AVISO

Se le informa a toda la comunidad que mediante auto de fecha 22 de agosto del 2023, proferido por el JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO, CARTAGENA D. T. Y C, dentro de la acción de tutela con radicado 1300131030082023-00165-00 incoada por el señor JOSE MIGUEL NOGUERA PIÑA contra ALCALDE LOCAL DE CARTAGENA LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHIA DE CARTAGENA Y JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE CARTAGENA., se ordenó lo siguiente:

 

 "TERCERO. NOTIFICAR esta providencia a las partes accionadas y vinculadas de conformidad con el Art. 16 de Decreto 2591. De la misma manera se comisiona al JUZGADO PRIMERO PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE CARTAGENA para que lleve a cabo la notificación de la admisión de la presente acción constitucional, de los terceros vinculados CARMEN ALICIA TORRES DE CASTRO y OSCAR MIGUEL NOGUERA PIÑA, lo anterior para que hagan valer sus derechos como terceros con interés. Así mismo se requiere que la constancia de notificación y comunicación debidamente recibidas sobre esta admisión, sean remitidas a este Despacho judicial dentro de las 12 horas siguientes a su realización. "

Atendiendo lo anterior, este despacho procediò a fijar aviso en el micrositio de la pagina oficial de rama judicial para que los vinculados al asunto descrito CARMEN ALICIA TORRES DE CASTRO y OSCAR MIGUEL NOGUERA PIÑA, conozcan del tramite constitucional de marras y hagan valer sus derechos como terceros con interés en el mismo.

A través del siguiente vinculo, podran acceder al auto en comento: VER

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AVISO

Se le informa a toda la comunidad que mediante Resolución No.013 de fecha 25 de octubre del 2023, emitida por el  JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE CARTAGENA., se ordenó lo siguiente:

"RESUELVE:

PRIMERO: SUSPENDER los términos judiciales para el despacho desde el día lunes treinta (30) de octubre de dos mil veintitrés (2023) hasta cuando culminen definitivamente los escrutinios.

SEGUNDO: Los términos en secretaria correrán en forma normal.

TERCERO: PUBLÍQUESE la presente resolución en la secretaria del Juzgado para conocimiento del Público y en la página de la rama judicial, micrositio de publicación del juzgado.

CUARTO: Envíese copia de esta resolución a la Oficina Judicial, Cierres y Permisos Justicia XXI Web, Consejo Seccional de la Judicatura – Sala Administrativa y Tribunal Superior para los fines pertinentes"

VER RESOLUCIÓN: 13. ResoluciónN13SuspensióndeTérminos.pdf