El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Pasto, les recuerda a todos los abogados litigantes, el deber previsto en el numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso, según el cual deben enviar a las demás partes del proceso después de notificadas, cuando hubieren suministrado una dirección de correo electrónico o un medio equivalente para la transmisión de datos, un ejemplar de los memoriales presentados en el proceso. Exceptuándose las peticiones de medidas cautelares. Este deber se cumplirá a más tardar, el día siguiente a la presentación del memorial. El incumplimiento de este deber no afecta la validez de la actuación, pero la parte afectada podrá solicitar al juez, la imposición de una multa hasta por un salario mínimo legal mensual vigente por cada infracción.