JUZGADO 82 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ
(Transformado Transitoriamente en Juzgado 64 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple – Acuerdo PCSJA18-11127 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura)
CARRERA 10 No. 14 -30, PISO 9 - TELEFAX. 2838645
EDIFICIO JARAMILLO MONTOYA
AVISO No. 001
(10 de Junio de 2020)
Se Informa a los usuarios que a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este estado corren los términos de los asuntos que no se encuentren suspendidos según las excepciones decretadas por el Consejo Superior de la Judicatura en los acuerdos Nos. ACU_CSDJ_11567 y anteriores.
En cuanto a los demás procesos, correrán sus términos a partir del día siguiente a la apertura de los Despachos Judiciales o del levantamiento de los términos.
El secretario,
Melquisedec Villanueva Echavarría
AVISO No. 002
(25 de Junio de 2020)
Por medio del cual se informan algunas de las medidas de prevención adoptadas para garantizar la atención a los usuarios en este Juzgado y reducir el riesgo de propagación de contagio del Covid-19.
El suscrito Juez Ochenta y Dos Civil Municipal de Bogotá D.C., en uso de sus facultades legales y,
C O N S I D E R A N D O:
Que debido a la propagación mundial del SARS-COV-2, el Director General de la OMS –Dr.Tedros-, declaró en la alocución realizada el día 11 de marzo de 2020 que ello podía considerarse como una pandemia, en atención a lo cual, pidió a la comunidad internacional y a los países intervinientes de la misma, intensificar las acciones para mitigar su propagación, proteger a las personas vulnerables y trabajadores de salud, con el fin de salvaguarda la vida de la mayor cantidad de personas[1].
Como consecuencia de la anterior comunicación, el Gobierno Nacional de Colombia a través del Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución No. 385 del 12 de marzo de 2020 declaró la emergencia sanitaria en Colombia por causa del COVID-19, adoptando varias medidas sanitarias y de prevención temporales para hacer frente a la propagación del virus[2].
Que la presidencia del Consejo Superior de la Judicatura mediante la Circular PCSJC20-6[3] y la Circular DEAJC20-35 del 5 de mayo de 2020 adoptó varios protocolos para la prevención de contagio de COVID-19 en las distintas sedes Judiciales del País y estableció una serie de medidas administrativas, funcionales y laborales.
Posteriormente el Consejo Superior de la Judicatura mediante el Acuerdo PCSJA20-11567 "estableció medidas para el levantamiento de suspensión de términos judiciales, y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor"
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Justicia y del Derecho expidió el Decreto No. 806 del 4 de junio de 2020, por el cual se adoptaron alguna medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos Judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, social y ecológica en todo el territorio Nacional.
Por lo anterior y con miras a adoptar medidas para prevenir el contagio de COVID-19, para salvaguardar el estado de salud y vida de los funcionarios del Juzgado y de los usuarios, garantizando el acceso del servicio público de justicia en el marco del Estado de Emergencia Económica, social y ecológica de manera transitoria y mientras persiste la fase de contención implementada por las diferentes entidades internacionales, nacionales y territoriales este Juzgado adopta las siguientes determinaciones:
PRIMERO: INFORMAR a los usuarios del Juzgado que a partir de la fecha los autos, sentencias y los respectivos "Estados" se continuaran realizando a través del aplicativo siglo XXI y adicional por medio de la página Web de la rama judicial "Estados Electrónicos" en el siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-082-civil-municipal-de-bogota/85, plataforma donde podrán consultar las providencias que se estén notificando.
SEGUNDO: INFORMAR a los usuarios del Juzgado que sus solicitudes, peticiones y/o memoriales, se recepcionaran de manera preferente a través del correo electrónico institucional dispuesto para tal fin, esto es: jcmpal82bta@notificacionesrj.gov.co dentro del horario hábil establecido por el Consejo Seccional de la judicatura Bogotá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del C.G.P. (8:00 am a 1:00 pm y de 2:00 a 5:00pm)
Advirtiendo a los usuarios que los memoriales que registren recibidos en la bandeja de entrada del correo institucional, por fuera del horario hábil, se consideraran recibidos el día y hora hábil siguiente.
TERCERO: EXHORTAR a los usuarios de la justicia que tengan procesos en este Juzgado que eviten en la medida de lo posible asistir a la Secretaría del Juzgado a verificar de forma física los expedientes, puesto que, la totalidad de las actuaciones judiciales adelantadas, serán publicitadas y podrán ser consultadas a través del aplicativo de siglo XXI y en la página web de la Rama Judicial.
CUARTO: REQUERIR a los usuarios que deban asistir a las instalaciones físicas del Juzgado, lo hagan con estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad previstos por el Consejo Superior de la Judicatura, el cual incluye, entre otros, el lavado constante de manos, el uso continuo y obligatorio de elementos protectores (tapabocas), así como el acatamiento de las instrucciones que le sean impartidas por el funcionario del Juzgado durante cada jornada de atención al público.
ATENTAMENTE
JOHN EDWIN CASADIEGO PARRA
JUEZ