AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO ADMISORIO DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00248
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al EDIFICIO CRISTAL DE BAVARIA en calidad de demandante y a los señores, RAFAEL ENRIQUE NOGUERA ABELLO y NIRNA ANYELIN CHICRE LANDINEZ, en calidad de demandados en el Proceso Ejecutivo Rad: 2022-00670 que cursa en el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, que el diecinueve (19) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), se profirió sentencia en la acción de tutela de radicación 47001315300420230024800.
Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción constitucional impetrada por ELSY ESTHER MANJARRES CÓRDOBA, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, tramite dentro del cual resultó vinculado el EDIFICIO CRISTAL DE BAVARIA, RAFAEL ENRIQUE NOGUERA ABELLO, NIRNA ANYELIN CHICRE LANDINEZ, BANCO BBVA, BANCO DE BOGOTÁ, POLICÍA NACIONAL SIJIN –SECCIÓN AUTOMOTORES- DE SANTA MARTA, la secuestre GLENYS JIMENEZ B y el INSPECTOR DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso y a la administración de justicia.
SEGUNDO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada y vinculada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
TERCERO: En caso de no serimpugnado este fallo,se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy diecinueve (19) de diciembre de dos mil veintitrés (2023).
2023-00248
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO ADMISORIO DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00248
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al EDIFICIO CRISTAL DE BAVARIA en calidad de demandante y los señores, RAFAEL ENRIQUE NOGUERA ABELLO y NIRNA ANYELIN CHICRE LANDINEZ, en calidad de demandados en el Proceso Ejecutivo Rad: 2022-00670 que cursa en el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, que fueron vinculados por auto de 07 de diciembre de 2023, a la acción de tutela promovida por ELSY ESTHER MANJARRES CÓRDOBA, en su propio nombre y representación, contra el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, radicada con el número 47001315300420230024800.
Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por ELSY ESTHER MANJARRES CORDOBA, en su propio nombre y representación, contra el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso acceso y acceso a la administración de justicia.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta acción rinda un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
Deberá el juzgado accionado remitir el expediente del Proceso Ejecutivo Rad: 47001-4189-003-2022-00670-00, junto a su contestación.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite al EDIFICIO CRISTAL DE BAVARIA en calidad de demandante en el Proceso Ejecutivo Rad: 2022-00670, a RAFAEL ENRIQUE NOGUERA ABELLO y NIRNA ANYELIN CHICRE LANDINEZ, en calidad de demandados, al BANCO BBVA por tener presunto interés en el vehículo de placas FZM-357, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
CUARTO: REQUERIR al JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, para que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica del EDIFICIO CRISTAL DE BAVARIA, RAFAEL ENRIQUE NOGUERA ABELLO y NIRNA ANYELIN CHICRE LANDINEZ.
Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica de la vinculada, FÍJESE un aviso de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
QUINTO: TENER como prueba documental, los anexos incorporadas a la demanda de tutela. REQUERIR al accionado y vinculada para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
SEXTO: NOTIFICAR esta decisión al accionante, el accionado y al vinculado, por el medio más expedito.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy catorce (14) de diciembre de dos mil veintitrés (2023)
2023-00248
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO QUE CONCEDE IMPUGNACIÓN
TUTELA RAD 2023-00213-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora CLARA MONTOYA AGUILAR, de la fallo de tutela de primera instancia dentro de la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230021300, promovida por EVER ÁNGEL CANTILLO RONDÓN, en calidad de apoderado judicial de la Institución educativa COLEGIO CRISTIANO INTEGRAL, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al acceso a la administración de justicia. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
"Del expediente digital se desprende que, la partes fueron notificadas personalmente a través de correo electrónico, el día jueves 23 de noviembre hogaño, de lo que se colige que la parte accionada ejerció su derecho a la segunda instancia dentro de la oportunidad legal, es decir, durante los tres días hábiles siguientes al término de la notificación de la providencia decisoria, teniendo en cuenta que, las partes se tuvieron como notificadas al finalizar el día lunes 27 de noviembre de 2023, por tanto, se procederá a conceder el recurso de impugnación contra la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2023, dictada por este Juzgado".
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy doce (12) de diciembre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO ADMISORIO DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00241
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al señor GREGORIO ALBERTO MUNEVAR, demandante en el proceso ejecutivo radicado No. 47001-4003-008-2015-00351, que cursa en el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA MAGDALENA, que fue vinculado a la acción de tutela promovida por CARLOS URIEL GUTIÉRREZ OSTOS, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA MAGDALENA, anteriormente JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, radicada con el número 47001315300420230024100
Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por el señor CARLOS URIEL GUTIÉRREZ OSTOS, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA MAGDALENA, anteriormente JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición, al omitir respuesta respecto a una petición de terminación del proceso ejecutivo por pago total de la obligación.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA MAGDALENA, anteriormente JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por la accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindaun informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite al señor GREGORIO ALBERTO MUNEVAR, demandante en el proceso ejecutivo que cursa en el juzgado accionado bajo el radicado No. 47001-4003-008-2015-00351, para que, si a bien lo tiene, se pronuncien acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
CUARTO: REQUERIR al JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA MAGDALENA y al accionante CARLOS URIEL GUTIÉRREZ OSTOS, para que remitan dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, los datos de notificación electrónica aportados dentro del proceso para el señor GREGORIO ALBERTO MUNEVAR.
Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica del vinculado, FÍJESE un aviso
de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
QUINTO: TENER como prueba documental, los anexos incorporadas a la demanda de tutela. REQUERIR a los accionados y vinculados para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible
SEXTO: NOTIFICAR esta decisión al accionante, el accionado y al vinculado, por el medio más expedito.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy once (11) de noviembre de dos mil veintitrés (2023)".
2023-00241
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00213-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora CLARA MONTOYA AGUILAR, de la fallo de tutela de primera instancia dentro de la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230021300, promovida por EVER ÁNGEL CANTILLO RONDÓN, en calidad de apoderado judicial de la Institución educativa COLEGIO CRISTIANO INTEGRAL, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al acceso a la administración de justicia. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
"PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales invocados dentro de la acción de tutela pretendida por la Institución educativa COLEGIO CRISTIANO INTEGRAL cuya propietaria es la señora DEYANITH ELIANA BARRERA ARIZA, a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: En consecuencia, se DEJA SIN EFECTOS la providencia adiada el 18 de octubre de 2023, y en su lugar se ORDENA al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, que en el término de CINCO (5) días siguientes a la notificación de esta decisión, emita una nueva providencia, atendiendo los lineamientos trazados en esta sentencia.
