MODIFICACION TEMPORAL DEL HORARIO POR CARNAVALES
ACUERDO No. CSJATA22-73
Viernes, 25 de marzo de 2022
(Magistrada Ponente: Dra. Olga Lucía Ramírez Delgado)
"En virtud del cual se modifica el horario de trabajo y atención al público por los días 28 y
29 de marzo de 2022, en los Despachos del Distrito Judicial de Barranquilla y
Dependencias Administrativas del Distrito Judicial de Barranquilla, con algunas
excepciones."
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer el horario de trabajo y atención al público durante los días lunes 28 y martes 29 de marzo de 2022, de manera continua iniciando a las 7:00 am y culminando a las 3:00 pm, en los Despachos Judiciales y Dependencias Administrativas del Distrito Judicial de Barranquilla, exceptuando a los Juzgados Penales Municipales de Barranquilla y a los Penales Municipales para Adolescentes de Barranquilla que cumplen funciones de Control de Garantías del Sistema Penal Acusatorio, así como a los Centros de Servicios que prestar el apoyo respectivo a los Despachos exceptuados e igualmente al Juez BACRIM, por razones del servicio.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo vía correo electrónico o por el medio más expedito a los Despachos del Distrito Judiciales y Dependencias Administrativas del Distrito Judicial de Barranquilla involucradas en la adopción de la medida, con el fin de garantizar el principio de publicidad de las actuaciones judiciales.
ARTÍCULO TERCERO: Disponer la publicación del presente acto administrativo a través de la página web de la Rama Judicial www.ramajudicial.gov.co, para el conocimiento de servidores y usuarios de la administración de justicia.
ARTÍCULO CUARTO: Ordenar a los Despachos Judiciales y Dependencias Administrativas de este Distrito Judicial, publicar en los respectivos micrositios, en las puertas de acceso a las sedes judiciales y en cualquier otro medio tecnológico y de la información empleado, el horario aquí establecido.
ARTÍCULO QUINTO: Dar cumplimiento al artículo 10° del Acuerdo PSAA16-10561 del 17 de marzo de 2016, comunicando al Consejo Superior de la Judicatura la modificación que se hizo al horario de atención al público.
ARTÍCULO SEXTO: El presente Acuerdo, rige a partir de la fecha de su expedición.