PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO TREINTA Y UNO (31) ADMINISTRATIVO ORAL
DE BOGOTA - SECCION TERCERA
Bogotá D.C., primero (01) de julio de dos mil veinte (2020)
AVISO IMPORTANTE
De conformidad con lo reglado en el artículo 31 del Acuerdo No. PCSJA20-11567 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura y con la finalidad de fortalecer y facilitar la comunicación de los usuarios y apoderados con el Despacho, se requiere que las personas que adelanten procesos ante esta dependencia judicial diligencien el presente formulario, al cual pueden acceder desde cualquier dispositivo móvil o desde el computador dando clic al siguiente enlace, dicha información deberá ser diligenciada antes de las 5:00 pm del viernes tres (3) de julio de dos mil veinte ( 2020), con el fin de consolidar la base de datos con la que cuenta el Juzgado.
Es importante que los correos electrónicos suministrados se encuentren activos, las llamadas a los números telefónicos serán únicamente en caso de ser necesario.
Además se anexa el aviso de reanudación de términos que contiene las pautas adoptadas por los JUZGADOS ADMINISTRATIVOS DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. para que sean acatadas de manera estricta por todos los sujetos procesales, con el fin de poder garantizar la óptima prestación del servicio.
Igualmente se reitera la solicitud realizada vía correo electrónico a cada uno de los apoderados y publicada en la página web de la rama judicial el día diecisiete (17) de junio de dos mil veinte (2020), que aún no han enviado las respectivas piezas procesales que se encuentren en su poder, por cuanto las mismas son necesarias para poder realizar la formación de expedientes digitales, la cual se llevará a cabo bajo las directrices o instrucciones las cuales pueden ser consultadas y descargadas en el siguiente link:
INSTRUCCIONES ESPECIALES PARA LA FORMACIÓN DE EXPEDIENTES DIGITALES
Cabe advertir que todos los sujetos procesales cumplirán los deberes constitucionales y legales para colaborar solidariamente con la buena marcha del servicio público de administración de justicia. La autoridad judicial competente adoptará las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO TREINTA Y UNO (31) ADMINISTRATIVO ORAL
DE BOGOTA - SECCION TERCERA
Bogotá D.C., diecisiete (17) de junio de dos mil veinte (2020)
AVISO IMPORTANTE
Que la legislación vigente, incluidos los diferentes códigos procesales, le dan validez a los actos y actuaciones realizadas a través del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, por cuanto los servidores judiciales tienen la facultad establecida en el inciso 2 del artículo 95 de la Ley 270 de 1996.
Que mediante Acuerdo PCSJA20-11567 de 05 de junio de 2020, el Consejo Superior de la Judicatura adopta medidas para el levantamiento de los términos judiciales y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor.
Que mediante Acuerdo CSJBTA20-60 de 16 de junio de 2020, el Consejo Superior de la Judicatura- Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá adopta transitoriamente horarios y turnos de trabajo y turnos de atención al público para todos los despachos del Distrito Judicial de Bogotá, en los términos del Acuerdo PSCJA20-11567.
Que las autoridades judiciales que cuenten con herramientas tecnológicas que dispongan y desarrollen las funcionalidades de expedientes digitales de forma híbrida podrán utilizarlas para el cumplimiento de actividades procesales.
Que todos los sujetos procesales cumplirán los deberes constitucionales y legales para colaborar solidariamente con la buena marcha del servicio público de administración de justicia. La autoridad judicial competente adoptará las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.
Que bajo estos presupuestos la Juez Treinta y Uno Administrativo Oral de Bogotá – Sección Tercera en uso de su facultades legales y con el fin de acatar sus deberes constitucionales, garantizando así la prestación del servicio de administración de justicia oportuna y eficaz, advierte que todas las audiencias correspondientes a los respectivos procesos que cursen en esta dependencia judicial, se llevaran a cabo bajo las directrices, las cuales pueden ser consultadas y descargadas en los siguientes links:
INSTRUCCIONES ESPECIALES PARA LA FORMACIÓN DE EXPEDIENTES DE MANERA DIGITAL
PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES