AVISO A LA COMUNIDAD Y A QUIÉN PUEDA INTERESAR
ENERO 2022
¿NO TE ANIMASTE A HACER TESIS?, ¿DECIDISTE COMO REQUISITO ALTERNATIVO PARA OPTAR AL TÍTULO DE ABOGADO REALIZAR LA JUDICATURA AD- HONOREM?, ¿VES LA JUDICATURA AD- HONOREM COMO OPCIÓN PARA ADQUIRIR EXPERIENCIA Y CONOCIMIENTO EN EL EJERCICIO DE TUS CONOCIMIENTOS DE PREGRADO?
ACTUALMENTE, EL JUZGADO 52 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ – SECCIÓN SEGUNDA, CON FUNDAMENTO EN LOS ACUERDOS PSAA10-7543 DEL 14 DE DICIEMBRE DE 2010 Y PSAA12-9338 DEL 27 DE MARZO DE 2012, CONVOCA A LAS PERSONAS INTERESADAS EN REALIZAR LA JUDICATURA AD HONOREM Y/O PRÁCTICA JURÍDICA PARA OPTAR AL TÍTULO DE ABOGADO.
DE MANERA INICIAL, LA JUDICATURA AD- HONOREM ESTA DISEÑADA PARA EJECUTARSE DE MANERA REMOTA, SIN EMBARGO, ESTAMOS SUJETOS A LAS DIRECTRICES DE PRESENCIALIDAD QUE DISPONGA EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, EN SU MOMENTO.
AL SER UNA ACTIVIDAD AD HONOREM, PROMETEMOS BRINDAR LA MEJOR EXPERIENCIA PARA PREPARARTE A TU VIDA LABORAL Y PROFESIONAL, YA QUE ESPERAMOS ADQUIERAS EL CONOCIMIENTO ADMINISTRATIVO, PROCESAL Y JURÍDICO, A TRAVÉS DEL ANÁLISIS JURÍDICO-ANALÍTICO PARA PROYECTAR SENTENCIAS ORDINARIAS, SENTENCIAS DE TUTELA Y AUTOS DE SUSTANCIACIÓN E INTERLOCUTORIOS.
PARA POSTULAR TU CV, DEBES CUMPLIR CON: (I) TERMINAR Y APROBAR LA TOTALIDAD DE MATERIAS DEL PÉNSUM ACADÉMICO, INCLUIDA LA PRÁCTICA DE CONSULTORIO JURÍDICO. UPPS…, ¡Y NO OLVIDES! DEBES CONSULTAR SI TU UNIVERSIDAD ASUME EL PAGO DE LOS APORTES POR ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES, EN CASO DE QUE NO, POR FAVOR HAZLO SABER.
SI DEFINITIVAMENTE QUIERES QUE SEAMOS TU OPCIÓN, ¡ENVÍANOS TU CV AL SIGUIENTE CORREO ELECTRÓNICO jadmin52bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, Y NOSOTROS NOS COMUNICAREMOS CONTIGO!
ENERO 2022
En caso de requierir la expedición de copias auténticas, constancia de ejecutoria, deberá realizar consignación por concepto de Gastos Ordinarios del Proceso por valor $6.900 (Acuerdo PCSJA21-11830 del 17/08/21) en la cuenta del Banco Agrario de Colombia convenio No. 14975 (cuenta corriente n° 3-0820-000755-4. Circular DEAJC20-58 del primero de septiembre de 2020) y remitirla mediante memorial con destino al proceso indicando los 23 dígitos del número de radicado al correo electrónico: correscanbta@cendoj.ramajudicial.gov.co
JULIO 2022
Esta Secretaría, en cumplimiento a lo que ordenó el Despacho en providencia del 23 de Junio de 2022, al interior de la acción constitucional de acción popular, n° 11001334205220220025500, procede a publicar en este aparte del micrositio oficial del Juzgado 52 Administrativo de Bogotá, enlazado a la página oficial de la Rama Judicial, el siguiente texto:
"Que en el Juzgado 52 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, cursa la acción popular promovida por el señor Armando Rodríguez Zambrano en su calidad de Presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio "Ciudad Garcés Navas" de la localidad de Engativá, en contra de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional DITRA, Alcaldía Mayor de Bogotá y el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, expediente con radicado No. 11001-33-42-052-2022-00325-00, y que se relaciona con la presunta violación al derecho colectivo al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, consagrado por el literal d) del artículo 4º de la Ley 472 de 1998, debido a las afectaciones que ha sufrido la malla vial y las propiedades de los residentes de las Carreras 104, 106 y 107 entre las Calles 72 a 80; problemática generada por la falta de regulación del tránsito de vehículos de carga pesada de manera permanente en dicho sector, los cuales han causado el gradual deterioro de las vías de acceso, sin que se lleven a cabo las obras de mantenimiento de estas, con lo cual se sienten perjudicados los moradores del barrio".