TERCERO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
CUARTO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO ADMISORIO DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00213-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora CLARA MONTOYA AGUILAR, quien fue vinculada mediante decisión con fecha de 8 de noviembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230021300, promovida por EVER ÁNGEL CANTILLO RONDÓN, en calidad de apoderado judicial de la Institución educativa COLEGIO CRISTIANO INTEGRAL, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al acceso a la administración de justicia. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
"PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por EVER ÁNGEL CANTILLO RONDÓN, en calidad de apoderado judicial de la Institución educativa COLEGIO CRISTIANO INTEGRAL, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta acción rinda un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
Deberá el juzgado accionado remitir el expediente del proceso radicado con el número 47001418900420220073900, junto a su contestación.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite a la señora CLARA MONTOYA AGUILAR, quien figura como ejecutada en el proceso de radicación 47001418900420220073900, para que, si a bien lo tiene, se pronuncie acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
CUARTO: REQUERIR al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA y al demandante EVER ÁNGEL CANTILLO RONDÓN, en calidad de apoderado judicial de la Institución educativa COLEGIO CRISTIANO INTEGRAL, para que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica de la señora CLARA MONTOYA AGUILAR.
Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica de la vinculada, FÍJESE un aviso de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
QUINTO: TENER como prueba documental, los anexos incorporadas a la demanda de tutela.
REQUERIR al accionado y vinculada para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
SEXTO: Reconocer personería jurídica al doctor EVER ÁNGEL CANTILLO RONDÓN, en los términos y para los efectos del poder conferido.
SÉPTIMO: NOTIFICAR esta decisión al accionante, el accionado y al vinculado, por el medio más expedito.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy catorce (14) de noviembre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
NOTIFICACIÓN SENTENCIA DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00183-00
TUTELA RAD: 2023-00183
AVISO
NOTIFICACIÓN AUTO CONCEDE IMPUGNACIÓN
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA los vinculados en la acción de tutela Rad: 47001315300420230018300, promovida por el señor ÁLVARO RAFAELCORONADO BASTIDAS, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, que se relacionan a continuación:
JUANA MARÍA DE LA HOZ DE LA CRUZ
LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
SANDRA ARAQUE GÓMEZ, EN CALIDAD DE JEFE DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DE LOS LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
JUAN GUERRERO MELO, ABOGADO DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
DIEGO VARGAS PARRADO EN CALIDAD DE AGENTE DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
DIEGO GUTIERREZ, DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
IVÁN DOMÍNGUEZ VILLAMIL, EN SU CONDICIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
AL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
A LA NOTIFICADORA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
SGS COLOMBIA SAS
Que con AUTO de veinticuatro (24) de octubre de dos mil veintitrés (2023), esta judicatura concedió la impugnación presentada contra la sentencia de trece (13) de octubre de dos mil veintitrés (2023), por la vinculada LABORATORIOS CONTECON URBAR S.A.S.
En consecuencia, se ordenó repartir la acción constitucional a través del sistema TYBA entre los Despachos Judiciales del Tribunal Superior del Distrito y, posteriormente, remitir al superior funcional designado para desatar la impugnación el expediente digital que compone la acción de tutela de la referencia, junto a los informes suministrados por las partes, el escrito de impugnación y los actos de notificación, en aplicación al artículo 22 del Acuerdo PCSJA20-11567 del Consejo Superior de la Judicatura.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veinticuatro (24) de octubre de dos mil veintitrés (2023).
Link Ingreso al expediente: 2023-00183
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN SENTENCIA DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00182-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS del señor ALFONSO ENRIQUE GUERRA MARTINEZ, quienes fueron vinculados mediante decisión con fecha de 29 de septiembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230018200, promovida por ROBERTO RAFAEL ROCHEL MOVILLA, contra el JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, de la sentencia emitida el pasado 11 de octubre de 2023, proveído en el que se resolvió lo siguiente:
"PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales invocados dentro de la acción de tutela pretendida por ROBERTO RAFAEL ROCHEL MOVILLA, en su propio nombre y representación, contra el JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: En consecuencia, se DEJA SIN EFECTOS la actuación surtida a partir de las providencias adiadas los días 9 de mayo y 16 de agosto de 2023, y en su lugar se ORDENA al JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, que en el término de CINCO (5) días siguientes a la notificación de esta decisión, emita una nueva providencia, atendiendo los lineamientos trazados en esta sentencia.
TERCERO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
CUARTO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy diecinueve (19) de octubre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
NOTIFICACIÓN SENTENCIA DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00183-00
AVISO
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA los vinculados en la acción de tutela promovida por el señor ÁLVARO RAFAEL CORONADO BASTIDAS, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, que se relacionan a continuación:
- JUANA MARÍA DE LA HOZ DE LA CRUZ
- LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
- SANDRA ARAQUE GÓMEZ, EN CALIDAD DE JEFE DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DE LOS LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
- JUAN GUERRERO MELO, ABOGADO DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
- DIEGO VARGAS PARRADO EN CALIDAD DE AGENTE DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
- DIEGO GUTIERREZ, DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
- IVÁN DOMÍNGUEZ VILLAMIL, EN SU CONDICIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
- AL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
- A LA NOTIFICADORA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
- SGS COLOMBIA SAS
Que con Sentencia de Tutela de doce (12) de octubre de dos mil veintitrés (2023), esta judicatura resolvió:
PRIMERO: AMPARAR el derecho fundamental al debido proceso, acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva, del señor ÁLVARO RAFAEL CORONADO BASTIDAS, conforme a lo anotado.
