E D I C T O
EL SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO
DE FLORENCIA - CAQUETÁ,
H A C E S A B E R:
Que, dentro del proceso PENAL por el delito de PECULADO POR APROPIACIÓN, seguido contra MARIO BOTACHE SANDOVAL, NURIS VANGRIEKEN GONZÁLEZ, JOHN ARQUÍMEDEMES MOSQUERA PALACIOS Y JESUS JAVIER CÓRDOBA MURILLO, Radicación 18001310400320080005900, se profirió Sentencia Penal en Primera Instancia fechada quince (15) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), que en su parte resolutiva dice:
"RESUELVE:
PRIMERO: ABSOLVER a MARIO BOTACHE SANDOVAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 96.341.928 de La Montañita, Caquetá, a JHON ARQUÍMEDES MOSQUERA PALACIOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.653.489 de Medellín, Antioquia, a NURIS VANGRIEKEN GONZÁLEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.769.992 de Bogotá, nacida el 27 de diciembre de 1963 en Maicao, La Guajira, y a JESÚS JAVIER CÓRDOBA MURILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 82.382.838 de Istmina, Chocó, por el delito de PECULADO POR APROPIACIÓN, definido y sancionado en el artículo 397 del Código Penal. SEGUNDO: ORDENAR que una vez en firme la decisión se cancelen todas las medidas limitativas de la propiedad y de derechos fundamentales en contra de MARIO BOTACHE SANDOVAL, JHON ARQUÍMEDES MOSQUERA PALACIOS, NURIS VANGRIEKEN GONZÁLEZ y JESÚS JAVIER CÓRDOBA MURILLO que se hallen vigentes en forma inmediata. Para el cumplimiento de lo anterior por Secretaría deberán librarse las comunicaciones necesarias. TERCERO: En firme esta decisión archívense las diligencias, previas las anotaciones en los libros radicadores. CUARTO: Esta providencia es susceptible del recurso de apelación."
Y, para notificar a las demás partes la sentencia anterior, fijo el presente edicto en lugar público y visible de la Secretaría del Juzgado, por el término de tres (3) días, hoy veintidós (22) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), a primera hora hábil, el cual será desfijado el día dos (02) de abril de dos mil veinticuatro (2024) a última hora hábil.
GUSTAVO CUELLAR PALOMÁ
Secretario