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de Abogadosrepo
SECRETARÍA COMISIÓN SECCIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL DE BOYACÁ
CORREO ELECTRÓNICO: scrcsdjboy@cndj.gov.co
AVISOS 2025
Acuerdo PCSJA25-12286 - "Por medio del cual se reglamenta la expedición de los Certificados de Sanciones Vigentes y de Antecedentes Disciplinarios de Abogados reportados por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial"
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE SANCIONES DISCIPLINARIAS VIGENTES. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, expedirá, a través de su secretaría, el certificado de sanciones disciplinarias de abogados vigentes, el cual contendrá las sanciones vigentes al momento de la expedición, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 47 de la Ley 1123 de 2007, en concordancia con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 238 de la Ley 1952 de 2019.
La secretaría de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial remitirá la información a la Procuraduría General de la Nación y a la Unidad Nacional de Registro de Abogados y Auxiliares de la Justicia.
ARTÍCULO 2. EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, expedirá, a través de su secretaria, el certificado de antecedentes disciplinarios de abogados, el cual contendrá el listado de las anotaciones de las sanciones registradas en los últimos cinco (5) años anteriores a la comisión de la falta que se investiga, así como la relación de todo el registro de las sanciones impuestas al abogado consultado, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 47 de la Ley 1123 de 2007, en concordancia con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 238 de la Ley 1952 de 2019.
La secretaria de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial remitirá la información a la Procuraduría General de la Nación y a la Unidad Nacional de Registro de Abogados y Auxiliares de la Justicia.
ARTICULO 3. INFORMACIÓN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS. La secretaría de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial será la dependencia encargada de actualizar y mantener la base de datos de las sanciones reportadas por esa Corporación y de las comisiones seccionales de disciplina judicial, y que se hubieren proferido en contra de los abogados en ejercicio.
ARTÍCULO 4. TRÁMITE DE EXPEDICIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE SANCIONES DISCIPLINARIAS Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. La Oficina de sistemas de la Comisión de Disciplina Judicial dispondrá la herramienta tecnológica necesaria para la expedición de los mencionados certificados en este Acuerdo, a través de la página web de la Rama Judicial https://antecedentesdisciplinarios.cndj.gov.co/, con el apoyo de la Unidad de Transformación Digital e Informativa de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y del CENDOJ, con el fin de que se garantice la disponibilidad continua del aplicativo, el que reproducirá la información que suministre la Secretaria de esa Corporación respecto de los abogados sancionados y se brinden los mecanismos de seguridad digital necesarios que permitan que tales documentos electrónicos gocen de validez, legitimidad y autenticidad.
ARTICULO 5. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.
DESCARGA
Dra. TANIA VICTORIA OROZCO BECERRA NUEVA PRESIDENTA COMITÉ SECCIONAL DE GÉNERO DEL DISTRITO DE TUNJA
ACUERDO 002 DEL 20 DE FEBRERO DE 2025
CONSTANCIA DE PUBLICACIÓN
ACUERDO 001 DEL 11 DE FEBRERO DE 2025 REGLAMENTO INTERNO CSDJ BOYACA
DESIGNACIÓN DIGNATARIOS PERIODO 2025