ADMISIÓN ACCIÓN POPULAR 055-2018-00468
" El despacho entra a estudiar la acción popular presentada por la señora ADRIANA MARÍA SANTANA GIRALDO, en ejercicio del medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos, consagrado en el artículo 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el artículo 2 de la Ley 472 de 1998, en contra de la ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO - DADEP E INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES, con el fin de que sean retirados en su totalidad los puestos de ventas estacionarias de los vendedores informales del sector ubicado entre la Calle 3 sur y las trasversales 71D y 70 C.
CONSIDERACIONES
Estudiado el escrito de acción popular, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 472 de 1998, se hace necesario para el trámite del presente asunto de oficio vincular como accionados: a la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE DE BOGOTÁ, UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – UASPED Y POLICÍA METROPOLITANA DE BOGOTÁ - COMANDO DE POLICIA KENNEDY, por considerar que tienen interés directo en el trámite y resultas de la presente acción constitucional.Por lo anteriormente expuesto, el Juzgado Cincuenta y Cinco (55) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá,
RESUELVE
PRIMERO: ADMÍTASE el medio de control de PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS promovido por la señora ADRIANA MARÍA SANTANA GIRALDO en contra de la ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO - DADEP E INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES.
SEGUNDO: VINCÚLENSE de oficio como accionados a la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE DE BOGOTÁ, UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – UASPED Y POLICÍA METROPOLITANA DE BOGOTÁ - COMANDO DE POLICIA KENNEDY.
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