AVISO A LA COMUNIDAD
REPÚBLICA DE COLOMBIA
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RAMA JUDICIAL
JUZGADO TREINTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO
SE PERMITE INFORMAR QUE:
- La atención a los usuarios será virtual y para ello, deberá formularse cualquier solicitud al correo institucional ccto37bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, a través de este canal se recibirán las peticiones y recursos y en general, cualquier actuaciónS
- Se insta a los usuarios revisar el micrositio del Juzgado en la web de la rama judicial (https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-37-civil-del-circuito-de-bogota), para ver estados, traslados y las copias de los autos, éste será el medio de publicidad, junto con el registro de actuaciones del programa justicia XXI.
- Siempre el usuario debe facilitar o divulgar una dirección e-mail para cualquier comunicación.
- Si el usuario requiere copia de algún folio o actuación del expedientes que no esté digitalizado, deberá indicar el número de proceso, la actuación o folios, un correo electrónico y a la mayor brevedad, se les enviará la copia de los mismos en pdf.
- Los oficios y despachos comisorios se remitirán en PDF al correo del interesado.
- La atención presencial será excepcional. Debe ser debidamente justificada y pedirse al correo institucional del juzgado, siendo el juez quien acepte o no la justificación y asigne la cita en un tiempo no mayor a 10 minutos, advirtiendo que el usuario deberá usar tapabocas, mantener la distancia no menor a dos metros y todas las medidas de bioseguridad establecidas por los protocolos. No puede haber más de dos personas en la baranda, no se prestarán folios, sino que se podrá tomar foto o pedir que se remitan a un correo electrónico que facilite el usuario.
- De negarse el acceso presencial, el juez determinará la alternativa adecuada para facilitar el acceso a la información requerida.
- De conformidad con el numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso los apoderados deben "Enviar a las demás partes del proceso después de notificadas, cuando hubieren suministrado una dirección de correo electrónico o un medio equivalente para la transmisión de datos, un ejemplar de los memoriales presentados en el proceso. Se exceptúa la petición de medidas cautelares. Este deber se cumplirá a más tardar el día siguiente a la presentación del memorial. El incumplimiento de este deber no afecta la validez de la actuación, pero la parte afectada podrá solicitar al juez la imposición de una multa hasta por un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) por cada infracción."