EDICTOS 2021
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA. HACE SABER: Que en el proceso ORDINARIO LABORAL adelantado por LUIS EDUARDO GARCIA DONADO, contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, con Radicación N° 08-001-41-05-004-2020-00263-01, Se dictó sentencia cuya fecha y parte resolutiva son del siguiente tenor: "Barranquilla D.E.I.P., veinte (20) de septiembre del dos mil veintiuno (2021). – (…) Por lo expuesto, el JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: "PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia consultada de fecha de 01 de junio de 2021, proferida por el JUZGADO CUARTO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BARRANQUILLA, conforme a lo motivado. SEGUNDO: Sin costas en este grado jurisdiccional de la consulta. TERCERO: Oportunamente regresen los autos al juzgado de origen.".
El presente EDICTO se fija en la Plataforma Tyba y en el Micrositio del Juzgado, por tres (3) días, hoy veintiuno (21) de septiembre de 2021; termino que empieza a correr el día veintidós (22) de septiembre de 2021, a las ocho de la mañana (8:00 am) y se desfijará el día veinticuatro (24) de septiembre de 2021, a las 5:00 pm. DIANA MAILUD VÉLEZ ASCANIO Secretaria |
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA. HACE SABER: Que en el proceso ORDINARIO LABORAL adelantado por FABIAN LLINAS FERNANDEZ, contra FTP INVESTMENT COLOMBIA SUCURSAL, ESPIDEL S.A.S Y AYUDA TEMPORAL DEL CARIBE S.A. con Radicación N° 08-001-41-05-003-2020-00145-01, Se dictó sentencia cuya fecha y parte resolutiva son del siguiente tenor: "Barranquilla D.E.I.P., veinte (20) de septiembre del dos mil veintiuno (2021). – (…) Por lo expuesto, el JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: "PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia consultada de fecha de 21 de mayo de 2021, proferida por el JUZGADO TERCERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BARRANQUILLA, conforme a lo motivado. SEGUNDO: Sin costas en este grado jurisdiccional de la consulta. TERCERO: Oportunamente regresen los autos al juzgado de origen."
El presente EDICTO se fija en la Plataforma Tyba y en el Micrositio del Juzgado, por tres (3) días, hoy veintiuno (21) de septiembre de 2021; termino que empieza a correr el día veintidós (22) de septiembre de 2021, a las ocho de la mañana (8:00 am) y se desfijará el día veinticuatro (24) de septiembre de 2021, a las 5:00 pm. DIANA MAILUD VÉLEZ ASCANIO Secretaria |
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA. HACE SABER: Que en el proceso ORDINARIO LABORAL adelantado por MERY ROSENDA BERNAL BELTRAN, contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, con Radicación N° 08-001-41-05-002-2020-00082-01, Se dictó sentencia cuya fecha y parte resolutiva son del siguiente tenor: "Barranquilla D.E.I.P., veinte (20) de septiembre del dos mil veintiuno (2021). – (…) Por lo expuesto, el JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: "PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia consultada de fecha de 17 de junio de 2020, proferida por el JUZGADO SEGUNDO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BARRANQUILLA, conforme a lo motivado. SEGUNDO: Sin costas en este grado jurisdiccional de la consulta. TERCERO: Oportunamente regresen los autos al juzgado de origen."
El presente EDICTO se fija en la Plataforma Tyba y en el Micrositio del Juzgado, por tres (3) días, hoy veintiuno (21) de septiembre de 2021; termino que empieza a correr el día veintidós (22) de septiembre de 2021, a las ocho de la mañana (8:00 am) y se desfijará el día veinticuatro (24) de septiembre de 2021, a las 5:00 pm. DIANA MAILUD VÉLEZ ASCANIO Secretaria |
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA. HACE SABER: Que en el proceso ORDINARIO LABORAL adelantado por MARCO TULIO GOMEZ COLEY, contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, con Radicación N° 08-001-41-05-005-2019-00362-01, Se dictó sentencia cuya fecha y parte resolutiva son del siguiente tenor: "Barranquilla D.E.I.P., veinte (20) de septiembre del dos mil veintiuno (2021). – (…) Por lo expuesto, el JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: "PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia consultada de fecha de 09 de abril de 2021, proferida por el JUZGADO QUINTO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BARRANQUILLA, conforme a lo motivado. SEGUNDO: Sin costas en este grado jurisdiccional de la consulta. TERCERO: Oportunamente regresen los autos al juzgado de origen."
El presente EDICTO se fija en la Plataforma Tyba y en el Micrositio del Juzgado, por tres (3) días, hoy veintiuno (21) de septiembre de 2021; termino que empieza a correr el día veintidós (22) de septiembre de 2021, a las ocho de la mañana (8:00 am) y se desfijará el día veinticuatro (24) de septiembre de 2021, a las 5:00 pm. DIANA MAILUD VÉLEZ ASCANIO Secretaria |
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA. HACE SABER: Que en el proceso ORDINARIO LABORAL adelantado por RAFAEL ANTONIO OROZCO PACHECO, contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, con Radicación N° 08-001-41-05-004-2018-00605-01, Se dictó sentencia cuya fecha y parte resolutiva son del siguiente tenor: "Barranquilla D.E.I.P., veinte (20) de septiembre del dos mil veintiuno (2021). – (…) Por lo expuesto, el JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia consultada de fecha de 29 de abril de 2021, proferida por el JUZGADO CUARTO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BARRANQUILLA, conforme a lo motivado. SEGUNDO: Sin costas en este grado jurisdiccional de la consulta. TERCERO: Oportunamente regresen los autos al juzgado de origen".
El presente EDICTO se fija en la Plataforma Tyba y en el Micrositio del Juzgado, por tres (3) días, hoy veintiuno (21) de septiembre de 2021; termino que empieza a correr el día veintidós (22) de septiembre de 2021, a las ocho de la mañana (8:00 am) y se desfijará el día veinticuatro (24) de septiembre de 2021, a las 5:00 pm. DIANA MAILUD VÉLEZ ASCANIO Secretaria |