El Tribunal Superior Distrito Judicial de Sincelejo, Sala de Decisión Penal, rechazó dos derechos de petición de veedurías anónimas o informales, que se amparan en esta figura para mofarse e irrespetar a los magistrados.
Así lo dieron a conocer, en respuesta a los denominados: Veedores Anónimos, Veeduría Ciudadana o Departamental de Sucre, Primera Liga Anticorrupción de Sucre, Liga Anticorrupción Primera Línea Petrista, Anónimos Veeduría de Sucre, que presentaron ante ese despacho, derechos de petición el 26 de enero, y los días 20 y 21 de febrero de este año relacionados con fallos judiciales que ha proferido ese despacho. Lea: Admiten acción popular: quieren que reubiquen relleno sanitario “El Oasis”
“Formulan ustedes dos peticiones en la misma fecha, ambas de la misma autoría, la primera, cargada de una serie de epítetos que nada tienen de respetuosos, pues analizados con detenimiento solo permiten colegir que no tienen otro fin que hacer burla o mofa contra los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Sincelejo”, manifiestan en la respuesta, los magistrados Lucy Bejarano y Leandro Castrillón Ruiz.
“Los mejores juristas, los más capacitados, los más inteligentes”, y “altezas reales, su gloria celestial hasta más no poder”, son algunas de las expresiones del derecho de petición.
Los derechos de petición presentados por los veedores están cargados de expresiones como: “magistrados honoríficos”, “altezas absolutas, pero de gran magnificencia integra”,” trono divino”, “los mejores juristas, los más capacitados, los más inteligentes”, y “altezas reales, su gloria celestial hasta más no poder”.
Dicen los magistrados, que, lo anterior sería suficiente para rechazar dicha petición, pero la misma es igual a las que le preceden anónima, y que la justificación que ahora ofrecen para no identificarse por su nombre, es que tienen amenazas, lo que no es atendible, puesto que estas no han tenido ninguna relación con la impartición de justicia a cargo de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Sincelejo.
“Esas amenazas dicen ustedes tienen origen en las denuncias que han formulado en contra de carteles de los enfermos mentales y de fiscales, de ahí que por obvias no pueden ser utilizadas en tratándose de formular peticiones ante otras autoridades que nada tienen que ver con sus denuncias”, dice la respuesta.
Agregan además que tampoco sirve de excusa que ahora se denominan veedurías informales, porque para este caso no existe “en tanto la ley ha reglamentado dicha figura, exigiendo su inscripción en la Cámara de Comercio o Personería Municipal del lugar, requisitos que ustedes se niegan a cumplir”.
Anotan los magistrados, que el control ciudadano a que hace referencia la Corte Constitucional, sin dudas, se puede manifestar a través del ejercicio del derecho fundamental de petición.
“Sin embargo, ello no quiere decir que se pueda utilizar el mismo para insultar a los servidores públicos o para ocultar el nombre del peticionario amparándose en una veeduría etérea, que lo único que pretende es enlodar el nombre de quienes administramos justicia”, dicen los magistrados a los veedores.
Agregaron que, con estricto apego a la ley y a la jurisprudencia de la Corte Constitucional rechaza ambas peticiones, y así lo hará hasta que las personas que se esconden tras una falsa veeduría tengan el valor civil de identificarse.
Les advierten que mientras persista en el anonimato no se le dará curso a ninguna otra solicitud que en esas condiciones vuelvan a remitir a dicha sala, y por ende, no habrá pronunciamiento sobre ellas.