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AVISO 5
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO CUARENTA Y SEIS ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.- SECCION SEGUNDA
CARRERA 57 No. 43-91 PISO 6 SEDE JUDICIAL CAN
Correos electrónicos: jadmin46bta@notificacionesrj.gov.co – jadmin46bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Atendiendo las instrucciones y parámetros dados en el ACUERDO PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020 "Por el cual se adoptan unas medidas para la prestación del servicio de justicia de Administración de Justicia para los despachos judiciales y dependencias administrativas en todo el territorio nacional, a partir del 1º de octubre de 2020", el Juzgado 46 Administrativo de Circuito Bogotá – Sección Segunda, informa a sus usuarios las siguientes pautas para el normal desarrollo de las actividades judiciales.
"Atención al usuario por medios electrónicos. Para la atención y consultas de usuarios y apoderados se privilegiará el uso de medios técnicos y/o electrónicos, como atención telefónica, correo electrónico institucional u otros. La atención en ventanilla, baranda o de manera presencial se restringirá a lo estrictamente necesario, atendiendo los protocolos y disposiciones del nivel central y seccional sobre condiciones de acceso y permanencia en sedes. Las direcciones seccionales de administración judicial, en coordinación con los funcionarios y jefes de dependencia, verificarán el inventario y asegurarán la disponibilidad de los elementos y medios técnicos en cada sede y dependencia para la recepción, atención y/ o consultas de usuarios y apoderados, como líneas telefónicas, carteleras u otros medios técnicos y electrónicos. La DEAJ realizará lo anterior respecto del nivel central. Los Consejos Seccionales de la Judicatura en coordinación con las direcciones seccionales de administración judicial, deben continuar con la comunicación y actualización periódica de los medios y canales técnicos y electrónicos institucionales concretos disponibles para la recepción, atención, comunicación y trámite de actuaciones por parte de los despachos judiciales, secretarías, oficinas de apoyo, centros de servicios y demás dependencias. El Consejo Superior a través de CENDOJ con el apoyo de la Oficina de Comunicaciones realizará lo anterior respecto del nivel central. Parágrafo. Los consejos seccionales de la judicatura deberán enviar la información prioritaria de canales de atención al CENDOJ, de acuerdo al mecanismo que éste disponga, para su publicación en el portal Web de la Rama Judicial."
Esta información debe ser proporcionada a más tardar el jueves antes del mediodía. Esta actividad será coordinada por la Secretaría del Juzgado y los abogados de forma directa.
Solo se agendará citas para entrega de copias autenticas físicas, cuando así sean requeridas por las partes y para revisión de los expedientes terminados que no estén digitalizadas. Los apoderados deberán tener en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Decreto 806 de 2020, para lo cual la Secretaria cuenta con la capacidad de remitir documentos y constancias digitales con firma electrónica.
El acceso a la sede judicial CAN y al Juzgado 46 Administrativo de Circuito Judicial Bogotá – Sección Segunda, se rige por lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo PCSJA20-11632, especialmente el literal g: "Para el ingreso y permanencia de servidores judiciales, abogados, usuarios y ciudadanía en general en las sedes de la Rama Judicial deberán cumplirse las siguientes reglas: (…) g. Los visitantes deben ingresar únicamente al lugar autorizado y por un período de tiempo limitado. Solo se podrá ingresar a las sedes judiciales para las actividades estrictamente necesarias y con autorización expresa del juez, magistrado o jefe de oficina o dependencia"
El aplicativo señalado permite un agendamiento cada 20 minutos, por lo que es ese lapso de tiempo el permitido para efectuar el trámite.
Las citas se asignarán en el siguiente horario: 9:00 am a 12:00 m. (horario establecido en el Acuerdo CSJBTA20-96 del 2 de octubre de 2020).
Los apoderados y partes deberán tener en cuenta lo estipulado en el artículo 26 del Acuerdo PCSJA20-11632: Horario para la recepción virtual de documentos en los despachos judiciales y dependencias administrativas. Las demandas, acciones, memoriales, documentos, escritos y solicitudes que se envíen a los despachos judiciales, después del horario laboral de cada distrito, se entenderán presentadas el día hábil siguiente; los despachos judiciales no confirmarán la recepción de estos mensajes de correo electrónico por fuera de las jornadas laborales sino hasta el día hábil siguiente."
