COMUNICADO OPINIÓN PÚBLICA

Teniendo en cuenta las medidas adoptadas por el Consejo Superior de la Judicatura de cara a la declaratoria de emergencia sanitaria por parte del gobierno nacional a causa del Coronavirus- Covid19, el Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá se permite informar a la comunidad que la titular del despacho y sus colaboradores han adoptado planes de trabajo desde casa para avanzar en los asuntos correspondientes y los trámites exceptuados a fin de  continuar sirviendo a los usuarios mientras se mitiga el riesgo de contagio.

Es por eso que el Juzgado extiende su agradecimiento a la ciudadanía por la comprensión de la situación y su colaboración para afrontar este nuevo reto, y de la mano de ustedes implementaremos el uso de los recursos que se han puesto sobre la mesa para dar inicio a las audiencias virtuales y estados electrónicos respetando el distanciamiento social.

Al respecto, se pone de presente a los usuarios, que en caso de que consideren que alguno de los procesos que se adelantan en este juzgado, se encuentran dentro de las excepciones establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura para continuar su trámite, se sirvan informar al correo del despacho jlato21@cendoj.ramajudicial.gov.co, de conformidad con lo dispuesto en los Acuerdos PCSJA20-11526 y PCSJA20-11546 del 22 de marzo y 25 de abril de 2020 respectivamente, y los que se expidan a futuro con relación a la emergencia sanitaria.

Igualmente, se les informa que las notificaciones por estado del juzgado se surtirán de manera electrónica, así como las demás actuaciones procesales, por lo que se invita a los usuarios, efectuar la revisión periódica de la página web de la Rama Judicial y continuar activos con la nueva forma de trabajo que nos ha brindado esta crisis mundial.

Finalmente, los invitamos, a suministrar la dirección de su correo electrónico para surtir a través de este los trámites correspondientes al correo institucional del juzgado, y actualizar sus datos en la unidad de Registro Nacional de Abogados a través del pagina https://sirna.ramajudicial.gov.co

Esperamos poder avanzar juntos, cordialmente,

                                                             Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá.

PROTOCOLO DE AUDIENCIAS VIRTUALES

 

               1. Las audiencias virtuales se surtirán a través de la plataforma MICROSOFT TEAMS, mediante el correo institucional del juzgado:     jlato21@cendoj.ramajudicial.gov.co.

  1. El despacho convocará las audiencias virtuales en el formato de reunión de la plataforma MICROSOFT TEAMS. La invitación a las mismas será enviada por el despacho a las partes y demás actores procesales en la fecha programada a través de cualquier dirección válida de correo electrónico.

  2. Previo a la realización de la audiencia virtual, este despacho contactará a las partes para que informen teléfonos de contacto y los correos electrónicos en los que las partes intervinientes serán contactados.

  3. Todos los sujetos procesales deben contar con los equipos necesarios para establecer la comunicación: computador o Tablet con cámara web, micrófonos y parlantes o audífonos o en su defecto teléfono móvil inteligente con sistema Android o IOS, internet estable (con mínimo 2 megas, recomendado 5 megas o más si es posible, destinados exclusivamente a la diligencia) y navegador web.

  4. El despacho enviará un mensaje a la dirección de correo electrónico suministrada, con el día y la hora de la realización de la diligencia y el link (vínculo) que deberán cliquear para ingresar a la sala virtual de MICROSOFT TEAMS. Cuando se acceda al link, aparecerá la página web de Microsoft Teams y podrá elegir entre descargar la aplicación al computador o móvil, o entrar a la reunión directamente desde la página Web, evento en el cual deberá permitir que el navegador tenga acceso al micrófono y a la cámara que se encuentra instalada y configurada en el equipo.

  5. Una vez permitido el uso de la cámara y del micrófono del equipo, aparecerá un recuadro en el que deberá escribir su nombre completo, luego debe cliquear en otro recuadro que aparece para "Unirse a la reunión" y finalmente deberá esperar a que el moderador del juzgado permita su ingreso.

  6. Una vez se tenga acceso a la sala, se deberán identificar los controles principales de la reunión que aparecen en la parte inferior (activar o desactivar cámaras, activar o desactivar micrófono, acceder al chat de la reunión y finalización de la reunión).

  7. Recomendaciones para el desarrollo de la audiencia:

  • -  Antes de la intervención del juez en la audiencia virtual, se indagará a las partes si tienen necesidad de compartir un documento durante el transcurso de la diligencia, a fin de que sea enviado al correo electrónico del juzgado, y así, agilizar la práctica de la misma.

  • -  Una vez iniciada la grabación las partes deben silenciar las notificaciones de las aplicaciones del computador, del celular u otros aparatos para que dichos sonidos no perturben la grabación.

  • -  Se deben desactivar los micrófonos inmediatamente después de terminada cada intervención. Solamente debe estar activado el micrófono de la persona que está en uso de la palabra.

  • -  Se recomienda disponer de un espacio adecuado para la realización de la actividad, libre de interferencias de terceros.

  • -  Sólo podrán hacer uso de la palabra o podrán retirarse de la reunión antes de que la audiencia termine, cuando el Juez lo autorice.

  • -  Los intervinientes pueden hacer comentarios, indicar fallas de conexión, calidad del audio y del video en el chat de la reunión.

  • -  Se deberán emplear en sus intervenciones lenguaje, tono de voz y actitudes decorosas y respetuosas para con sus interlocutores, los asistentes, los demás intervinientes, el Juez y las personas que se encuentren en la sala de audiencia.

    9. La responsabilidad de la grabación está en cabeza del (la) secretario (a) de la audiencia, quien debe constatar permanentemente que se esté ejecutando la grabación.

    10. La grabación de la audiencia será adjuntada al expediente digital que será compartido para conocimiento de las partes en la plataforma ONEDRIVE.

    11.Si durante el desarrollo de la audiencia virtual se llegare a presentar dificultad en la comunicación, esto es, que los componentes de audio y video de la reunión presenten un nivel de falla que impida la grabación fiel y la visualización nítida de alguno de los participantes, el Juez, como director del proceso, determinará en cada caso el paso a seguir, dependiendo de la gravedad de la dificultad técnica.

    De todos depende la realización exitosa de la audiencia a través de los mecanismos virtuales, ¡contamos con ustedes!