De conformidad con el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022 "no se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares (...)" Por lo anterior, si la parte interesada lo requiere, deberá solicitar la providencia vía correo electrónico. La notificación se entenderá surtida con la inclusión del proveido en el estado publicado.