SEGUNDO: En consecuencia del amparo otorgado, SE DEJA SIN EFECTO la providencia emitida el pasado 27 de septiembre de 2023, al interior del incidente de desacato promovido por el señor ÁLVARO RAFAEL CORONADO BASTIDAS, en nombre y representación propia, contra el representante legal de LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS Y OTROS, con radicación 2021-00248, ORDENANDO al JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SANTA MARTA, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, remita el expediente al superior funcional para que se surta el grado jurisdiccional de consulta por la sanción impuesta con proveído de 13 de septiembre de 2023.
TERCERO: NEGAR por improcedentes las demás pretensiones de la demanda de tutela, por lo explicado en la parte motiva.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy trece (13) de octubre de dos mil veintitrés (2023).
Link Ingreso al expediente: 2023-00183
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO ADMISORIO DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00182-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS del señor ALFONSO ENRIQUE GUERRA MARTINEZ, quienes fueron vinculados mediante decisión con fecha de 29 de septiembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230018200, promovida por ROBERTO RAFAEL ROCHEL MOVILLA, contra el JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
"PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por ROBERTO RAFAEL ROCHEL MOVILLA, contra el JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por la accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindan un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR a los HEREDEMOS DETERMINADOS E INDETERMINADOS del señor ALFONSO ENRIQUE GUERRA MARTINEZ a través de la notificación de la presente decisión y del auto admisorio de la tutela conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 y al JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA hoy JUZGADO SÉPTIMO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA para que informe a este Juzgado, lo sucedido con el proceso identificado con el radicado No. 47-001-40-53-007-2018-00048-00.
CUARTO: REQUERIR al accionante y al JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remita a este juzgado, si cuentan con la información, los datos de notificación electrónica que tenga sobre los vinculados HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS del señor ALFONSO ENRIQUE GUERRA MARTINEZ.
Pasada las 24 horas dispuestas en el inciso anterior sin obtener respuesta favorable, notifíquese a los vinculados, por secretaría, fijando un aviso en la página web de la rama judicial a través del micrositio de este juzgado, notificación que se entenderá surtida a partir del día hábil siguiente a su fijación.
QUINTO: REQUERIR a las accionadas y vinculadas para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
SEXTO: NOTIFICAR esta decisión a la accionante, el accionado y la vinculada, por el medio más expedito.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy seis (6) de octubre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a las personas que se relacionan a continuación de este párrafo, sobre su vinculación a través de auto de dos (02) de octubre de dos mil veintitrés (2023), en la acción de tutela promovida por el señor ÁLVARO RAFAEL CORONADO BASTIDAS, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva.
- JUANA MARÍA DE LA HOZ DE LA CRUZ
- LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
- SANDRA ARAQUE GÓMEZ, EN CALIDAD DE JEFE DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DE LOS LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
- JUAN GUERRERO MELO, ABOGADO DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON UBBAR SAS
- DIEGO VARGAS PARRADO EN CALIDAD DE AGENTE DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
- DIEGO GUTIERREZ, DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
- IVÁN DOMÍNGUEZ VILLAMIL, EN SU CONDICIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA LABORATORIOS CONTECON URBAR SAS
- AL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
- A LA NOTIFICADORA DEL JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
- SGS COLOMBIA SAS
Todos ellos, para que se pronuncien acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo y por los que fueron mencionadas en el escrito de la demanda por el señor ÁLVARO RAFAEL CORONADO BASTIDAS.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy cinco (05) de octubre de dos mil veintitrés (2023).
Link Ingreso al expediente: 2023-00183
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN AUTO CONCEDE IMPUGNACIÓN
TUTELA RAD 2023-00117-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores BRENDA GISELLA MIRANDA REDONDO y WILMER HERNÁNDEZ ROMERO, quienes fueron vinculados mediante decisión con fecha de 2 de octubre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 470013153004202300111700, promovida por BANCOLOMBIA S.A., a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
Del expediente digital se desprende que, la partes fueron notificadas personalmente a través de correo electrónico, el día viernes 22 de septiembre hogaño, de lo que se colige que la parte vinculante ejerció su derecho a la segunda instancia dentro de la oportunidad legal, es decir, durante los tres días hábiles siguientes al término de la notificación de la providencia decisoria, teniendo en cuenta que, las partes se tuvieron como notificadas al finalizar el día martes 26 de septiembre de 2023, por tanto, se procederá a conceder el recurso de impugnación contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2023, dictada por este Juzgado.
En consecuencia, se repartirá a través del sistema TYBA entre las salas de decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de este distrito y, posteriormente, se le remitirá al superior funcional designado para desatar la impugnación, el expediente digital que compone la acción de tutela de la referencia, incluyendo, los informes suministrados por las partes, los escritos de impugnación, así como, los actos de notificación, en aplicación al artículo 22 del Acuerdo PCSJA20-11567 del Consejo Superior de la Judicatura. Igualmente se atenderá lo dispuesto en la Circular C-27 para el protocolo del índice del expediente digital.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy cuatro (4) de octubre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
NOTIFICACIÓN AUTO CONCEDE IMPUGNACIÓN
TUTELA RAD 2023-00115-00
El suscrito Secretarío del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ y VICTORIA GUTIÉRREZ DE BORRERO, VINCULADOS a la acción de tutela promovida por MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., radicada con número único 47001315300420230011500, que por auto de catorce (14) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), se concedió la impugnación impetrada por el accionante.
En consecuencia, se repartirá a través del sistema TYBA entre los Despachos Judiciales del Tribunal Superior del Distrito y, posteriormente, se le remitirá al superior funcional designado para desatar la impugnación el expediente digital que compone la acción de tutela de la referencia, en aplicación al artículo 22 del Acuerdo PCSJA20-11567 del Consejo Superior de la Judicatura. Igualmente se atenderá lo dispuesto en la Circular C-27 para el protocolo del índice del expediente digital.
Se deja expresa constancia que el día diecinueve (19) de septiembre del año en curso, se fijó en la entrada del Edificio Benavides Macea y en la del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Santa Marta, un aviso con los mismos fines. Se efectuó de esa manera, como consecuencia del ataque cibernético al proveedor de servicios de infraestructura de la nube privada IFX, por el que el Consejo Superior de la Judicatura decidió suspender términos judiciales en el territorio nacional, a partir del 14 y hasta el 20 de septiembre de 2023.
Restablecidas las plataformas y para mayor garantía procesal se fija nuevamente el aviso por este medio procurando el enteramiento de los involucrados.