"Artículo 11. Audiencias virtuales. Para el desarrollo de las audiencias y diligencias se continuará privilegiando la virtualidad. Si las circunstancias así lo demandan, deberán realizarse de manera presencial, con las restricciones de acceso que establezca el director del proceso y en el marco de los protocolos y disposiciones del nivel central y seccional sobre condiciones de acceso y permanencia en sedes. La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial debe asegurar los espacios de almacenamiento en el servicio de nube con que se cuenta, para todas las audiencias con efectos procesales que se realicen."
En consecuencia, el Juzgado 46 Administrativo de Circuito Judicial Bogotá – Sección Segunda ha establecido las siguientes recomendaciones a fin de realizar la actividad de forma óptima, ágil y respetando las garantías procesales de las partes:
Para llevar a cabo esta actividad los equipos de cómputo, tabletas, y móviles, deberán tener la capacidad tecnológica de descargar e instalar en dispositivos computadores con Windows 7 en adelante y con Mac OS X 10.11 en adelante, así como en dispositivos móviles iOS y Android y se recomienda que sean descargas con antelación a la celebración de la audiencia, especialmente si la conexión se realizará a través de celular.
El equipo utilizado por los apoderados deberá contar con dispositivos de audio y video que permitan visualizar la diligencia e intervenir en la misma, a fin de garantizar la participación de todos los interesados.
Y finalmente para participar en la diligencia, los intervinientes deben contar con una conexión de internet con ancho de banda de mínimo 5 megas.
Nuevamente se invita a los usuarios del Juzgado acatar estas instrucciones o previsiones para lograr el buen desempeño tanto del Despacho como de su interacción como usuario con el mismo.
ELKIN ALONSO RODRIGUEZ RODRIGUEZ
JUEZ
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AVISO 4
Atendiendo las instrucciones dadas en la Circular CSJBTC20-80 (julio 12 de 2020) de la Presidenta del Consejo Seccional de la Judicatura -Dra. Emilia Montañez de Torres-, el Juzgado 46 Administrativo de Circuito de Bogotá informa que durante el periodo de aislamiento preventivo decretado por la ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA mediante Decreto 169 de 12 de julio de 2020, LA ATENCIÓN AL PUBLICO UNICAMENTE SE BRINDARÁ DE FORMA VIRTUAL, razón por la cual sus solicitudes pueden ser enviadas a los correos electrónicos del Juzgado: jadmin46bta@notificacionesrj.gov.co - jadmin46bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Consulte aquí:
Circular CSJBTC20-80 (julio 12 de 2020)
Decreto 169 de julio 12 de 2020
AVISO 3
De conformidad con los Acuerdos PCSJA20-11567 de 05 de junio de 2020 "Por medio del cual se adoptan medidas para el levantamiento de los términos judiciales y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor" del Consejo Superior de la Judicatura" y CSJBTA20-60 "Por medio del cual se adoptan transitoriamente horarios y turnos de trabajo y turnos de atención al público para todos los despachos del Distrito Judicial de Bogotá, en los términos del Acuerdo PCSJA20-11567, que estableció medidas para el levantamiento de los términos judiciales, y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor" del Consejo Seccional de la Judicatura Bogotá, El JUZGADO 46 ADMINISTRATIVO DE CIRCUITO DE BOGOTÁ – SECCIÓN SEGUNDA, INFORMA:
DIA
HORARIO
Julio 3
De 1:00 p.m. a 3:00 p.m.
Julio 10
De 9:00 a.m. a 12:00 m.
Julio 17
Julio 24
Dicha cita se deberá solicitar UNICAMENTE a través del correo electrónico jadmin46bta@notificacionesrj.gov.co, explicando de forma clara, la razón extraordinaria por la cual debe consultarse el expediente físico que se encuentre en trámite. Verificada la solicitud y dando cumplimiento al literal g artículo 17 del Acuerdo PCSJA20-11567, el Juez AUTORIZARA el ingreso, ordenará a la Secretaria agendar la cita respectiva dentro de la fecha y horario establecido y se comunicará a la Oficina de Apoyo para los Juzgados Administrativos el listado de usuarios que se encuentren autorizados para ingresar a la sede judicial, de manera que dicha dependencia pueda ejercer el control respectivo.
Durante la estadía de los usuarios, y para ser atendidos en el horario que se les señale, deberán cumplir las siguientes normas de bioseguridad:
Al mismo tiempo se recuerda a los usuarios que al momento de ingresar a las sedes de deberán proporcionar sus datos de identificación, contacto, e información sobre su estado de salud, para poder hacer un adecuado control del nivel de riesgo y seguimiento por el coronavirus COVID -19; además NO SE PERMITIRÁ el acceso a las sedes judiciales o administrativas de ninguna persona que presente o manifieste tener afecciones respiratorias o fiebre. Mediante termómetro láser o digital se tomará la temperatura a quienes quieran ingresar a las sedes y en su defecto se diligenciará y firmará el formato de reporte de estado de salud.
