Primero (1°) de julio de dos mil veinte (2020)

Los Jueces Municipales de Pequeñas Causas de Bogotá informan a la comunidad en general que, en cumplimiento de lo dispuesto en los Acuerdos PCSJA20-11567 del 5 de junio y PCSJA20-11581 del 27 de junio de 2020 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura y del Decreto 806 proferido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, en virtud de los cuales se ordena el levantamiento de la suspensión de los términos judiciales desde el 1° de julio de los corrientes y se adoptan medidas para implementar las TIC en las actuaciones judiciales y el acceso a las sedes, todos los procesos a nuestro cargo se adelantarán atendiendo las consideraciones que se indican a continuación. 

Prestación del servicio

A partir del 1° de julio se activarán los términos de todos los procesos y habrá atención virtual de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1 p.m. y de 2:00 a 5:00 p.m.

Todas las actuaciones se desarrollarán de manera virtual y mediante los diferentes medios de comunicación que dispongan los Despachos. Sin embargo, de considerarse estrictamente necesario el acceso a la sede judicial para alguna de las partes o sus apoderados, se programará cita previa para lo cual los usuarios deberán comunicarse con el Despacho para agendar la cita, donde se le expedirá un documento de autorización que deberá exponer al ingreso de la sede judicial.

Comunicaciones y notificaciones

Todas las solicitudes y documentos de los procesos serán recibidas exclusivamente a través de los correos institucionales.

También se prestará atención mediante los contactos telefónicos y de whatsApp que se indican al final de esta comunicación.  

Se recomienda a las partes, apoderados e interesados, remitir los documentos en archivos PDF y dentro del horario de atención virtual.

De otra parte, las providencias que se emitan por virtud del levantamiento de la suspensión de términos en los procesos ordinarios se notificarán mediante las herramientas de Estados Electrónicos disponible en el portal web de la Rama Judicial, a través de los vínculos que se informan en el presente comunicado.

Celebración de audiencias virtuales

Las audiencias virtuales se realizarán en lo posible a través de la Plataforma TEAMS de Microsoft, para lo cual se requerirá que las partes y los intervinientes cuenten con un correo electrónico (preferiblemente hotmail u Outlook) y la aplicación Teams en su dispositivo móvil o computador. 

Una vez señalada la fecha para llevar a cabo la audiencia, los abogados y las partes deberán suministrar los demás datos de contacto electrónico y telefónico para evitar imprevistos al momento de la realización de la diligencia, de acuerdo con las instrucciones del Despacho.

En caso de que se requiera realizar la audiencia de forma presencial se atenderán los lineamientos indicados para el ingreso a la Sede Judicial y las normas de Bioseguridad.

Pagos de Depósitos Judiciales

Entendiendo la importancia que reviste para sus beneficiarios la reactivación de los pagos de los depósitos judiciales, les informamos que el Consejo Superior de la Judicatura expidió la Circular PCSJC20-17 del 29 de abril de 2020, mediante la cual se adoptaron medidas temporales para la autorización de pagos de depósitos judiciales por el Portal Web Transaccional del Banco Agrario de Colombia. En dicha circular, encontrará toda la información necesaria y el trámite correspondiente que deben adelantar tanto los usuarios como los Despachos Judiciales con el apoyo de los Consejos Seccionales de la Judicatura y las oficinas judiciales de las direcciones seccionales de administración judicial, a fin de obtener la autorización y pago de los depósitos judiciales.   

___Denominación___del___ Despacho___

Contacto

__Teléfono__ Fijo

____WhatsApp____

_____________________Link_al_Minisitio____________________

1° Laboral Municipal de Bogotá 

j01lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

3420016

3203220344

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-01-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

2° Laboral Municipal de Bogotá 

j02lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2820163

3143619194

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-02-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

3° Laboral Municipal de Bogotá 

j03lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2833500

3203214607

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-03-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

4° Laboral Municipal de Bogotá 

j04lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2829339

3125165206

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-04-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

5° Laboral Municipal de Bogotá 

j05lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2827344

 

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-05-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

6° Laboral Municipal de Bogotá 

j06lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2823761

3107999361

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-06-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

7° Laboral Municipal de Bogotá 

j07lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2435692

 

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-07-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

8° Laboral Municipal de Bogotá 

j08lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2860523

3203290319

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-08-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

9° Laboral Municipal de Bogotá 

j09lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2862679

3226701821

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-09-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

10° Laboral Municipal Bogotá 

j10lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

3347031

 

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-10-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

11° Laboral Municipal Bogotá 

j11lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2868456

3222890129

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-11-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

 12° Laboral Municipal Bogotá 

j12lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2819189

 

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-12-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1

 

OTROS ASUNTOS

Recuerde que de conformidad con los lineamientos establecidos por el Consejo Superior de la Judicatura, para la radicación de acciones constitucionales y demandas, se deberá seguir las siguientes instrucciones.

Radicación de Acciones de Tutela, Habeas Corpus y demandas.

La radicación de tutelas se hará mediante el nuevo aplicativo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura. Para ello deberán ingresar a la dirección URL en donde se encuentra ubicado el aplicativo web, la cual se identifica como https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/TutelaEnLinea.

La presentación de las demandas ordinarias se realizará de manera virtual a partir del 1 de julio, a través de la URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/demandaenlinea  En el cual el usuario debe registrar los datos de la demanda y cargar los documentos que hagan parte de esta en formato PDF y según las condiciones que se establezcan en el manual del usuario, y en la circular DESAJBOC20-29.

 

Cordialmente, 

 

JUECES LABORALES MUNICIPALES DE BOGOTÁ