Link de ingreso al expediente 2023-00115-00
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veintises (26) de septiembre de dos mil veintitrés (2023),
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00117-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores BRENDA GISELLA MIRANDA REDONDO y WILMER HERNÁNDEZ ROMERO, quienes fueron vinculados mediante decisión con fecha de 22 de septiembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 470013153004202300111700, promovida por BANCOLOMBIA S.A., a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales invocados dentro de la acción de tutela pretendida por BANCOLOMBIA S.A., a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: En consecuencia, se DEJA SIN EFECTOS la actuación surtida a partir de la providencia adiada 6 de junio de 2023, y en su lugar se ORDENA al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, que en el término de CINCO (5) días siguientes a la notificación de esta decisión, rehaga el trámite del proceso identificado con el radicado No. 2022-00252, y proceda a pronunciarse respecto a la solicitud de sentencia anticipada presentada por BANCOLOMBIA S.A., la cual deberá resolver teniendo en cuenta los elementos para la configuración de cosa juzgada, atendiendo los lineamientos trazados en esta sentencia.
TERCERO: DESVINCULAR de este trámite constitucional a la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA y a los ciudadanos YURIS PAOLA REDONDO LOPEZ, BRENDA GISELLA MIRANDA REDONDO y WILMER HERNÁNDEZ ROMERO, por cuanto la orden de tutela emitida no los obliga a su cumplimiento.
CUARTO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
QUINTO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veinticinco (25) de septiembre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00175-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores BRENDA GISELLA MIRANDA REDONDO y WILMER HERNÁNDEZ ROMERO, quienes fueron vinculados mediante auto con fecha de 12 de septiembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 470013153004202300111700, promovida por BANCOLOMBIA S.A., a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales invocados dentro de la acción de tutela pretendida por BANCOLOMBIA S.A., a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: En consecuencia, se DEJA SIN EFECTOS la actuación surtida a partir de la providencia adiada 6 de junio de 2023, y en su lugar se ORDENA al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, que en el término de CINCO (5) días siguientes a la notificación de esta decisión, rehaga el trámite del proceso identificado con el radicado No. 2022-00252, y proceda a pronunciarse respecto a la solicitud de sentencia anticipada presentada por BANCOLOMBIA S.A., la cual deberá resolver teniendo en cuenta los elementos para la configuración de cosa juzgada, atendiendo los lineamientos trazados en esta sentencia.
TERCERO: DESVINCULAR de este trámite constitucional a la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA y a los ciudadanos YURIS PAOLA REDONDO LOPEZ, BRENDA GISELLA MIRANDA REDONDO y WILMER HERNÁNDEZ ROMERO, por cuanto la orden de tutela emitida no los obliga a su cumplimiento.
CUARTO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
QUINTO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veinticinco (25) de septiembre de dos mil veintitrés (2023)".
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE AUTO ADMISORIO DE TUTELA
TUTELA RAD 2023-00175-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores CECILIA ROJAS MONTEJO Y EVALDO PACHECO ÁVILA, quienes fueron vinculados mediante auto con fecha de 6 de septiembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230017500, promovida por la señora SOFÍA ELENA CEBALLOS HERNÁNDEZ, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y petición. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por SOFÍA ELENA CEBALLOS HERNÁNDEZ, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y petición.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por la accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindan un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite de tutela a DIEGO RINCONES RIVAS, JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA y AIR-E CARIBESOL DE LA COSTA S.A.S. E.S.P., para que, dentro de igual término concedido a la accionada, procedan a rendir un informe respecto de los hechos narrados por el accionante.
CUARTO: REQUERIR a las accionadas y vinculadas para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
QUINTO: REQUERIR a la vincula AIR-E CARIBESOL DE LA COSTA S.A.S. E.S.P., para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remita a este juzgado, si cuenta con la información, los datos de notificación electrónica que tenga sobre el vinculado DIEGO RINCONES RIVAS.
Pasada las 24 horas dispuestas en el inciso anterior sin obtener respuesta favorable, notifíquese a los vinculados, por secretaría, fijando un aviso en la página web de la rama judicial a través del micrositio de este juzgado, notificación que se entenderá surtida a partir del día hábil siguiente a su fijación
SEXTO: NOTIFICAR esta decisión a la accionante, el accionado y la vinculada, por el medio más expedito.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy once (11) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
TUTELA RAD 2023-00165-00
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores CECILIA ROJAS MONTEJO Y EVALDO PACHECO ÁVILA, quienes fueron vinculados mediante sentencia con fecha de 7 de septiembre de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230016500, promovida por la señora LA EQUIDAD SEGUROS GENERALES O.C., contra JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO dentro la acción de tutela iniciada por la EQUIDAD SEGUROS O.C., a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA -, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.
SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de amparo respecto de la solicitud de pérdida de competencia, conforme a lo anotado.
TERCERO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
CUARTO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy once (11) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
TUTELA RAD 2023-00115-00
El suscrito Secretarío del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ y VICTORIA GUTIÉRREZ DE BORRERO, VINCULADOS a la acción de tutela promovida por MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., radicada con número único 47001315300420230011500, que el trece (13) de julio de dos mil veintitrés (2023), se emitió Sentencia en la que se decidió:
PRIMERO: NEGAR POR IMPROCEDENTE la protección de amparo impetrada por el señor MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, alegando una vulneración a su derecho fundamental al debido proceso, y conexos en contra de ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" , BANCOLOMBIA S.A., JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE SANTA MARTA, la E.S.E HOSPITAL SANTANDER HERRERA DEL MUNICIPIO DE PIVIJAY MAGDALENA, la señora ELIANA ESTHER BARRAZA NAVARRO, la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN- FISCALÍA TERCERA LOCAL DE SANTA MARTA, la AGENCIA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO, el BANCO AGRARIO S.A., el señor WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ, la señora VICTORIA GUTIÉRREZ DEBORRERO, y la CLÍNICA ALTOS DE SAN VICENTE LTDA DE BARRANQUILLA – ATLÁNTICO y la FISCALÍA 24 LOCAL DE SANTA MARTA, por lo expuesto en la parte considerativa.
