REPUBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA
Centro Calle del Cuartel, Cuartel del Fijo. Carrera 5º. No. 36-127. Tercer Piso Oficina No. 313
Correo electrónico: j08cctocgena@cendoj.ramajudicial.gov.co
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA EN CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO POR AUTO DE FECHA 14 DE JULIO DE 2023.
AVISA
Que se ha dado inicio al proceso de reorganización, radicado con el número 13001310300820230008600 promovido por el deudor señor HUGO ARMANDO ZUÑIGA DORIA identificado con CC No 73.194.818, se previene al demandante que sin la autorización del Juez de concurso no podrá realizar enajenaciones que no estén comprendidas dentro del giro normal de sus negocios, ni constituir cauciones sobre bienes, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones, tal y como lo dispuso el auto de 14 de julio de 2023 en su numeral sexto el cual a la letra cita: ADVERTIR al DEUDOR-PROMOTOR que a partir de la fecha de presentación de la solicitud, se prohíbe, la constitución y ejecución de garantías o cauciones que recaigan sobre bienes propios del deudor, incluyendo fiducias mercantiles o encargos fiduciarios que tengan dicha finalidad; efectuar compensaciones, pagos, arreglos, desistimientos, allanamientos, terminaciones unilaterales o de mutuo acuerdo de procesos en curso; conciliaciones o transacciones de ninguna clase de obligaciones a su cargo; ni efectuarse enajenaciones de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios del deudor, incluyendo las fiducias mercantiles y los encargos fiduciarios que tengan esa finalidad o encomienden o faculten al fiduciario en tal sentido, ni constituir cauciones sobre bienes del deudor, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones; salvo que exista autorización previa, expresa y precisa del juez del concurso.
Consulte auto aquí 013AutoAdmiteReorganizacion
El presente aviso se fija hoy 09 de agosto de 2023 y se firma
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR
JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO CARTAGENA DE INDIAS
RESOLUCIÓN No. 046 De 27 DE OCTUBRE DE 2023
Por medio de la cual se ordena una suspensión de términos para el Despacho, en virtud de la labor de la titular en los próximos escrutinios.