1. RESEÑA HISTÓRICA

 

La Constitución Política de 1821 de La Gran Colombia, en el amanecer de nuestra vida republicana, en su título IV (artículos 147, 148 y 171), creó el organigrama del poder judicial del Estado, en desarrollo del cual, la Ley 250 de 1825 organizó el poder judicial y a partir de tal marco normativo se empezó a gestar la actividad judicial en las provincias unidas (Venezuela, Ecuador, Panamá, Colombia), con independencia del Reino de España, pero disuelta La Gran Colombia y desmembrado el territorio y ya en los tiempos de La Nueva Granada, se expide la Ley 1ª orgánica de 10 de mayo de 1834, en la que se crean los cuatro distritos judiciales del país, correspondientes a los cuatro departamentos (resultantes después de la desintegración), entre los que están el de Cundinamarca, Boyacá, Cauca y Magdalena, integrándose al de Cundinamarca las provincias de Antioquia, Neiva, Mariquita y por supuesto Bogotá que era su capital.

 

Y desde allí empiezan su existencia los tribunales históricos del país, siendo que el de Cundinamarca, por tener dentro de sus límites a la ciudad de Bogotá, municipalidad con su doble condición de capital del Departamento y de la República, el tribunal va teniendo alternativamente los nombres de Tribunal de Cundinamarca o de Bogotá: lo que acontece inicialmente con la Ley 22 de 1851 que creó los tribunales de Mariquita, Neiva y Bogotá y en éste quedó comprendido el territorio cundinamarqués época en la que la ciudad y el departamento compartían una unidad administrativa, al ser aquélla la capital de éste; pero ya con la proclamación de la Constitución de 1886 de la República de Colombia (artículos 60, 119 y 153), se reorganiza el poder judicial y en la Ley 61 del mismo año, se volvió a restablecer el distrito judicial de Cundinamarca con su tribunal a partir del 1 de febrero de 1887, quedando integrado por 7 magistrados distribuidos en las salas civil (4) y en la criminal (3), para 26 años después y por la Ley 23 de 1912 ser nuevamente suspendido, al reaparecer el Tribunal Superior de Bogotá, situación que perdura hasta la expedición de la Ley 2ª de 1984 que 72 años después da vida nuevamente al Tribunal Superior de Cundinamarca que empieza a funcionar desde el 1º de septiembre de 1990 hasta la fecha.

 

Y es así como el Tribunal Superior de Cundinamarca cuenta con 185 años de creación, 72 de funcionamiento y 29 de restauración, tiempo durante el cual, ha sido uno de los elementos definitorios del Departamento de Cundinamarca, en cuanto a que la creación de Bogotá como distrito especial y luego como distrito capital, marcó una separación entre los dos entes descentralizados, interrumpiéndose muchos de los canales que existían entre las dos entidades administrativas, surgiendo como una cuestión de dignidad e identidad del departamento, contar dentro de sus instituciones con un organismo judicial rector e independiente de la capital del país, la que por su tamaño y particulares tiene una problemática judicial diferente y distante de la departamental, por lo que el tribunal del distrito judicial de Cundinamarca además de brindar una justicia célere está enfocado en las necesidades y especificidades de la región cundinamarquesa.

 

  1. RESEÑA HISTORICA DE LA RESTAURACIÓN

 

Como se indicó anteriormente La Ley 2a del 16 de enero de 1984, Reforma a la Administración de Justicia, dedicó el Capítulo VI a la "Creación de Tribunales de Distrito Judicial, de Jueces de Instrucción Criminal y otros cargos".

 

El artículo 64, dispone:

 

"Créanse en el Departamento de Cundinamarca los Distritos Judiciales de Bogotá y Cundinamarca".

 

Asimismo, el Decreto 2270 de 1989, expedido con base en las facultades extraordinarias otorgadas por la ley anterior, determino la competencia y jurisdicción del Tribunal, y los circuitos, e incluyo el Circuito de Leticia, de la Comisaría del Amazonas

 

Sin embargo, el Tribunal Supe­rior de Cundinamarca y Amazonas, sólo entró en funcionamiento el 1o de septiembre de 1990.