Se dejan las constancias del caso, que esta publicación se hace en Bogotá, al primer día de Julio de 2022.
NOVIEMBRE 2022
Esta Secretaría, en cumplimiento a lo que ordenó el Despacho en providencia del 27 de octubre de 2022, al interior de la acción constitucional de acción popular, n° 11001334205220220042000, procede a publicar en este aparte del micrositio oficial del Juzgado 52 Administrativo de Bogotá, enlazado a la página oficial de la Rama Judicial, el siguiente texto:
"Que en el Juzgado 52 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, cursa la acción popular promovida por la Agrupación de Vivienda Familiar Madelena 6- IV Sector en contra de la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar y la Secretaría de Medio Ambiente, expediente con radicado No. 11001-33-42-052-2022-00420-00, y que se relaciona con la presunta violación a los derechos colectivos: al goce de un ambiente sano; moralidad administrativa; goce, utilización del espacio público y defensa de los bienes de uso público; seguridad y salubridad pública; y derecho a la realización de construcciones y edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida en comunidad, consagrados en los literales a), b), d), g) y m) del artículo 4 de la Ley 472 de 1998, generado por presunta conducta omisiva de las entidades accionadas. De manera oficiosa fueran vinculadas a la referida acción constitucional a la Secretaría Distrital de Planeación, Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, Policía Metropolitana de Bogotá e Inspección de Policía de Ciudad Bolívar y los establecimientos de comercio "CIGARRERÍA YELLOW" y "BAR EL SITIO".
Se dejan las constancias del caso, que esta publicación se hace en Bogotá, a los ocho días de Noviembre de 2022
NOVIEMBRE 2022
La suscrita secretaria, procede el día de hoy, en cumplimiento de la orden que impartió el Despacho mediante providencia del nueve de noviembre de 2022 (consec. 03 C03), al interior del expediente 11001333102320110007500, a notificar (i) la sentencia de primera instancia que se profirió el 23 de noviembre de 2021 (consec. 48 C01), (ii) el auto del 17 de agosto de 2022 que la corrigió (consec. 59 C01), y auto que decretó la nulidad, del nueve de noviembre de 2022.
Por este medio se publican las anteriores providencias, notificando de esta semana a los señores y señora, HILDA CABALLERO DE RAMÍREZ, SANDRA PATRICIA RAMÍREZ, GUSTAVO AURELIO ROA AVENDAÑO Y CARLOS ARTURO TORRES POVEDA, conforme la orden que impartió el numeral 4 de la parte resolutiva de la providencia del nueve de noviembre de 2022, por cuanto de los mismos no se obtuvo correo electrónico.
Los términos para presentar recurso de apelación serán los que estipulan los art. 205 de la L. 1437 de 2011 que fue modificado por el art. 52 de la L. 2080 de 2021 y art. 247 de la L. 1437 de 2011. La consulta de las providencias se podrá efectuar en el siguiente link :
De la presentación de memoriales, las partes deberán enviar al canal electrónico para el efecto, esto es, correscanbta@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando las partes del proceso, los 23 dígitos del expediente y Juzgado de destino.
Se dejan las constancias del caso, que esta publicación se hace en Bogotá, a los 24 días de Noviembre de 2022