SEGUNDO: AMPARAR el derecho fundamental de petición del señor MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, vulnerado por ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL "ADRES", conforme con lo expuesto en la parte motiva.
SEGUNDO: ORDENAR a la accionada ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES", dar respuesta de fondo, ello es, clara, precisa, congruente y consecuente al señor MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, sobre los siguientes asuntos:
1. Responder de fondo la petición de entrega de los siguientes documentos: (i) de la factura de compraventa del vehículo involucrado en siniestro vial por el que se promovió el proceso de cobro coactivo del que se duele el actor; (ii) entrega de copia de la licencia de conducción; (iii) entrega de la facturas de recobros con sus respectivas firmas; (iv) entrega de copia de la denuncia penal y/o radicado de la investigación por lesiones personales adelantada por el siniestro ocurrido y, sobre la entrega de los documentos que le sirvieron a la ADRES para iniciar el proceso de recobro por los gastos en los que incurrieron con ocasión del siniestro vial en el que se vio involucrado el vehículo que aparece a nombre del accionante y los que sirvieron de base a la clínica que atendió a la afectada para cobrar por los servicios médicos prestados.
2. Responder de fondo la petición de información sobre: (i) los datos del conductor del vehículo; (ii) los datos de la persona afectada; (iii) el nombre de la clínica en donde se atendió el evento catastrófico.
3. Responder de fondo la solicitud de remisión de los documentos solicitados a la FISCALÍA 24 LOCAL DE SANTA MARTA y la FISCALÍA 3ra LOCAL DE SANTA MARTA, para que sean incorporados al expediente contentivo de la investigación con numero único de noticia criminal 47-001-600-10192-2023-12507 – CONSECUTIVO 12507- 2023.
Si la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES", se encuentra imposibilitada para responder y/o entregar alguna de la información solicitada, deberá explicar las razones al actor de cada uno de esos eventos.
TERCERO: NEGAR las demás pretensiones de la acción constitucional, por no haber merito para acceder a ellas.
CUARTO: DESVINCULAR de este trámite constitucional a JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE SANTA MARTA, a la E.S.E HOSPITAL SANTANDER HERRERA DEL MUNICIPIO DE PIVIJAY MAGDALENA, a la señora ELIANA ESTHER BARRAZA NAVARRO, a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN- FISCALÍA TERCERA LOCAL DE SANTA MARTA, a la AGENCIA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO, al BANCO AGRARIO S.A., al señor WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ, a la señora VICTORIA GUTIÉRREZ DEBORRERO, a la CLÍNICA ALTOS DE SAN VICENTE LTDA DE BARRANQUILLA – ATLÁNTICO y a la FISCALÍA 24 LOCAL DE SANTA MARTA.
QUINTO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
SEXTO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Link de ingreso al expediente 2023-00115-00
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy siete (07) de septiembre de dos mil veintitrés (2023),
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
NOTIFICACIÓN AUTO OBEDECER Y CUMPLIR
TUTELA RAD 2023-00115-00
El suscrito Secretarío del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ y VICTORIA GUTIÉRREZ DE BORRERO, VINCULADOS a la acción de tutela promovida por MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., radicada con número único 47001315300420230011500, que por auto de seis (06) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), este despacho judicial ordenó:
PRIMERO: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por la SALA CIVIL - FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, al interior de la acción de tutela promovida por MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., tramite dentro del cual resultó vinculado el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE SANTA MARTA Y OTROS.
SEGUNDO: En consecuencia, de lo anterior, se ORDENA que por Secretaría se proceda con el tramite notificación de la Sentencia de tutela de trece (13) de julio de dos mil veintitrés (2023), al señor WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ y la señora VICTORIA GUTIÉRREZ, fijando un aviso en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
TERCERO: Notifíquese a las partes por el medio más expedito.
CUARTO: En el sistema de información TYBA realizar las anotaciones pertinentes
Link de ingreso al expediente 2023-00115-00
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy seis (06) de septiembre de dos mil veintitrés (2023),
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al señor ARMANDO RAMÍREZ GARCÍA, que con Sentencia de tutela de primero (01) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), proferida al interior de la Acción de Tutela Rad. 47001315300420230015900, promovida por HENRY ESCOBAR ECHEVERRY, a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, a la que fue vinculado, se resolvió:
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy cinco (05) de septiembre de dosmil veintitres (2023).
Link de acceso al expediente: 2023-00159
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores CECILIA ROJAS MONTEJO Y EVALDO PACHECO ÁVILA, quienes fueron vinculados mediante auto con fecha de 28 de agosto de 2023, a la acción constitucional RADICADO: 47001315300420230016500, promovida por la señora LA EQUIDAD SEGUROS GENERALES O.C., contra JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso. Proveído en el que se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por LA EQUIDAD SEGUROS GENERALES O.C., contra JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro
de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindan un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite de tutela a CECILIA ROJAS MONTEJO Y EVALDO PACHECO ÁVILA, para que, dentro de igual término concedido a la accionada, procedan a rendir un informe respecto de los hechos narrados por la accionante.
CUARTO: REQUERIR a las accionadas y vinculadas para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
QUINTO: CUARTO: REQUERIR a la accionante LA EQUIDAD SEGUROS GENERALES O.C., y al ACCIONADO para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado, si cuentan con la información, los datos de notificación electrónica que tengan sobre los vinculados CECILIA ROJAS MONTEJO Y EVALDO PACHECO ÁVILA.
Pasadas las 24 horas dispuestas en el inciso anterior sin obtener respuesta favorable, notifíquese a los vinculados, por secretaría, fijando un aviso en la página web de la rama judicial a través del micrositio de este juzgado, notificación que se entenderá surtida a partir del día hábil siguiente a su fijación
SEXTO: NOTIFICAR esta decisión a la accionante, el accionado y la vinculada, por el medio más expedito".
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy cuatro (04) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
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El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora MARGARITA ROSA DE JESÚS y al señor ARMANDO RAMÍREZ GARCÍA, que fueron vinculados a la acción de tutela radicada con el número 47001315300420230015900, promovida por HENRY ESCOBAR ECHEVERRY, a través de apoderado judicial, contra el JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA
En el auto de vinculación se ordenó:
TERCERO: VINCULAR al presente trámite a MARGARITA ROSA DE JESÚS y ARMANDO RAMÍREZ GARCÍA, quienes figuran como demandados en el proceso que cursa en el juzgado accionando con el radicado número 2018-00545, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veinticinco (25) de agosto de dos mil veintitrés (2023).