 

En la exposición de motivos del proyecto que sería posteriormente la Ley 2ª de 1984, se advierte:

 

"CAPITULO VI

 

CREACION DE TRIBUNALES DE DISTRITO JUDICIAL, DE JUECES DE INSTRUCCION CRIMINAL Y OTROS CARGOS

 

Las funciones judiciales requieren límites en su ejercicio y por tal motivo, se ha regulado la competencia teniendo en cuenta varios factores, entre ellos el territorial, existiendo por tanto Distritos Judiciales, que normalmente coinciden en su límite territorial con la del respectivo Departamento.

 

Salvo algunas excepciones, en cada Departamento funciona un Tribunal Superior de Distrito, que controla la mayoría de decisiones judiciales proferidas por todos los jueces de ese territorio.

 

El aumento de la población y el elevado índice de delincuencia en algunos Departamentos, ha originado consecuencias negativas para la administración de justicia.

 

Los Departamentos de Antioquia y Cundinamarca cuentan con Tribunales integrados por un número exagerado de Magistrados, que impide el cumplimiento adecuado de los aspectos administrativos en su funcionamiento y en la uniformidad de la Jurisprudencia.

 

Los múltiples criterios de los Magistrados, como ocurre en Bogotá, han creado una desorientación para los Jueces, que ordinariamente y con base en el criterio de autoridad, siguen las pautas que se establecen en las decisiones de cualquier corporación.

 

Es indispensable crear en los Departamentos mencionados, dos Distritos Judiciales en cada uno de ellos, para que dichos Tribunales puedan cumplir adecuadamente aspectos administrativos ordenados por la Ley, como elección de Jueces, licencias, permisos, etc, y para que se procure unificar en lo posible los criterios jurídicos de las decisiones judiciales. Los Tribunales creados para los nuevos Distritos Judiciales estarán integrados por Salas: Civil, Laboral y Penal y por el número de Magistrados que determine el Gobierno, de acuerdo a las necesidades del servicio, solucionando de esta manera los dos aspectos ya mencionados. Se lograría así mismo, el cumplimiento de los términos legales en las notificaciones realizadas en las secreta­rías de las dependencias judiciales, que en la actualidad no se observan debido al cúmulo de trabajo, si se tiene en cuenta que semanalmente pasan a la secretaría más de trescientos procesos en los que deben realizarse ciertas actuaciones por parte del secretario para dar cumplimiento al debido proceso y en ocasiones ese diligenciamiento se prolonga por meses, paralizándose el juzgamiento con perjuicio de los intereses del sindicado y de la misma justicia.

 

El aumento de la delincuencia ha congestionado los despachos a cargo de los Jueces de Instrucción Criminal, por lo que es indispensable la creación de varios Juzgados de esta naturaleza, cuya ubicación la debe hacer el Consejo Superior de Instrucción Criminal de acuerdo a las necesidades del servicio y con la posibilidad de desplazarlos a diferentes lugares del país cuando la urgencia de una investigación así lo requiera."[1]

 

Igualmente en la "PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY No. 3/83" en la Honorable Cámara de Representantes ponente el Representante Carlos Pineda Chillan, y como asesor el Representante Manuel Francisco Becerra, en el análisis global de los diferentes capítulos que integran la ley, expuso:

 

"DIVISION DEL TRIBUNAL DE BOGOTA Y MEDELLIN Y CREACION DE OTROS CARGOS.

 

El aumento de Magistrados en los Tribunales de Bogotá y Medellín ha hecho inoperantes esos cuerpos colegiados, desde el punto de vista administrativo y de la racionalización del trabajo.

 

Se ha criticado la división de estas Corporaciones, argumentando que el porcentaje de procesos que provienen de sitios de Cundinamarca, diferentes a Bogotá, no justifican que se cree un Tribunal para Cundinamarca. Sin embargo, y recurriendo a algunas estadísticas, ese porcentaje oscila entre el 20 y el 30 por ciento, en materia penal, muy inferior en materia civil y laboral. Pero el simple hecho de quitar un 20 o 30 por ciento, justifica la existencia de otro Tribunal, y obliga como lo prevé el proyecto, la distribución y creación de Juzgados Superiores si es del caso, y establecer sedes para los respectivos juzgados Superiores y del Circuito, con el fin de dar una mayor funcionalidad a la administración de justicia. …"

 

"CAMARA DE REPRESENTANTES.- Comisión I Constitucional.- Bogotá, 28 de septiembre de 1983.- En sesión de la fecha se da comienzo a la lectura de la ponencia para primer debate.- Relación acta No. 10."[2]

 

  1. DESTINATARIOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN CUNDINAMARCA y  AMAZONAS

 

El Tribunal Superior de Cundinamarca y Amazonas, en relación con el Departamento de Cundinamarca, su labor está dirigida a los hombres y mujeres del departamento, cuyo índice ha ido aumentado a través del tiempo, lo que necesariamente conlleva el aumento de conflictos.

