República de Colombia

Departamento del Valle del Cauca Juzgado Primero Civil Municipal de Roldanillo

 

AVISA A:

 

Todos los interesados en el proceso de Incidente de Levantamiento de Medida, iniciado por elseñor JOSÉ MOISÉS LEITÓN MOSQUERA, que se dará aplicación al numeral 10° del artículo 597 del Código General del Proceso, en atención a la solicitud elevada por el señor JOSÉ MOISÉS LEITÓN MOSQUERA, tendiente al levantamiento de la medida cautelar que pesa sobre los bienes inmuebles identificados con M.I. 380-42753,380- 42754, 380-42755, 380-42757, 380-42758, 380-42759, 380-42760,

380-42761, 380-42762, 380-42763, 380-42765 y 380-42767, teniendo

de presente que dicha afectación se desprende de la partición material del predio madre, identificado con matrícula inmobiliaria No. 380-2997 el cual transfirió la medida decretada sobre el; esto con el fin de que, dentro del término deveinte (20) días contados a partir de la publicación de este aviso, ejerzan sus derechos conforme lo dispone la citada norma. Vencido dicho término,se procederá a resolver lo pertinente.

 

Al respecto, se le pone de presente a los interesados que la demanda se registró, según el certificado de tradición que corresponde a la matricula inmobiliaria No. 380-2997, el 09 de febrero de 1966, a través del documento OFICIO 043 del 08 de febrero de 1966 del Juzgado Civil Municipal de Roldanillo Valle, ello para los fines que consideren pertinentes.

 

Adicionalmente que, por intermedio del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca se oficia a todos los jueces de este Distrito Judicial y a los del resto del país para que, informen si en sus despachos judiciales cursan procesos en contra de LUIS ALFONSO GOMEZ SALAZAR, en especial, si existe solicitud de embargo de remanente, de crédito, laborales o acumulación de demanda para el proceso de la referencia, la fecha en la cual esta entidad judicial tomó nota del mismo, remitiendo copia del oficio que comunico dicha medida. Para lo cual, se concede el término de diez (10) días contados a partir de la fecha de recibido de la respectiva comunicación.

 

Para efectos de lo anterior, se fija el presente aviso en el micrositio del


Juzgado      en      el      portal      web      de      la      Rama      Judicial https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-001-civil-municipal-de- roldanillo, así como en la secretaria del Juzgado por el término de 20 días, siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.), del ocho (28) de febrero de dos mil veintidós (2023).

 


Firmado Por:

 

 

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