De conformidad con lo establecido en el articulo 2 del Decreto 806 de 2020, se le hace saber, el canal de comunicación e información de este despacho judicial es jpeqcacmcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO
En la acción de tutela con radicado 13001418900120200044800, para efectos de dar publicidad y garantizar el debido proceso, se resolvió:
"PRIMERO: Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala 001 Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena y, en consecuencia, ADMÍTASE la presente Acción de Tutela instaurada por ELIZABETH LOZANO HERRERA en nombre de ANATOLIA HERRERA BELTRAN contra JHON RAMON LOZANO HERRERA, JOSE LOZANO HERRERA, EFRAIN EMILIO LOZANO HERRERA, JESUS LOZANO HERRERA, YURY JOSE LOZANO HERRERA, LUIS IVAN LOZANO HERRERA, ZENITH LOZANO HERRERA Y GABRIEL GUILLERMO LOZANO HERRERA.
SEGUNDO: Córrase traslado a JHON RAMON LOZANO HERRERA, JOSE LOZANO HERRERA, EFRAIN EMILIO LOZANO HERRERA, JESUS LOZANO HERRERA, YURY JOSE LOZANO HERRERA, LUIS IVAN LOZANO HERRERA, ZENITH LOZANO HERRERA Y GABRIEL GUILLERMO LOZANO HERRERA, para que en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir del recibo de la correspondiente notificación, rindan informe sobre los hechos que dieron génesis a la presente acción constitucional, aporten pruebas y ejerzan su derecho de defensa, so pena de dar aplicación de las consecuencias previstas en el art. 20 del Decreto 2591 de 1991. Los informes y demás comunicaciones, deben remitirse al correo electrónico del despacho jpeqcacmcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co.
TERCERO: Fijar aviso en el portal web de la rama judicial sobre la admisión de la presente actuación"