Link de acceso al expediente: 2023-00159
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
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AVISO
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora MELBA MERIÑO MARTÍNEZ y LAS PERSONAS INDETERMINADAS, vinculados a la acción de tutela radicada con el número 47001315300420230014600, promovida por GUALBERTO ENRIQUE VASQUEZ CABAS, en calidad de apoderado judicial de MARCO TULIO RUIZ MARTÍNEZ, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, que con proveído de quince (15) de agosto de dos mil veintitrés (2023), se resolvió:
PRIMERO: DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO en la acción de tutela promovida por GUALBERTO ENRIQUE VASQUEZ CABAS, en calidad de apoderado judicial de MARCO TULIO RUIZ MARTÍNEZ, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, defensa, igualdad y acceso a la administración de justicia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la
accionada y vinculadas, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda
o por el medio más expedito.
TERCERO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de
la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy quince (15) de agosto de dos mil veintitrés (2023).
Link de acceso al expediente: 2023-00146
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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AVISO
El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora MELBA MERIÑO MARTÍNEZ y LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que fueron vinculados a la acción de tutela radicada con el número 47001315300420230014600, promovida por GUALBERTO ENRIQUE VASQUEZ CABAS, en calidad de apoderado judicial de MARCO TULIO RUIZ MARTÍNEZ, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA.
En el auto admisorio de primero (01) de agosto de dos mil veintitrés (2023), se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por GUALBERTO ENRIQUE VÁSQUEZ CABAS, en calidad de apoderado judicial de MARCO TULIO RUIZ MARTÍNEZ, contra el JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA,
por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, defensa, igualdad y acceso a la administración de justicia.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que
dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rinda
un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
Deberá el juzgado accionado remitir el expediente del proceso radicado con el numero 2021-01055, junto a su contestación.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite a la señora MELBA MERIÑO MARTÍNEZ, quien figura como demandada en el proceso verbal de partencia con Rad: 2021-01055 que cursa en el Juzgado accionado y a las PERSONAS INDETERMINADAS que puedan ver afectados sus intereses con la resulta de esta acción constitucional, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
CUARTO: REQUERIR al JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA y al señor GUALBERTO ENRIQUE VÁSQUEZ CABAS, para que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica aportados dentro del proceso para la señora MELBA MERIÑO MARTÍNEZ, o cualquier otro que se haya obtenido con posterioridad a la presentación de la demanda.
Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica de la vinculada, FÍJESE un aviso de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a
este Despacho Judicial.
QUINTO: NOTIFÍQUESE a las personas indeterminadas por aviso; para ello, FÍJESE un aviso
de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este
Despacho Judicial.
SEXTO: TENER como prueba documental, los anexos incorporadas a la demanda de tutela.
REQUERIR a los accionados y vinculados para que remitan el informe y los anexos que lo
integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
SÉPTIMO: Reconocer personería jurídica al doctor GUALBERTO ENRIQUE VÁSQUEZ CABAS
en los términos y para los efectos del poder conferido.
OCTAVO: NOTIFICAR esta decisión al accionante, el accionado y al vinculado, por el medio
más expedito.
Link Ingreso Expediente
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy cuatro (04) de agosto de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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AVISO
El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al señor ANIBAL DE JESÚS CABALLERO, que por auto de veinticinco (25) de julio de dos mil veintitrés (2023), esta judicatura se dispuso a OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por la SALA CIVIL - FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, en auto de trece (13) de julio de dos mil veintitrés (2023), al interior de la acción de tutela promovida por VERÓNICA BLANCO URQUIJO, contra la UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS – UARIV -, en consecuencia, fue vinculado a esta acción constitucional radicada con el numero unico: 47001315300420230007800.
La parte resolutiva de esta providencia contempla lo siguiente:
De igual forma, se le notifica que por auto de primero (01) de agosto de dos mil veintitrés (2023), se ordenó su notificación por aviso.
Link Ingreso Expediente
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy primero (01) de agosto de dos mil veintitrés (2023) siendo las 2:25 p.m.
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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AVISO
El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la señora EVA ISABEL PALACIO PALACIO, y a cualquier persona ocon interés, la contestación de fondo realizada por el Despacho, sobre el derecho de petición impetrado por EVA ISABEL PALACIÓ PALACIÓ, tendiente a obtener a su favor la entre del tíulo de depósito judicial 442100000311181 de fecha 28 de octubre de 2008.
El trámite se resolvió mediante auto de cúmplase de fecha veintiocho (28) de julio de 2023, en la cual se decidió lo siguiente:
PRIMERO: NO ACCEDER a la solicitud de entrega del título de depósitos judiciales número 442100000311181 de fecha 28 de octubre de 2008, elevada por la señora EVA ISABEL PALACIO PALACIO, en atención a los argumentos esgrimidos en la parte considerativa de esta providencia.Por Secretaría expídanse las comunicaciones del caso.SEGUNDO: INFORMAR al Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Ciénaga Magdalena, la imposibilidad de acoger la medida de embargo de remanente que versa sobre el título de depósito judicial número 442100000311181, decretados por ellos al interior del proceso EJECUTIVO promovido por DEMETRIO BORRERO en contra de BERNARDO ALZATE HENAO y EVA ISABEL PALACIO PALACIO, por encontrarse prescrito. Ofíciese por Secretaría.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. FDO. MÓNICA LOZANO PEDROZO. JUEZA.Link Ingreso Expediente:https://etbcsj-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/j04ccsmta_cendoj_ramajudicial_gov_co/EtvLArzl1DNIkJCgdgBEmYgB81-GKYcQU6cCSXqkBtQEDQ?e=aNbg97
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy treinta y uno (31) de julio de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la la señora PATRICIA CHARRIS SOLANO que por auto de veinticinco (25) de junio de dos mil veintitrés (2023), fue vinculada a la acción de tutela interpuesta por el señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ, radicada con número único 47001315300420230013000.
