DE:      JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PASTO

PARA: ABOGADOS DENTRO DE LOS PROCESOS QUE CURSAN EN EL DESPACHO

 

Referencia: Actualización de datos

 

En cumplimiento del Decreto 806 del 4 de junio de 2020 del Ministerio de Justicia y del Derecho y del Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura en el cual se adoptan medidas para el levantamiento de los términos judiciales, este Despacho se permite solicitar los datos de comunicación para notificación, citaciones a audiencias y correspondencia en general.

Para el efecto por favor diligenciar el siguiente formulario:

 

https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLosYviA80GN9Y65mQFZiwAcpTeATnJGivO6JVPVkQRUM1ZDWVZNQUY5TU1MNEc2SUdXS1hLOURUQi4u

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  JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL

CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO

PROTOCOLO PARA LA CELEBRACION DE AUDIENCIAS VIRTUALES

Pasto, tres (3) de julio de dos mil veinte (2020)

 

En virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley No. 806 del 4 de junio de 2020 y el Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura que disponen la implementación de las tecnologías de la información y las comunicaciones - TIC en las actuaciones judiciales en el marco del Estado de emergencia económica, social y ecológica, con ocasión de la pandemia de COVID-19, éste Despacho Judicial fija el PROTOCOLO a observarse en las audiencias virtuales que se realicen a través de los medios digitales disponibles, así:

PRIMERO:  Las partes tienen la obligación de, a más tardar dentro de los DOS DÍAS HÁBILES previos a la celebración de la audiencia, remitir al correo institucional: adm07pas@cendoj.ramajudicial.gov.co, la siguiente documentación en formato PDF:

Apoderados

  1. Copia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional.
  2. Copia del memorial poder o sustitución junto con los documentos que acrediten la representación legal de la Entidad y la condición en la que actúa la persona que confirió el poder cuando corresponda.
  3. Número de teléfono móvil y dirección de correo electrónico. Esta deberá coincidir con la que se encuentre en el Registro Nacional de Abogados.
  4. Copias de la cédula de los testigos y los peritos (para audiencia de pruebas).
  5. Copia de los parámetros del Comité de Conciliación y Defensa Judicial, cuanto los tuvieren y fueren pertinentes para la audiencia de que se trate.

 

SEGUNDO:  Los correos y direcciones que suministren las partes e intervinientes, deberán ser los que se encuentren actualizados y registrados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Ley 806 de 2020 y el artículo 31° del Acuerdo PCSJA20-11567 de 05/06/2020.

TERCERO: En el evento de presentar inconvenientes para lograr la conexión de internet, las partes deberán informarlo al Despacho a través del correo institucional: adm07pas@cendoj.ramajudicial.gov.co, y el número de celular o whatsApp que se les dará conocer en su momento por personal del despacho.

CUARTO: Las partes DEBERÁN PORTAR al momento de la celebración de la audiencia su cédula de ciudadanía y tarjeta profesional, mismas que serán exhibidas frente a la cámara de su dispositivo a efectos de constatar los datos y dejar el registro en el video de la audiencia.

La misma regla deberá observarse para los testigos, peritos y demás sujetos que intervengan en la audiencia.

 

ADRIANA LUCIA CHAVES ORTIZ

                    Juez

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