2021
AVISO 001 DE 2021 |
AVISO A LA COMUNIDAD
Se le informa a la comunidad en general que el Juzgado Décimo Tercero Oral Administrativo del Circuito de Cartagena mediante providencia de fecha 9 de agosto de 2021, proferida dentro del proceso de reparacion directa radicado bajo el No. 13001 33 33 013 2019 00185 00 iniciada a instancias de Elkin Moncaris González contra el Inpec se decidio INTERRUMPIR el proceso a partir de la muerte del Dimas Blanco Dickens, apoderado de los actores, por estructurarse la causal contemplada en el numeral 2 del artículo 159 del Código General del Proceso. Lo anterior, para que los interesados comparezcan al proceso dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, y designen nuevo apoderado. Si dentro del plazo mencionado no se designa nuevo mandatario judicial se reanudará el proceso HAGA CLICk AQUI PARA DESCARGAR LA PROVIDENCIA YERLIS ARRIETA CASTILLO SECRETARIA JUZGADO DÉCIMO TERCERO ORAL ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE CARTAGENA |
AVISO 002 DE 2021 | Se le informa a la comunidad en general que el Juzgado Décimo Tercero Oral Administrativo del Circuito de Cartagena mediante providencia de fecha 30 de noviembre de 2021, proferida dentro de la accion de tutela radicada bajo el No. 13001 33 33 013 2021 00276 00 iniciada a instancias de Pedro Antonio Melendres Hernández contra Aguas de Cartagena E.S.P. y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios se ordenó publicar en la página web de este Despacho, la acción de tutela como el presente auto admisorio de la demanda para que las personas interesadas puedan hacerse parte para tener acceso debera hacer click aqui: |
AVISO 003 DE 2021 | La suscrita secretaria nominada del Juzgado Décimo Tercero Administrativo del Circuito de Cartagena,en uso de las facultades conferidas por el articulo 115 del Código General del Proceso,
CERTIFICA:
Que el dia 9 de diciembre de los cursantes, cporrespondio por reparto en hora no hábil el Habeas Corpus Rad. 13001 33 33 013 2021 00283 00, del cual se avoco conocimiento mediante auto interlocutorio No. 674 de esa mism a fecha, el cual se notificó al accionante al correo del cual fue presenatado el mismo, tal y como fue informado por la Oficina Judicial de Cartagena: Que el correop fue recibido por el destinatario del correo, Que mediante auto interlocutorio No. 683 de 10 de diciembre de 2021, se decidió negar la solictud de habeas corpus y se ordenó notificar al accionante a su dirección de correo, pero despues de multiples intentos, se advirte que es imposible la entrega al destinatario, tal y como se dejó evidencia en el expediente digital. 10 de diciembre de 2021
YERLIS ARRIETA CASTILLO SECRETARIA Juzgado Décimo Tercero Administrativo del Circuito de Cartagena
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