El trámite constitucional correspondió en reparto a este Despacho judicial, el cual por auto de catorce (14) de julio de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
PRIMERO: ACEPTAR para su trámite la demanda de amparo promovida por el señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ, en su propio nombre y representación, contra la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, representada al parecer por la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y en contra del señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, como abogado de la demandada, atendiendo las reglas de reparto contenidas en el al artículo 2.2,3.1.2,1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto No. 333 de 2021 Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho.SEGUNDO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por el señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ, en su propio nombre y representación, contra la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, representada al parecer por la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y en contra del señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, como abogado de la demandada, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al buen nombre, al debido proceso, a la salud y vida digna.TERCERO: Dar traslado a la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, representada por la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y en señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, en condición de abogado de la cooperativa demandada, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindan un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.CUARTO: VINCULAR al presente trámite de tutela al JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, para que, dentro de igual término concedido a las accionadas, proceda a rendir un informe respecto de los hechos narrados por los accionantes.QUINTO: REQUERIR al señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ y al JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica de la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA - COOPDASOCA-, de la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y del señor JOSÉ DE JESÚS OSORIOMARTÍNEZ.(...)Link Ingreso Expediente
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veintiseis (26) de julio de dos mil veintitrés (2023) siendo la 01:00 pm
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
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El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, a la señora LISETH CASAS DE LA HOZ y al señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, sobre la acción de tutela interpuesta en su contra por el señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ, radicada con número único 47001315300420230013000.
El trámite constitucional correspondió en reparto a este Despacho judicial, el cual por auto de catorce (14) de julio de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
PRIMERO: ACEPTAR para su trámite la demanda de amparo promovida por el señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ, en su propio nombre y representación, contra la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, representada al parecer por la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y en contra del señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, como abogado de la demandada, atendiendo las reglas de reparto contenidas en el al artículo 2.2,3.1.2,1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto No. 333 de 2021 Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho.SEGUNDO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por el señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ, en su propio nombre y representación, contra la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, representada al parecer por la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y en contra del señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, como abogado de la demandada, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al buen nombre, al debido proceso, a la salud y vida digna.TERCERO: Dar traslado a la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA -COOPDASOCA-, representada por la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y en señor JOSÉ DE JESÚS OSORIO MARTÍNEZ, en condición de abogado de la cooperativa demandada, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindan un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.CUARTO: VINCULAR al presente trámite de tutela al JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, para que, dentro de igual término concedido a las accionadas, proceda a rendir un informe respecto de los hechos narrados por los accionantes.QUINTO: REQUERIR al señor JORGE LUIS PEÑA RODRÍGUEZ y al JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica de la COOPERATIVA MULTIACTIVADASOCA - COOPDASOCA-, de la señora LISETH CASAS DE LA HOZ, y del señor JOSÉ DE JESÚS OSORIOMARTÍNEZ.(...)
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veinticuatro (24) de julio de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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El suscrito Secretarío del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ y VICTORIA GUTIÉRREZ DE BORRERO, que fueron vinculados a la acción de tutela promovida por MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., radicada con número único 47001315300420230011500.
En el asunto de la referencia, esta agencia judicial con providencia de veintinueve (29) de junio de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.
SEGUNDO: Dar traslado al MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, a la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y BANCOLOMBIA S.A., del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rindan un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR al presente tramite constitucional a las personas y entidades que se relacionan a continuación porque podrían llegar a tener interés en las resueltas del proceso. Los vinculados, si a bien lo tienen, podrán pronunciarse en el mismo termino otorgado a las demandadas principales, acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo. Ellos son:
1. JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE SANTA MARTA, donde se tramitó el proceso ejecutivo Rad. 47-001-3333-006-2012-00070-00, promovido por
la señora ELIANA ESTHER BARRAZA NAVARRO, representada por el aquí accionante,
contra la E.S.E HOSPITAL SANTANDER HERRERA, DEL MUNICIPIO DE PIVIJAY[1]MAGDALENA.
2. A la E.S.E HOSPITAL SANTANDER HERRERA, DEL MUNICIPIO DE PIVIJAY[1]MAGDALENA.
3. A la señora ELIANA ESTHER BARRAZA NAVARRO.
4. A la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN- FISCALÍA TERCERA LOCAL DE SANTA MARTA.
5. A petición del actor, vincúlese a la AGENCIA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO,
con el fin de que COAYUVE, NOTICIA CRIMINAL:47-001-600-10192-2023-12507 –CONSECUTIVO 12507- 2023, ASIGNADA A la FISCALÍA TERCERA LOCAL DE SANTA MARTA.
6. Al BANCO AGRARIO S.A., por estar estrictamente involucrado en la pretensión número tres de la demanda de tutela, relativa al reintegro o depósito de los dineros
embargados a la cuenta de ahorro indicada por el tutelante.
7. Al señor WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ, conductor involucrado en el accidente de tránsito generador de los gastos por servicios médicos que asumió ADRES y por el que ordenó la medida de embargo en contra del accionante.
8. A la señora VICTORIA GUTIÉRREZ DEBORRERO, persona afectada en el accidente
de tránsito referenciado en el punto anterior.
9. A la CLÍNICA ALTOS DE SAN VICENTE LTDA DE BARRANQUILLA - ATLÁNTICO, centro médico que prestó los servicios medido-quirúrgicos brindados a la señora VICTORIA GUTIÉRREZ DEBORRERO.
CUARTO: REQUERIR al JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE SANTA MARTA y al accionante MILCÍADES ALBERTO PABÓN ROMERO, para que dentro de las doce (12) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica aportados dentro del proceso Rad. 47-001-3333-006-2012-00070-00, para la señora ELIANA ESTHER BARRAZA NAVARRO.
QUINTO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN para que remita a la FISCALÍA TERCERA LOCAL DE SANTA MARTA, el presente proveído y el escrito de tutela. Deberá remitir constancia de la notificación de su delegada a este despacho judicial en el término perentorio de veinticuatro (24) horas.
SEXTO: REQUERIR a la accionada ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN SALUD "ADRES" y al accionante para que remitan, si lo tienen, los datos de notificación electrónica del señor WINSTON ROGER GUTIÉRREZ MUÑOZ y VICTORIA GUTIÉRREZ DE BORRERO.
