RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO CUARTO (04) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTÁ DE LA LOCALIDAD DE BOSA, D.C.
Se pone de presente a los usuarios que, de conformidad con el Art. 6° del ACUERDO No. CSJBTA22-106 14 de septiembre de 2022
"Por medio del cual se reprograma el cierre extraordinario del Juzgado 4° de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá por traslado de sede"
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTOS el Acuerdo No. CSJBTA22-74 de agosto 31 de 2022 emanado de este Consejo Seccional por medio del cual se autorizó el cierre extraordinario del Juzgado 4° de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá para los días 9 y 12 de septiembre de 2022.
ARTÍCULO 2°: REPROGRAMAR EL CIERRE EXTRAORDINARIO del Juzgado 4° de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá, para los días 19 y 20 de septiembre de 2022, con el propósito de ser traslado a la Casa de Justicia Campo Verde de la localidad de Bosa, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. CSJBTA22-73 de 2022 emanado de esta Corporación.
Parágrafo: Como consecuencia del cierre extraordinario, los términos procesales se interrumpirán en el mismo lapso.
ARTÍCULO 3°: Disponer la atención presencial por parte del Juzgado 4° de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá D.C., a partir del 21 de septiembre de 2022, en la sede la Casa de Justicia Campo Verde de la localidad de Bosa en Bogotá.
ARTÍCULO 4°: La Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial, en coordinación con el precitado Despacho Judicial, adelantarán las gestiones pertinentes para hacer efectivo el traslado.
ARTICULO 5º. - Comunicar este Acuerdo al Consejo Superior de la Judicatura, a la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico de la Sala Superior, a la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial, al Centro de Servicios AdministrativosJurisdiccionales para los Juzgados Civiles, Laborales y de Familia de Bogotá, al Juzgado 4° de Pequeñas Casusas y Competencia Múltiple de Bogotá, y todos los juzgados de esta especialidad, para lo pertinente.
ARTÍCULO 6°. Para su publicidad, la Dirección Seccional de Administración Judicial y elCentro de Servicios a cargo de la especialidad e igualmente al Juzgado objeto de la medida, deberán fijar en un lugar visible al público y en la Página Web de la Rama Judicial el presente Acuerdo.
ARTICULO 7°: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de expedición.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,
Dado en Bogotá, D.C. a los catorce (14) días del mes de septiembre de dos mil veintidós (2022).
HECTOR ENRIQUE PEÑA SALGADO
Presidente
HEPS/fvm 1 Artículo 6 del Acuerdo PSAA16-10561 de agosto 17 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatur