juez fijará aviso en la secretaría del juzgado por el término de veinte (20) días, para que los interesados puedan ejercer sus derechos. Vencido este plazo, el juez resolverá lo pertinente". Para acceder a la providencia en mención, de clic en el siguiente enlace para su respectiva descarga:
|
NEIVA 5-ABRIL-2022 Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Neiva dentro de la ACCIÓN POPULAR con Rad.41001-31-03-004-2021-00328-00 siendo ACCIONANTE: SAUL ARRIETA TRUJILLO Y OTROS DE LACOMUNIDAD DE ARENOSO y ACCIONADO: TRITURADOS CARRILLO HERMANOS Y CIA LTDA., PUBLICA el auto admisorio de este proceso mediante aviso, que será fijado por el término de diez (10) días. Para acceder a la providencia en mención, de clic en el siguiente enlace para su respectiva descarga:
|