REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

JUZGADO 30 ADMINISTRATIVO  DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ

SECCIÓN SEGUNDA

Carrera  57 No. 43-91, piso 5

Correo electrónico jadmin30bta@notificacionesrj.gov.co

Teléfono: 5553939 extensión 1030

 

INFORMACION IMPORTANTE PARA LA COMUNIDAD

 

Señor usuario, para su  comodidad  y optimización de su tiempo y del juzgado le rogamos tener en cuenta que cualquier decisión que se tome dentro de un proceso podrá ser consultada electrónicamente a través de la página web de la Rama Judicial, al correo electrónico jadmin30bta@notificacionesrj.gov.co o por teléfono[1], con el fin de evitar su desplazamiento al juzgado.

 

1.    SOBRE LA CONSULTA DE PROCESOS.

Antes de acudir al juzgado a solicitar el expediente físico recuerde que puede  consultar las  providencias por INTERNET, en la página web de la Rama Judicial, las cuales se encuentran cargadas junto con el estado correspondiente, la ruta para el ingreso y verificación de  providencias es la siguiente:

 

a.    Ingresar al link www.ramajudicial.gov.co.

b.    Dar click en juzgados administrativos.

c.    Luego click en juzgado 30 administrativo.

d.    Al lado izquierdo de la pantalla ingresar a la opción "ESTADOS ELECTRÓNICOS".

e.    Seleccionar año 2017.

f.     Allí aparecerá la lista de estados, seleccione el estado a consultar, una vez abierto de click en el hipervínculo de cada providencia para encontrar el auto que está siendo notificado.

En el evento que no pueda agotar la consulta por INTERNET, diríjase a la Oficina de Apoyo de la  sede judicial del CAN y establezca en los computadores, que se encuentran ubicados en el primer piso o desde su celular, el lugar donde se encuentra el proceso (en la oficina de apoyo o en el juzgado).

 

Recuerde que los procesos publicados en  el estado de la semana se encuentran para consulta en la Oficina se Apoyo para los Juzgados Administrativos - Piso 1, por ende, no están el juzgado.

Absténgase de acudir al juzgado a solicitar el expediente para consultar providencias que se pueden ver  a través de la página web de la Rama Judicial porque, con el fin de evitar el desgaste de los servidores del  juzgado, no se mostrarán.

2.    SOBRE LA EXPEDICIÓN DE COPIAS AUTÉNTICAS.

Recuerde que la expedición de copias auténticas no requiere ni solicitud por escrito ni auto que las autorice.

 

Para procesos que se encuentran archivados, como las copias deben ser expedidas por la Oficina de Apoyo para los Juzgados Administrativos, deberá señor usurario dirigirse a esa dependencia.

 

Para procesos que se encuentran sin archivar el usuario debe tomar las fotocopias que necesite autenticar, para el cual deberá solicitar el expediente  en la secretaría  del juzgado y, en el evento en que al proceso  se le hayan liquidado los gastos, deberá consignar el arancel judicial por valor de $6.000,oo en la cuenta 308200006366- Convenio 13476, entregarlas en la secretaría junto con copia de la colilla de consignación y, posteriormente, proceder a retirarlas el día que corresponda.

 

Si quien solicita las copias es la parte demandada recuerde que previamente debe consignar el arancel judicial por valor de $6.000.oo en la cuenta  308200006366- Convenio 13476, entregarlas en la secretaría junto con copia de la colilla de consignación, y proceder y, posteriormente, proceder a retirarlas el día que corresponda.

 

Por cuestiones de organización del trabajo del juzgado, solo se entregarán copias auténticas los días miércoles de 8.00 A.M A 1:00 P.M y de  2:00 P.M a 5:00 P.M.

3.    SOBRE LA PRIMERA COPIA QUE  PRESTA MÉRITO  EJECUTIVO.

 

Señor usuario, tenga en cuenta que en los procesos del sistema oral no se accederá a la expedición de la primera copia que presta mérito ejecutivo porque distorsiona la filosofía del nuevo estatuto en materia de cumplimiento de los fallos judiciales (véase artículos 192 y SS del C.P.A.C.A.), ya que la entidad  demandada debe dar cumplimiento a lo sentenciado con la copia, la constancia de ejecutoria y el poder que serán enviados por el juzgado con la comunicación de la sentencia, so pena de que los funcionarios responsables incurran en lo señalado en las citadas normas.

 

Además, como la primera copia que presta mérito ejecutivo se expide con el fin de que se inicie el respectivo proceso ejecutivo, el cual debe tramitarse en este Juzgado, sería superflua su expedición si se tiene en cuenta lo dispuesto en los artículos 156, numeral 9, y 298 del C.P.A.C.A., y los artículos 306 y 307 de C.G.P., motivo por el que concitamos a los intervinientes en el proceso a que velen por el cumplimiento de las disposiciones citadas y evitemos hacer solicitudes que ya fueron resueltas en la sentencia y que las entidades exijan requisitos que corresponden al pasado.

 

4.    SOBRE LA ENTREGA DE REMANENTES.

 

Señor usuario, evítese molestias, reclame sus remanentes de gastos antes de que sea archivado el proceso.

 

En el evento que el proceso haya sido archivado, deberá solicitar su desarchivo  ante la Oficina de Apoyo para los Juzgados Administrativos.

 

Una vez verifique que los gastos del proceso fueron liquidados, solicite por el correo electrónico jadmin30bta@notificacionesrj.gov.co o por teléfono con por lo menos dos (2) días de antelación la devolución de los remanentes.

 

Tenga en cuenta que si quien asiste a retirar los referidos remanentes es el apoderado judicial este debe tener facultad expresa para recibir, o si es autorizado, debe arrimar el día de la entrega autorización expresa con presentación personal. 

 

Los remanentes se entregan por cuestiones de manejo de dinero  únicamente el último jueves de cada mes, de 8.00 a.m a 1:00 pm y de 2:00 pm a 5:00 pm.

 

5.    SOBRE LAS CUENTA DEL JUZGADO.

 

1.    Cta 4-0070-0-27709-5 convenio 11651 del Banco Agrario de Colombia: Cuenta utilizada única y exclusivamente para la consignación de los gastos del proceso fijados en el auto admisorio  de la demanda de cada proceso.

 

2.    Cta 11001204030 del Banco Agrario de Colombia: Cuenta utilizada única y exclusivamente para la constitución de depósitos judiciales.

 

 

Estamos para servirle cada día mejor, esperamos sus recomendaciones o sugerencias a través del correo electrónico del juzgado.



 

 

 

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Carrera  57 No. 43-91, piso 5

Correo electrónico jadmin30bta@notificacionesrj.gov.co

Teléfono: 5553939 extensión 1030

 

INFORMACION IMPORTANTE PARA LA COMUNIDAD

 

Señor usuario,  tenga en cuenta que los expedientes que se hallan al despacho a efecto de proferir sentencia de primera instancia serán tramitados en estricto orden de entrada conforme lo ordena el artículo 120 del C.G.P; sin embargo,  se informa que  como actualmente  se está dando prelación  al fallo de primera instancia de  la acción popular 2009-271, que versa sobre  Agro Ingreso seguro, se ha retrasado el término para proferir las sentencias en los demás procesos.