Para el ingreso y permanencia en las Sedes judiciales deberá darse cumplimiento a los Protocolos de bioseguridad establecidos para tal por este Consejo Seccional, la Dirección Ejecutiva Seccional Bogotá, la Dirección Ejecutiva Nacional, Circular DEAJC20-35 del 5 de mayo de 2020, y demás reglamentaciones que expida el Gobierno Nacional, las entidades distritales y regionales.
Habrá vigías de salud, encargados de que se diligencie el formato y de entregar los elementos de protección y verificar el uso de tapabocas, para el ingreso a las sedes. Los vigías de salud orientarán sobre las obligaciones de cuidado y las reglas de permanencia en las sedes de la Rama Judicial.
NO SE ATENDERÁ A NINGUNA PERSONA QUE NO CUENTE CON CITA PREVIA CONCERTADA Y DENTRO DEL HORARIO DISPUESTO.
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AVISO 2
De conformidad con el Acuerdo PCSJA20-11517 de 15 de marzo de 2020 los términos procesales se encuentran suspendidos a nivel nacional a partir del 16 de marzo de 2020. Pese a lo anterior mediante Acuerdo PCSJA20-11549 de 07 de mayo de 2020, se establecieron algunas excepciones en la Jurisdicción Contencioso Administrativa, entre ellas: "5.5. Todos los medios de control establecidos en la Ley 1437 de 2011 cuando los procesos se encuentren para dictar sentencia, en primera, segunda o única instancia, así como sus aclaraciones o adiciones. Estas decisiones se notificarán electrónicamente, pero los términos para su control o impugnación seguirán suspendidos hasta tanto el Consejo Superior de la Judicatura lo disponga."
Por lo anterior se notificarán las Sentencias proferidas durante este periodo, PERO SE RECALCA QUE LOS TERMINOS PARA SU APELACIÓN EMPEZARÁN A CORRER UNA VEZ EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA LO DETERMINE.
Agradecemos NO REMITIR memoriales, en este sentido aún, toda vez que el despacho está atendiendo acciones de tutela y habeas corpus, por lo que el buzón recepción puede verse afectado en su capacidad.
AVISO 1
EL JUZGADO 46 ADMINISTRATIVO DE CIRCUITO DE BOGOTÁ - SECCIÓN SEGUNDA INFORMA A LA COMUNIDAD:
1. QUE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO PCSJA20-121517 DE 15 DE MARZO DE 2020, SE SUSPENDEN LOS TERMINOS PROCESALES DESDE EL 16 DE MARZO DE 2020 Y HASTA EL 20 DE MARZO DE 2020 (consulte aca el Acuerdo)
2. QUE EL MISMO ACUERDO SEÑALA QUE SE TRAMITARAN LAS ACCIONES DE TUTELA QUE SE ENCUENTREN EL TRAMITE O QUE SEAN REPARTIDAS A LOS DIFERENTES DESPACHOS JUDICIALES, POR LO QUE ESTE DESPACHO JUDICIAL EFECTUARA TODAS LAS NOTIFICACIONES DE ESTAS ACCIONES CONSTITUCIONALES A TRAVÉS DE LOS CORREOS ELECTRONICOS ASIGNADOS AL JUZGADO: jadmin46bta@notificacionesrj.gov.co – jadmin46bt@cendoj.ramajudicial.gov.co.
3. QUE, ESTANDO LOS TERMINOS SUSPENDIDOS PARA LOS DEMÁS TRAMITES PROCESALES, NO SE EFECTUARAN ACTUACIONES JUDICIALES EN ELLOS Y EN CONSECUENCIA NO SE RECEPCIONARÁN MEMORIALES POR CORREO ELECTRONICO, SOLICITAMOS SU COLABORACIÓN PARA NO LLENAR LOS BUZONES.
4. QUE EL ESTADO DIGITADO PARA EL DÍA 16 DE MARZO DE 2020, SERÁ PUBLICADO Y CORRERAN LOS TERMINOS RESPECTIVOS UNA VEZ SE REINICIEN NORMALMENTE LAS LABORES EN LOS JUZGADOS, POR ESTA RAZÓN NO SE PUBLICAN EN LA PAGINA WEB LAS COPIAS DE LOS AUTOS Y NO SE ENVIA EL CORREO ELECTRONICO DE COMUNICACIÓN.