Se informa que para consultar los oficios expedidos por este Juzgado con firma electrónica, los cuales son de fecha posterior al 31 de marzo de 2021, podrá consultarlos en la pestaña ESTADOS ELECTRÓNICOS que aparece a mano izquierda, o a través del acceso directo generado en el siguiente link:

 

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-001-civil-municipal-de-envigado/110 

 

O de requerir un oficio anterior al 31 de mayo de 2021, podrá acudir al Juzgado los días viernes en el horario de 2:00pm a 3:00pm a retirar los mismos de forma física.

 

Los Oficios de embargo y/o despachos comisorios expedidos desde el 31 de mayo de 2021 en adelante contienen la firma electrónica del Secretario, los cuales podrán descargar al día siguiente de su expedición. Deberá descargarlo usted y radicarlo ante la entidad respectiva de manera virtual. Por favor no imprimirlo y radicarlo físico, ya que de esa forma no podrán validar la autenticidad del documento y no le darán trámite.

 

 

Tener en cuenta esta información para radicar oficios/despachos comisorios y poner en el cuerpo del mensaje al momento de remitir documentos a las diferentes entidades. Usted deberá consultar con la entidad a la cual va a remitir el oficio cuál es el correo dispuesto para dicho trámite.

 

"Se le remite copia del oficio/despacho comisorio a usted dirigido, firmado electrónicamente y el cual cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. 

 

Se hace claridad que la entidad podrá comprobar la autenticidad del documento como se pasa a explicar a continuación, de conformidad con la firma electrónica implementada por parte de la Rama Judicial, sin necesidad que sea directamente cada Despacho del País desde su correo corporativo/empresarial quien remita cada oficio. Les solicitamos ayudarnos con esto para evitar más congestión en los despachos y la alta cantidad de solicitudes que nos llegan frente al particular, cuando los documentos remitidos son válidos en sí mismos. 

 

Se le ha enviado un documento firmado electrónicamente.

Puede validar su autenticidad de la siguiente manera:


1- Descargue el archivo en su computador -


2- Abra el archivo 

3- Identifique el código verificación ubicado al final del documento -

4- Para validar su autenticidad por favor ingrese al siguiente link de la Rama Judicial: haga clic aquí, o copie y pegue esta dirección (https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica/validarDocumento)

5- Adjunte el archivo

6. Copie y pegue el código de verificación sin espacios.

7- Presione el botón validar

8- Si el documento es válido, le aparecerá el registro de que "El documento es Auténtico" y deberá darle trámite al mismo [recuerde que debe copiar y pegar sin espacios, solo los dígitos en letra y número] - Si registra que no es válido, no debe tramitarlo)"

 

Se requiere tener especial atención en lo siguiente:

 

 

Si bien el artículo 11 del Decreto 806 de 2020 estableció que las comunicaciones necesarias para dar cumplimiento a las órdenes judiciales mediante mensaje de datos, dirigidas a cualquier entidad pública, privada o particulares, serán remitidas por los secretarios o los funcionarios, las cuales se presumen auténticas, y no podrán desconocerse siempre que provengan del correo electrónico oficial de la autoridad judicial; con la posterior implementación de la firma electrónica de la Rama Judicial, las diferentes entidades pueden verificar la autenticidad del documento sin que sea el Despacho directamente quien lo remita, ya que la autenticidad no debe presumirse, si no que directamente la entidad a la cual va dirigida el oficio en formato original PDF podrá comprobarla por sí mismo; es por esa razón que no es dable exigir que sea únicamente cada Despacho del País el que remita los documentos, poniendo cargas administrativas adicionales difíciles de asumir por la gran congestión en los Juzgados, esto, sin necesidad, e incluso volviéndose una carga también para la entidad registral.