REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD

ARMENIA QUINDÍO

 

AVISO

DE INTERÉS PARA LOS USUARIOS DE LA JUSTICIA Y A LA COMUNIDAD EN GENERAL

 

EL JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE ARMENIA, QUINDÍO, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 806 del 04 de junio de 2020 en armonía con las disposiciones dadas en los Acuerdos PCSJA20-11567 del 05 de junio de 2020, PCSA20-11581 del 27 de junio de 2020 y el Acuerdo CSJQUA20-10 del día 11 de junio de 2020, emitidos en su orden, los dos primeros por el Consejo Superior de la Judicatura y el último por el Consejo Seccional de la Judicatura del Quindío, y como quiera que a partir del día primero (01) de julio del corriente año, opera la reanudación de los términos judiciales, este Despacho se permite informar lo siguiente:

  1. Los memoriales, documentos y solicitudes dirigidas a este Estrado Judicial, deberán remitirse al correo institucional: j08cmpalarm@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para tal efecto, se recomienda que, tanto en el asunto del correo electrónico como en las comunicaciones, memoriales y/o solicitudes que se presenten, se indique de manera clara y precisa: Nombre completo de las partes, clase de proceso, número de radicación del proceso, con expresión clara y concreta del objeto de la solicitud.
  1. La notificación de las providencias que se profieran en los distintos procesos que cursan en esta célula judicial, se seguirá realizando mediante la publicación de ESTADOS ELECTRÓNICOS, con la inserción de las providencias que no tengan el carácter de reserva legal, a través del portal WEB de la Rama Judicial, en el link: https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-08-civil-municipal-de-armenia
  1. La FIJACIÓN EN LISTA, para los eventos de los traslados que deban surtirse conforme a lo previsto en el artículo 110 del C.G.P., notificaciones de acuerdo a lo previsto en el artículo 9° del Decreto Legislativo 806 del 04 de Junio de 2020, lista de procesos a Despacho para sentencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 del C.G.P., y avisos a la comunidad, entre otros, también serán publicados en el portal web de la rama judicial en el mismo link https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-08-civil-municipal-de-armenia.
  1. Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo CSJQUA20-10 del 11 de junio de 2020, expedido por el Consejo Seccional de la Judicatura, el horario laboral será de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. En tal sentido, se precisa que todo memorial, solicitud o demanda remitida al correo electrónico del Juzgado, con posterioridad a la última hora hábil, se entenderá recibido, para efectos judiciales y administrativos, a la primera hora hábil del día siguiente, ello acorde a lo previsto en el artículo 109 del Código General del Proceso.

Así mismo se informa que el horario de atención al público a partir del 01 de julio de 2020, será de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. No obstante lo anterior, bien vale la pena resaltar que como quiera que en los citados Acuerdos, se ha priorizado la atención virtual de los usuarios, y se ha dispuesto que la atención de manera presencial y el acceso a las sedes judiciales solo será permitida en casos excepcionalísimos, se advierte que quien requiera ser atendido de forma presencial en la sede del Despacho, deberá previamente presentar la solicitud vía correo electrónico en formato PDF, justificando los motivos para dicho acceso. Lo anterior por cuanto el ingreso a las sedes judiciales debe ser coordinado previamente con la Dirección Seccional de Administración Judicial de Armenia y el Consejo Seccional de la Judicatura del Quindío.

  1. La presentación de las demandas y sus contestaciones deberá hacerse de manera virtual a través del correo electrónico institucional de este Despacho. Para tal efecto, se recomienda que además de los requisitos formales previstos en el artículo 82 del C.G.P., se tengan en cuenta los requisitos dispuestos en el Decreto 806 de 2020, puesto que el no cumplimiento de los mismos, constituye causal de inadmisión.
  1. Para la celebración de audiencias se optará preferiblemente por la utilización del aplicativo Microsoft Teams, para cuyo efecto, previamente la Secretaría del Despacho comunicará a través de correo electrónico, la ruta e instrucciones de acceso para tales fines. En tal sentido, las partes y terceros involucrados deberán reportar y/o actualizar su correo electrónico y números de contacto.
  1. Para la recepción de las acciones constitucionales (tutelas y Habeas Corpus), el Consejo Superior de la Judicatura ha dispuesto a partir del 01 de julio de esta anualidad, el aplicativo en el portal web "RECEPCIÓN DE TUTELA Y HÁBEAS CORPUS EN LÍNEA", al cual podrán acceder los ciudadanos que requieran de dicho servicio, ingresando a la dirección URL en donde se encuentra ubicado el aplicativo web, la cual se identifica como: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/TutelaEnLinea.
  1. Finalmente, se insta a los profesionales del derecho para que mantengan actualizadas sus direcciones electrónicas en el aplicativo SIRNA de la Rama Judicial. Igualmente, se solicita a los demás usuarios de la Administración de Justicia, particularmente a aquellos ciudadanos que actualmente estén tramitando procesos en el Juzgado, para que procedan a suministrar sus direcciones electrónicas, lo cual redundará en la facilitación del trámite de las diversas solicitudes que se presenten. 

 

 

JORGE IVAN HOYOS HURTADO

Juez 8° Civil Municipal de Armenia, Q.