 

Según la información hallada en la página electrónica del Departamento Nacional de Estadísticas, DANE, en el link "Estimaciones y proyecciones de población" en la tabla de Excel denominada "ESTIMACIONES DE POBLACIÓN 1985 - 2005 Y PROYECCIONES DE POBLACIÓN 2005 - 2020 TOTAL MUNICIPAL POR ÁREA" tenemos para el Departamento de Cundinamarca los siguientes datos en cuanto al número de habitantes:

 

Año 1985:  1.565.483

Año 1990:  1.719.121

Año 1995:  1.874.622

Año 2000: 2.078.798

Año 2005:  2.282.163

Año 2010:  2.479.046

Año 2015:  2.682.056

Año 2019: 2.847.687

Año 2020: 2.889.025

 

Debe tenerse en cuenta que según el DANE, la información de los años 1985, 1993 y 2005 corresponde a los datos arrojados por los censos llevados a cabo en dichos años. Los datos entre los años 1986 y 1992, y de 1994 a 2004, se denominan intercensales, y los datos a partir del año 2006 se denominan proyecciones.

 

De otra parte, según la Entrega 2 de resultados preliminares del Censo Nacional de Población y Vivienda 2018, de fecha 6 de noviembre de 2018, el departamento de Cundinamarca contaba para el año 2018 con una población de 2.750.601 personas.

 

.- Situación demográfica del Departamento del Amazonas, habitantes

 

Año 1985:  38.004

Año 1990:  45.984

Año 1995:  54.199

Año 2000:  62.065

Año 2005:  67.726

Año 2010:  72.017

Año 2015:  76.243

Año 2019:  79.739

Año 2020:  80.682

 

  1. DESPACHOS JUDICIALES EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA Y AMAZONAS

 

El Tribunal Superior de Cundinamarca y Amazonas, inicio su labor en septiembre de 1990, integrado por diecinueve (19), magistrados, distribuidos así.

 

Sala Agraria:              dos magistrados

Sala Civil:                  tres magistrados

Sala Disciplinaria:       siete magistrados

Sala Familia:              dos magistrados

Sala Laboral:             tres magistrados

Sala Penal:                cuatro magistrados

 

En el año 1992, se integraron a la Sala Penal, los magistrados del extinto Tribunal Nacional de Adunas, compuesto por siete magistrados.

 

Actualmente el Tribunal se encuentra integrado por trece (13) magistrados, así:

 

Sala Civil:                  cinco magistrados

Sala Laboral:             tres magistrados

Sala Penal:                cinco magistrados

 

El DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA, cuenta con los siguientes despachos judiciales:

 

JUZGADOS DE CATEGORIA CIRCUITO

 

.- Juzgados Civiles del Circuito                      17

.- Juzgados Penales del Circuito                    15

.- Juzgados Promiscuos de Familia                 13

.- Juzgados de Ejecución de Penas                        8

.- Juzgados de Familia                                 5

.- Juzgados Promiscuos del Circuito               3

.- Juzgados de Adolescentes del Circuito                5

.- Juzgados Laborales del Circuito                  2

.- Juzgados Penales Especializados                2

 

JUZGADOS DE CATEGORIA MUNICIPAL

 

.- Juzgados Promiscuos Municipales               105

.- Juzgados Civiles Municipales                     24

.- Juzgados Penales Municipales                    23

.- Juzgados de Pequeñas Causas                   3

.- Juzgados de Adolescentes Municipales                2

Para un total de 227 Juzgados entre municipales y del circuito.[3]

 

El DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS, cuenta con los siguientes despachos judiciales:

 

 Los juzgados funcionan en la ciudad de Leticia y el municipio de Puerto Nariño.

