REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO SESENTA Y NUEVE CIVIL MUNICIPAL

HOY -CINCUENTA Y UNO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE

 

AVISO A LA COMUNIDAD JUDICIAL

 

El Juez Cincuenta y Uno Civil Municipal de Pequeñas Causas de Bogotá informa a la comunidad en general que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20- 11567 del 5 de junio de 2020 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura y del Decreto Legislativo 806 del 4 de junio de 2020, en virtud de los cuales se ordena el levantamiento de la suspensión de los términos judiciales desde el 1° de julio de los corrientes y se adoptan medidas para implementar las TIC en las actuaciones judiciales, TODOS los procesos a nuestro cargo se adelantarán atendiendo las consideraciones que se indican a continuación.

 

  1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Términos Judiciales. A partir del 1° de julio se activarán los términos de todos los procesos, habrá ATENCIÓN VIRTUAL de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1 p.m. y de 2:00 a 5:00 p.m. y se laborará presencialmente dentro del siguiente horario:

 

JUZGADOS

 

SEMANA 1

1º al 3 de Julio

SEMANA 2

6 al 10 de Julio

 

SEMANA 3

13 al 17 de Julio

 

SEMANA 4

20 al 24 de Julio

 

SEMANA 5

27 al 31 de Julio

IMPARES

 

7:00 A.M.

12:30 M

 

1:00 P.M.

6:00 P.M.

7:00 A.M.

12:30 M

1:00 P.M.

6:00 P.M.

7:00 A.M.

12:30 M

PARES

 

 

1:00 P.M.

6:00 P.M.

 

7:00 A.M.

12:30 M

1:00 P.M.

6:00 P.M.

7:00 A.M.

12:30 M

1:00 P.M.

6:00 P.M.

 

Todas las actuaciones se desarrollarán de manera virtual y mediante los diferentes medios de comunicación dispuestos por el despacho: correo electrónico: cmpl69bt@cendoj.ramajudicial.gov.co y telefax: 2848068. Sin embargo, de considerarse necesario el acceso a la sede judicial para alguna de las partes o sus apoderados, se PROGRAMARÁ CITA PREVIA teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

 

• Se prestará servicio al público a partir del 1° de julio de 2020 en la jornada única de 9:00 a.m. a 3:00 p.m. CON CITA PREVIA AUTORIZADA POR EL JUZGADO y de acuerdo al horario establecido en el cuadro anterior.

 

• Los usuarios deberán comunicarse previamente con el Despacho para agendar la cita por un tiempo determinado, donde se le expedirá un documento de autorización que deberá exponer al ingreso de la sede judicial.

 

El usuario autorizado para el ingreso DEBERÁ cumplir las medidas de bioseguridad y las restricciones ordenadas por el Gobierno, demás entidades distritales y las reglamentadas por el Consejo Superior de la Judicatura.

 

Con el objeto de evitar aglomeraciones en las sedes judiciales sólo se permitirá el acceso a la persona que acredite su cita; siempre que use de manera correcta y permanente el tapabocas, mantenga la regla del distanciamiento social de dos (2) metros, siga todo el protocolo de Bioseguridad, las reglas de acceso y permanencia en las sedes judiciales ordenadas por el Consejo Superior de la Judicatura en el artículo 17 de su Acuerdo PCSJA20-11567.

 

No se permite el acceso a las sedes judiciales de menores de edad, personas mayores de 60 años, mujeres en estado de embarazo, ni personas que presenten fiebre o síntomas gripales.

 

  1. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES

Todas las peticiones, solicitudes y documentos de los procesos serán atendidas EXCLUSIVAMENTE a través del correo institucional del Juzgado dentro del horario laboral, para lo cual se recomienda a las partes, apoderados e interesados remitir los documentos en archivos PDF.

 

De otra parte, las providencias que se emitan por virtud del levantamiento de la suspensión de términos en los procesos ordinarios se notificarán mediante las herramientas de Estados Electrónicos disponible en el portal web de la Rama Judicial, a través del siguiente vínculo: https://www.ramajudicial.gov.co/web/rj/1159 .

 

Allí deberán indicar la opción «Bogotá», luego dar clic en el Juzgado 69 Civil Municipal (que es el mismo Juzgado 51 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple).

 

  1. CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES

Las audiencias virtuales se realizarán a través de la Plataforma TEAMS de Microsoft, para lo cual se requerirá que las partes y los intervinientes cuenten con un correo electrónico (preferiblemente hotmail u Outlook) y la aplicación Teams en su dispositivo móvil o computador. Una vez señalada la fecha para llevar a cabo la audiencia, los abogados y las partes deberán suministrar los demás datos de contacto electrónico y telefónico para evitar imprevistos al momento de la realización de la diligencia, de acuerdo con las instrucciones del Despacho.

 

En caso de que se requiera realizar la audiencia de forma presencial se atenderán los lineamientos indicados para el ingreso a la Sede Judicial y las normas de Bioseguridad.

 

  1. RADICACIÓN DE ACCIONES DE TUTELA Y HABEAS CORPUS

La radicación de tutelas se realizará a través del aplicativo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura que estará habilitado para este trámite y que empezará a funcionar a partir del 1º de Julio por la página Web de la Rama Judicial.

 

Para ello deberán ingresar a la dirección URL en donde se encuentra ubicado el aplicativo web, la cual se identifica como https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/TutelaEnLinea.

 

Luego deberán verificar la ventana emergente debido a que contiene información de interés general sobre el uso del aplicativo y la política de tratamiento de datos personales y aceptar los términos y condiciones para poder continuar.

 

Finalmente, el sistema habilitará el formulario para realizar la recepción de tutelas y/o de hábeas corpus, según la que sea de su interés. Es importante que la acción constitucional solo se radique por UNO de los medios dispuestos para ello, a fin de evitar doble asignación de una misma acción.

 

  1. PAGOS DE DEPÓSITOS JUDICIALES

Entendiendo la importancia que reviste para sus beneficiarios la reactivación de los pagos de los depósitos judiciales, les informamos que el Consejo Superior de la Judicatura expidió la Circular PCSJC20-17 del 29 de abril de 2020, mediante la cual se adoptaron medidas temporales para la autorización de pagos de depósitos judiciales por el Portal Web Transaccional del Banco Agrario de Colombia.

 

En dicha circular, encontrará toda la información necesaria y el trámite correspondiente que deben adelantar tanto los usuarios como los Despachos Judiciales con el apoyo de los Consejos Seccionales de la Judicatura y las oficinas judiciales de las direcciones seccionales de administración judicial, a fin de obtener la autorización y pago de los depósitos judiciales.

 

Cordialmente,

 

LUIS GUILLERMO NARVAEZ SOLANO

JUEZ