INFORMACIÓN RELEVANTE DE LOS TURNOS Y COMPENSATORIOS EN EL MARCO DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO, DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PARA ADOLESCENTES Y DE HABEAS CORPUS

Para conocimiento de los servidores judiciales de los distritos judiciales de Cartagena y San Andrés y de la comunidad en general, el Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar pone a disposición el historial de turnos de habeas corpus y control de garantías expedidos desde el año 2008 hasta la fecha, los cuales serán actualizados a medida que se expidan nuevos acuerdos.

Al efecto, es importante que se tenga en cuenta la implementación de los sistemas penal acusatorio y de responsabilidad penal para adolescentes:

Sistema Fecha de implementación Circuito Acuerdo
Penal Acusatorio 1° de enero de 2008 Cartagena, El Carmen de Bolívar, Magangué, Mompox, Simití y Turbaco Acuerdo PSAA07-4252 de 2007
Responsabilidad Penal para Adolescentes 1° de junio de 2009 Cartagena, El Carmen de Bolívar, Magangué, Mompox, Simití y Turbaco Acuerdo PSAA09-5963 de 2009
Penal Acusatorio 1° de enero de 2008 San Andrés (incluye el municipio de Providencia) Acuerdo PSAA07-4314 de 2007
Responsabilidad Penal para Adolescentes 1° de diciembre de 2009 San Andrés (incluye el municipio de Providencia) Acuerdo PSAA09-5960 de 2009

Por tanto, solo desde la fecha de implementación del sistema de penal respectivo, es que el Consejo Seccional ha elaborado periódicamente los turnos para la atención de la función de control de garantías, para vigencias que por regla general es semestral.

Características actuales de los turnos que establece el Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar

Características Turnos Ordinarios Turnos de Disponibilidad
Periodo de vigencia Semestral Semestral
Días de aplicación Fines de semana y festivos Horas no hábiles de días hábiles
Juzgados involucrados Juzgados penales y promiscuos municipales de cada circuito judicial Juzgados penales y promiscuos municipales de cada circuito judicial
Lugar de atención Desde la cabecera del circuito o sede del juzgado asignado (Cada listado indica la sede) En sede territorial, disponibilidad nocturna durante días hábiles
Horario de atención De 8 a.m. a 12 m. y de 1 p.m. a 5 p.m., con disponibilidad para audiencias urgentes fuera de ese horario Después de la jornada laboral habitual hasta las 7:59 a.m. del día siguiente. (En el caso del Circuito Judicial de Cartagena, el turno de disponibilidad inicia a las 10 p.m.)
Funciones principales Atención presencial de control de garantías y audiencias urgentes durante fines de semana y festivos Atención de control de garantías en horas no hábiles y recepción de solicitudes de audiencias durante la noche
Uso de tecnologías El turno se puede realizar con uso prevalente de herramientas tecnológicas según protocolo vigente El turno se puede realizar con uso prevalente de herramientas tecnológicas según protocolo vigente

Inicialmente los turnos de atención de la función de control de garantías fueron de disponibilidad, asimismo, el horario de los turnos, dependía de la jornada laboral vigente en el respectivo circuito judicial, lo que se podrá verificar en cada acuerdo.

Desde el año 2020 los turnos se pueden realizar a través de los medios virtuales 🖥️.

Así las cosas, se podrán descargar los actos administrativos que contienen el marco normativo aplicable a los turnos y los listados de turnos por circuito judicial.

Referente a los Compensatorios

En cada acuerdo se establecen las reglas generales de los descansos compensatorios otorgados por la realización de los turnos ordinarios o de disponibilidad.

  • Turnos Ordinarios: en cada acto administrativo se indican los días, fechas o ambas en el que el respectivo funcionario judicial tendrá su compensatorio, por haber laborado en fines de semana y festivos, los cuales se generan por la realización del turno presencial. De esta manera, en cada semestre se podrán verificar los descansos que se concedieron al respectivo juez.

    Se resalta que los funcionarios pueden renunciar al disfrute del compensatorio otorgado, en los términos que establece cada acuerdo de turnos.
  • Turnos de Disponibilidad: de manera general, el juez de control de garantías que le corresponda laborar durante un turno de disponibilidad compensará por el tiempo efectivamente laborado, al día siguiente hábil.

Turnos y Compensatorios para Empleados

Referente a los empleados que brindan apoyo a la actividad judicial, es preciso dejar constancia de que el Consejo Seccional no les asigna turnos, dado que su participación es opcional y es el superior funcional o nominador, en caso de considerarlo necesario, quien designa al empleado que lo asistirá en la audiencia y, asimismo, es la autoridad competente para conceder el descanso compensatorio correspondiente.

Para conocimiento, se presentan los parámetros generales aplicables a la asistencia a turnos y la concesión de descansos compensatorios para empleados, la cual se encuentra contenida en cada acuerdo de turnos expedidos por el Consejo Seccional.

"APOYO: El juez en turno ordinario o de disponibilidad podrá hacerse acompañar por un empleado de la planta de personal de su despacho."

"Los compensatorios de los empleados de los despachos judiciales que apoyan en la atención de los turnos ordinarios o de disponibilidad, se concederán por el respectivo nominador mediante acto administrativo, para ser disfrutados dentro del mes siguiente a la realización del turno, de conformidad con el artículo tercero del Acuerdo PSAA08-5433 de 2008"

"Los jueces y empleados podrán renunciar al disfrute del compensatorio, de lo cual informarán en el enlace dispuesto en el parágrafo primero".

De igual manera, se resalta que los empleados pueden renunciar al disfrute del compensatorio.

Habeas Corpus

  • De conformidad con el artículo 3 de la Ley 1095 de 2006 se debe garantizar que las solicitudes de habeas corpus sean atendidas de manera ininterrumpida durante todas las horas y días del año.
  • Por Acuerdo PSAA07-3972 de 2007 se delegó en los Consejos Seccionales de la Judicatura la organización del sistema de turnos de disponibilidad para la atención de acciones de habeas corpus en días y horas no hábiles. Se indicó que los listados de turnos se elaborarán en orden alfabético por apellido y que incluyen a todos los jueces del circuito sin importar especialidad o nivel.
  • En la Seccional Bolívar, los turnos se organizan por circuito judicial para los jueces, indistintamente de la categoría, y por distrito judicial para los magistrados, sin que exista distinción por jurisdicción.
  • Frente a las “fechas de descansos compensatorios” por los turnos de habeas corpus, se aclara que de conformidad con los acuerdos que los establecen, estos aplican exclusivamente al titular del despacho, los cuales deben tomarse al siguiente día hábil y por el tiempo efectivamente laborado.