
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla confirmó en segunda instancia la sentencia condenatoria contra Tomás Manuel Maldonado Cera, hallado responsable del delito de feminicidio agravado en calidad de autor, por los hechos ocurridos el 25 de julio de 2018, que culminaron con la muerte de la ciudadana Brenda Inés Pájaro Bruno.
La decisión fue adoptada mediante providencia del 22 de mayo de 2025, con ponencia del magistrado Augusto Enrique Brunal Olarte, y contó con la participación de los magistrados Jorge Eliécer Cabrera Jiménez y Demóstenes Camargo de Ávila. En ella, se confirmó la pena impuesta en primera instancia: 552 meses de prisión (equivalentes a 46 años), así como la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años.
Hechos probados
Según lo establecido en el proceso, Brenda Inés Pájaro fue vista por última vez al salir de la fundación “Sonrisas de Esperanza”, en el norte de Barranquilla. Cámaras de seguridad del conjunto residencial “Parque 100” la captaron caminando junto a Maldonado. Su cuerpo fue hallado semanas después en una zona enmontada del barrio Miramar, con signos de violencia física y en avanzado estado de descomposición.
La necropsia reveló que la víctima sufrió trauma craneano y cervical, y que su cuerpo presentaba indicios de una posible actividad sexual previa al deceso. El Tribunal concluyó que Maldonado instrumentalizó a la víctima, se aprovechó de su confianza y la condujo a un lugar apartado para agredirla y asesinarla, configurando así un feminicidio agravado conforme a los artículos 104A, 104B literal G y 58 del Código Penal.
Argumentos de la defensa y decisión del Tribunal
La defensa alegó supuestas irregularidades en la cadena de custodia de los videos de seguridad y cuestionó la ubicación del celular del acusado. No obstante, el Tribunal desestimó estos argumentos, considerando que las pruebas fueron legalmente obtenidas y que los indicios eran suficientes para confirmar la autoría del crimen.
La providencia también hace énfasis en la aplicación del enfoque de género y en la necesidad de sancionar con firmeza los actos de violencia contra las mujeres, en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado colombiano, como la Convención de Belém do Pará.
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