JUZGADO CUARENTA Y NUEVE (49) CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ
CARRERA 10 Nº 14 -33 PISO 4°, EDIFICIO HERNANDO MORALES MOLINA j49cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO DE NOTIFICACIÓN
La Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante auto de data dieciséis (16) de enero de dos mil veinticuatro (2024), ADMITIÓ la Acción de Tutela, interpuesta por DIEGO ARMANDO SÁNCHEZ ORDÓÑEZ contra el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil del Circuito. Radicado N° 11001-22-03-000-2024-00038-00.
Se notifica por este medio el amparo constitucional memorado a la totalidad de las PARTES INTERVINIENTES, en el Proceso Ejecutivo Mixto con Rad. 11001-31-03-021-2012-00327-00, de BANCOLOMBIA S.A. contra ARGEMIRO NOVOA GAMBA, con el objeto que, si a bien lo tienen, intervengan en defensa de sus intereses y se pronuncien frente a los hechos y pretensiones, expuestos en la acción tuitiva en precedencia.
· Escrito de Tutela y Auto Admisorio. Acción de Tutela Rad. No. 11001-22-03-000-2024-00038-00
MARGARITA ROSA OYOLA GARCÍA
Secretaria
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AVISO DE NOTIFICACIÓN
Que, el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil del Circuito de Bogotá D.C., mediante auto de data dos (02) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), admitió y ordenó la vinculación de las entidades RECREACIONES SIGLO XXI LTDA. y EMPRESA ANGULO Y BENINCORE LTDA., como terceros de interés eventual dentro de la acción de tutela con Rad. N° 11001-31-03-049-2024-00060-00 interpuesta por HÉCTOR ALFONSO MORENO GONZÁLEZ, quien actúa en causa propia.
Teniendo en cuenta que, las matrículas mercantiles de las citadas sociedades se encuentran canceladas desde los años 2005 y 2012 respectivamente, no se cuenta con información de notificación electrónica de las entidades, se notifica por este medio el amparo constitucional memorado, con el objeto que, si a bien lo tienen, intervengan en defensa de sus intereses y se pronuncien frente a los hechos y pretensiones expuestos en la acción tuitiva enunciada.
· Escrito de Tutela, Anexos y Auto Admisorio. Acción de Tutela Rad. No. 11001-31-03-049-2024-00060-00
MARGARITA ROSA OYOLA GARCÍA
Secretaria
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AVISO DE NOTIFICACIÓN
Que, el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil del Circuito de Bogotá D.C., mediante auto de data siete (07) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), admitió y ordenó la vinculación de la señora LUZ ELENA GUTIÉRREZ GÓMEZ (depositaria provisional), como tercera de interés eventual dentro de la acción de tutela con Rad. N° 11001-31-03-049-2024-00073-00 interpuesta por MARCO JULIO GALLEGO RAMÍREZ, quien actúa en causa propia.
Teniendo en cuenta que, no se cuenta con información de notificación electrónica de la señora LUZ ELENA GUTIÉRREZ GÓMEZ, se notifica por este medio el amparo constitucional memorado, con el objeto que, si a bien lo tiene, intervenga en defensa de sus intereses y se pronuncien frente a los hechos y pretensiones expuestos en la acción tuitiva enunciada.
· Escrito de Tutela, Anexos y Auto Admisorio. Acción de Tutela Rad. No. 11001-31-03-049-2024-00073-00
MARGARITA ROSA OYOLA GARCÍA
Secretaria
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CARRERA 10 Nº 14 -33 PISO 4°, EDIFICIO HERNANDO MORALES MOLINA j49cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO DE NOTIFICACIÓN
Teniendo en cuenta que el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil del Circuito, profirió fallo de primera instancia de fecha quince (15) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), dentro de la acción de tutela con Rad. 11001-31-03-049-2024-00060-00 interpuesta por HÉCTOR ALFONSO MORENO GONZÁLEZ, quien actúa en causa propia, contra ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES y PORVENIR S.A. – SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS. Vinculado(s): RECREACIONES SIGLO XXI LTDA.; EMPRESA ANGULO Y BENINCORE LTDA.; OFICINA DE BONOS PENSIONALES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO – OBP y FONDO NACIONAL DE PENSIONES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES - FONPET, por lo tanto, teniendo en cuenta que, no se cuenta con información de notificación física ni electrónica, por cuanto de acuerdo con los certificados de existencia y representación legal de las entidades RECREACIONES SIGLO XXI LTDA. y EMPRESA ANGULO Y BENINCORE LTDA., se encuentran canceladas, por lo tanto se les notifica por este medio, la sentencia antes memorada.
· Sentencia de Primera Instancia. Acción de Tutela Rad. No. 11001-31-03-049-2024-00060-00
MARGARITA ROSA OYOLA GARCÍA
Secretaria
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AVISO DE NOTIFICACIÓN
Que, el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil del Circuito de Bogotá D.C., mediante auto de data dos (02) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), admitió y ordenó la vinculación de la señora MARÍA DELIA GONZÁLEZ, como tercera de interés eventual dentro de la acción de tutela con Rad. N° 11001-31-03-049-2024-00270-00 interpuesta por MÉLIDA MARINA GONZÁLEZ, quien actúa en causa propia.
Teniendo en cuenta que, no se cuenta con información de notificación electrónica de la señora MARÍA DELIA GONZÁLEZ, se notifica por este medio el amparo constitucional memorado, con el objeto que, si a bien lo tiene, intervenga en defensa de sus intereses y se pronuncie frente a los hechos y pretensiones expuestos en la acción tuitiva enunciada.
· Escrito de Tutela, Anexos y Auto Admisorio. Acción de Tutela Rad. No. 11001-31-03-049-2024-00270-00
MARGARITA ROSA OYOLA GARCÍA
Secretaria