AVISO A LA COMUNIDAD
Se informa a la comunidad en general, que en el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, se admitió mediante proveído de fecha veinticinco (25) de Agosto de 2021 la acción de tutela con radicado 087583184002-2021-00497-00, instaurada por el INSTITUCION EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR NUESTRA SEÑORA DE FATIMA DE SABANAGRANDE CONTYRA EL ICFES, se decidió:
5°.- En todo caso y pese a lo expuesto en el numeral anterior, a fin de garantizar aun más la notificación de los vinculados, se Ordena la notificación de los representantes legales de las estudiantes de once (11) grado de la INSTITUCION EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR NUESTRA SEÑORA DE FATIMA DE SABANAGRANDE, arriba mencionadas, fin de que, si tiene interés, intervenga en esta acción constitucional dentro de los Dos (2) días siguientes a la publicación en la página de la rama judicial. Esta notificación se hará mediante inserción en el sitio web de la página de la rama judicial y de la página web de este despacho. Expídanse por secretaria las comunicaciones pertinentes.
El presente aviso se publica en la página oficial de la RAMA JUDICIAL y del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, y se puede cosultar el contenido del auto admisorio y del escrito tutelar de la tutela referenciada en los siguientes hipervínculos: AUTO ADMISORIO . ARCHIVO TUTELA.
Atentamente,
MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN
AVISO A LA COMUNIDAD
Se informa a la comunidad en general, que en el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, se admitió mediante proveído de fecha dos (02) de Agosto de 2021 la acción de tutela con radicado 087583184002-2021-00447-00, instaurada por el señor LUIS ALFREDO OCHOA PINZON, REPRESENTANTE LEGAL (S) DE LA SOCIEDAD COMERCIAL COLOMBIANA DE INCUBACIÓN S.A.S. , contra COLPENSIONES, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales de peticion, y en auto de fecha diez (10) de agosto de 2021, se decidió:
ORDENAR que la notificación del señor CLAUDIO GARAY HOSPITAL, vinculado dentro de esta acción constitucional, se realice , a través de la publicación o inserción (de la tutela y auto admisorio) en la página web de la rama judicial y en la página web de este juzgado, a fin de que, si tiene interés, intervenga en esta acción constitucional dentro de los Dos (2) días siguientes a la publicación.
El presente aviso se publica en la página oficial de la RAMA JUDICIAL y del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, y se puede cosultar el contenido del auto admisorio y del escrito tutelar de la tutela referenciada en los siguientes hipervínculos: AUTO ADMISORIO y VINCULACION 447-2021. ARCHIVO TUTELA.
Atentamente,
MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN
Secretaria
AVISO A LA COMUNIDAD
Se informa a la comunidad en general, que en el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, se admitió mediante proveído de fecha cuatro (04) de agosto de 2021 la acción de tutela con radicado 087583184002-2021-00421-00, instaurada por el señor ALVARO BACA BARCELO, contra la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO y CURADURA URBANA N° 2 DE SOLEDAD-ATLANTICO , por la presunta vulneración de los derechos fundamentales debido proceso, derecho de defensa, propiedad y acceso a la administración de justicia, y en el cual se ordenó:
4. Vincúlese igualmente al trámite de esta acción constitucional a las personas que consideren podrían tener interés en las resultas de la misma, a través de notificación insertada en la página web de la rama Judicial y de este despacho, con los respectivos archivos contentivos de la tutela, para que en el mismo término de tres (3) ejerzan su derecho de defensa y contradicción si así lo consideran pertinente.
El presente aviso se publica en la página oficial de la RAMA JUDICIAL y del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, y se puede cosultar el contenido del auto admisorio y del escrito tutelar de la tutela referenciada en los siguientes hipervínculos:
AUTO ADMISORIO 421-2021. ARCHIVO TUTELA.
Atentamente,
MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN
Secretaria
AVISO A LA COMUNIDAD
Se informa a la comunidad en general, que en el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, se admitió mediante proveído de fecha siete (07) de julio de 2021 la acción de tutela con radicado 087583184002-2021-00383-00, instaurada por la señora SANDRA MILENA FIGUEROA GUTIERREZ , contra el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al trabajo, y en el cual se ordenó:
Se vincula así mismo, a las CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR de Colombia, a LAS REDES REGIONALES DE EMPRENDIMIENTO Y FORMALIZACION LABORAL. A LAS FUNDACIONES DEL AMBITO NACIONAL QUE DENTRO DE SU OBJETO SOCIAL ESTA EL APOYO DEL EMPRENDIMIENTO Y LA FORMALIZACION LABORAL Y DEMAS SECTORES DEE LA POBLACION, a fin de que, si tienen interés, intervengan en esta acción constitucional dentro de los Dos (2) días siguientes a la publicación en las respectivas páginas. Esta notificación se hará mediante inserción en el sitio web de la página de la rama judicial y de este despacho.
El presente aviso se publica en la página oficial de la RAMA JUDICIAL y del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, y se puede cosultar el contenido del auto admisorio y del escrito tutelar de la tutela referenciada en los siguientes hipervínculos: AUTO ADMISORIO 383-2021. ARCHIVO TUTELA.
Atentamente,
MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN
Secretaria
AVISO A LA COMUNIDAD
Se informa a la comunidad en general, que en el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, se admitió mediante proveído de fecha primero (01) de julio de 2021 la acción de tutela con radicado 087583184002-2021-00382-00, instaurada por el señor FABIO ANTONIO LOZANO BERNAL, contra el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al trabajo, y en el cual se ordenó:
"2º. Se vincula así mismo, a las CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR de Colombia, a LAS REDES REGIONALES DE EMPRENDIMIENTO Y FORMALIZACION LABORAL. A LAS FUNDACIONES DEL AMBITO NACIONAL QUE DENTRO DE SU OBJETO SOCIAL ESTA EL APOYO DEL EMPRENDIMIENTO Y LA FORMALIZACION LABORAL Y DEMAS SECTORES DEE LA POBLACION, a fin de que, si tienen interés, intervengan en esta acción constitucional dentro de los Dos (2) días siguientes a la publicación en las respectivas páginas. Esta notificación se hará mediante inserción en el sitio web de la página de la rama judicial y de este despacho."
El presente aviso se publica en la página oficial de la RAMA JUDICIAL y del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO, y se puede cosultar el contenido del auto admisorio y del escrito tutelar de la tutela referenciada en los siguientes hipervínculos: AUTO ADMISORIO 382-2021. ARCHIVO TUTELA.
Atentamente,
MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN
Secretaria