 

JUZGADOS DEL CIRCUITO

 

.- Juzgados Promiscuos del Circuito               2

.- Juzgados de Ejecución de Penas                        1

.- Juzgados Promiscuos de Familia                        1

 

JUZGADOS MUNICIPALES

 

.- Juzgados Civiles Municipales                     2

.- Juzgados Penales Municipales                    2

.- Juzgados Promiscuos Municipales               1

 

Para un total de 9 Juzgados entre municipales y del circuito.[4]

 

  1. ESTADISTICAS DE PROCESOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA Y AMAZONAS PARA EL AÑO 2018

 

Como fuente se tomó las "Estadísticas Judiciales" publicadas por el Consejo Superior de la Judicatura, en la página electrónica de la RAMA JUDICIAL.

 

.- Tribunal Superior Sala Civil-Familia

Ingresos efectivos       1.724

Egresos efectivos        1.617

Inventario final           290

 

.- Tribunal Superior Sala Penal

Ingresos efectivos       1.307

Egresos efectivos        1.185

Inventario final           279

 

.- Tribunal Superior Sala Laboral

Ingresos efectivos       757

Egresos efectivos                794

Inventario final           195

 

DATOS ESTADISTICOS JUZGADOS DE CUNDINAMARCA

 

.- Juzgados Civiles del Circuito

Ingresos efectivos       6.021

Egresos efectivos                4.267

Inventario final           6.618

 

.- Juzgados Civiles Municipales

Ingresos efectivos       17.551

Egresos efectivos                12.573

Inventario final           11.185

 

.- Juzgados Promiscuos de Familia

Ingresos efectivos       3.834

Egresos efectivos                2.607

Inventario final           1.777

 

.- Juzgados de Familia.

Ingresos efectivos       3.470

Egresos efectivos        2.380

Inventario final           3.495

 

.- Juzgados Laborales

Ingresos efectivos       1.379

Egresos efectivos           865

Inventario final           1.687

 

.- Juzgados Especializados

Ingresos efectivos       234

Egresos efectivos                212

Inventario final           122

 

.- Juzgados Penales del Circuito

Ingresos efectivos       4.318

Egresos efectivos                3.314

Inventario final           4.213

 

.- Juzgados Penales Municipales

Ingresos efectivos       16.600

Egresos efectivos                14.328

Inventario final             2.554

 

.- Juzgados Penales Municipales Control de Garantías

Ingresos efectivos       430

Egresos efectivos                330

Inventario final               3

 

.- Juzgados Penal del Circuito Adolescentes Conocimiento

Ingresos efectivos       869

Egresos efectivos                833

Inventario final           101

 

.- Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad

Ingresos efectivos       4.550

Egresos efectivos                1.993

Inventario final           16.640

 

 

.- Juzgados Promiscuos del Circuito

Ingresos efectivos          643

Egresos efectivos                   526

Inventario final              314

 

.- Juzgados Promiscuos Municipales

Ingresos efectivos       24.038

Egresos efectivos                18.979

Inventario final           17.739

 

.- Juzgados Pequeñas Causas y Competencia Múltiple

Ingresos efectivos       3.480

Egresos efectivos                2.278

Inventario final           2.811

 

.-DATOS ESTADÍSTICOS DE JUZGADOS DE AMAZONAS

 

.- Juzgados Promiscuos del Circuito

Ingresos efectivos 380

Egresos efectivos 385

Inventario final 359

 

.- Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad

Ingresos efectivos 158

Egresos efectivos 171

Inventario final 666

 

.- Juzgado Promiscuo de Familia

Ingresos efectivos 240

Egresos efectivos 229

Inventario final 125

 

.- Juzgados Civiles Municipales

Ingresos efectivos 585

Egresos efectivos 448

Inventario final 302

 

.- Juzgados Penales Municipales

Ingresos efectivos 958

Egresos efectivos 929

Inventario final 71

 

.- Juzgado Promiscuo Municipal

Ingresos efectivos 27

Egresos efectivos 18

Inventario final 9

 

 

 


[1] Exposición de Motivos del Proyecto de Ley. Bernardo Gaitán Mahecha, Ministro de Justicia. Folios 5 a 26 del Libro correspondiente a la Ley 2ª de 1984. Biblioteca del Congreso de la Republica. 

[2] Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley No. 3/83. Ob. Cit. folios 245 a 286.

[3] Información suministrada por la Presidencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca.

[4] Información suministrada por la Presidencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca.

 

 

 

 

 

 

 

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