TRASLADOS ARTÍCULO 110 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO
Se solicita amablemente a los abogados enviar los memoriales o peticiones una sola vez, pues al enviarlo varias veces congestiona la bandeja de entrada del correo e impide celeridad en las respuestas, se recuerda que la solución de los casos se hará en orden de llegada, siempre y cuando no requieran pronunciamiento del Despacho.