SÉPTIMO: Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica de los vinculados, FÍJESE un aviso de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
OCTAVO: REQUERIR a los accionados para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
NOVENO: TENER como prueba documental, los anexos incorporados a la demanda de tutela. En cuanto a los requerimientos que solicita el accionante a distintas autoridades, no
se accede a ello, por cuanto de la documental aportada se muestra suficiente, no obstante,
sí en el tramite surge la necesidad de oficiar para mayor ilustración, se procederá en tal sentido. Además, está a la espera de lo informes que rindan cada uno de los sujetos llamados a integrar el contradictorio.
DECIMO: NOTIFICAR esta decisión a la accionante, a los accionados y vinculados, por el
medio más expedito
Link de ingreso al expediente 003 Demanda+Anexos.pdf
004 Admite Tutela Rad. 2023-00115-00.pdf
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy cuatro (04) de julio de dos mil veintitres (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la (las) persona (s), indeterminada (s) que ocupa (n) en la actualidad el cargo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 3., perteneciente a la planta de personal de la ALCALDÍA DE SANTA MARTA, que por auto de ocho (08) de julio de dos mil veintitrés (2023), se admitió la acción de tutela presentada por CRISTIAN FABIAN MONTOYA ZAMBRANO, en su propio nombre y representación, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC- y la ALCALDÍA DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al acceso a la carrera administrativa, igualdad, trabajo digno, debido proceso, confianza legítima y buena fe.
Providencia en la que se ordenó:
SEXTO: ORDENAR a la ALCALDÍA DE SANTA MARTA, para que informe al despacho dentro de las 24 horas siguientes, los nombres, correos electrónicos y demás datos que se estimen pertinentes del funcionario que en la actualidad ocupa la vacante del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 3.
Igualmente, en caso de que dicho cargo esté vacante, se manifieste expresamente a esta judicatura en el mismo termino.
Lo anterior a efectos de proceder a la vinculación de la persona por asistirle un interés directo en la resulta de este asunto.
La accionada ALCALDÍA DE SANTA MARTA, no dio cumplimiento a la orden anterior, de suerte que, por auto de veinte (20) de junio de dos mil veintitrés (2023), se dispuso:
PRIMERO: ORDENAR a la ALCALDÍA DE SANTA MARTA, proceder, dentro del término perentorio de dos (02) horas, contadas desde la notificación de este proveído, con el pronunciamiento claro y concreto, respecto de lo ordenado por esta judicatura en auto adiado ocho (08) de julio de dos mil veintitrés (2023), en el que se dispuso:
SEXTO: ORDENAR a la ALCALDÍA DE SANTA MARTA, para que informe al despacho dentro de las 24 horas siguientes, los nombres, correos electrónicos y demás datos que se estimen pertinentes del funcionario que en la actualidad ocupa la vacante del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 3.
Igualmente, en caso de que dicho cargo esté vacante, se manifieste expresamente a esta judicatura en el mismo termino.
Lo anterior a efectos de proceder a la vinculación de la persona por asistirle un interés directo en la resulta de este asunto.
Recibidos los datos en debida forma, proceder por secretaría con la notificación de la persona que se encuentre ocupando el cargo por el que se promovió esta acción constitucional, remitiendo copia del auto y el escrito de tutela junto a los anexos.
SEGUNDO: Pasada las dos (02) horas dispuestas en el inciso primero del literal anterior, sin obtener respuesta de la accionada, VINCÚLESE al presente tramite constitucional a la (las) persona (s), indeterminada (s) que ocupe en la actualidad el cargo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 3., perteneciente a la planta de personal de la ALCALDÍA DE SANTA MARTA.
Proceder con la notificación de esta (s) persona (s), fijando un aviso por secretaría en la página web de la rama judicial a través del micrositio de este juzgado, para que, si a bien lo tiene, se pronuncie en el término de veinticuatro (24) horas, acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
Pasado el término del párrafo anterior sin obtener respuesta favorable de la ALCALDÍA DE SANTA MARTA, se procede con la fijación del presente aviso, por el término de 24 (horas), hoy veintiuno de junio de dos mil veintitrés (2023), siendo las 11:00 am.
Link de ingreso al expediente 2023-00102
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
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El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores RAÚL DÁVILA y OSVALDO ENRIQUE RAMOS MERCADO, que por Sentencia de quince (15) de junio de dos mil veintitrés (2023), proferida al interiro de la acción constitucional de radicado único No. : 47001315300420230009700, se ordenó:
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy dieciseis (16) de junio de dos mil veintitres (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
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El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los señores RAÚL DÁVILA y OSVALDO ENRIQUE RAMOS MERCADO, que por auto de dos (02) de junio de dos mil veintitrés (2023), fueron vinculados a la acción constitucional promovida por OCTAVIO SEGUNDO VENCE PISCIOTTI, en su propio nombre y representación, contra la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS y la DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS DEL MAGDALENA, tramite identificado con el radicado único No. : 47001315300420230009700, en el que se ordenó:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por OCTAVIO SEGUNDO VENCE PISCIOTTI, en su propio nombre y representación, contra la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS y la DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS DEL MAGDALENA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso.
SEGUNDO: Dar traslado a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS y la DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS DEL MAGDALENA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rinda un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite de tutela al señor RAÚL DÁVILA y al señor OSVALDO ENRIQUE RAMOS MERCADO, este último, como legitimado de la solicitante en el proceso administrativo de restitución de tierras, la extinta HORTENCIA BELEN MERCADO MUÑOZ, para que, dentro de igual término al concedido a la accionada, proceda a rendir un informe, si a bien lo tienen, respecto de los hechos narrados por el accionante.
CUARTO: REQUERIR al demandante OCTAVIO SEGUNDO VENCE PISCIOTTI, para que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remita a este juzgado los datos de notificación electrónica del señor RAÚL DÁVILA y del señor OSVALDO ENRIQUE RAMOS MERCADO.
Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica de los vinculados, FÍJESE un aviso de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
QUINTO: REQUERIR a los accionados y vinculados para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
SEXTO: TENER como prueba documental, los anexos incorporados a la demanda de tutela.
SÉPTIMO: NOTIFICAR esta decisión a la accionante, el accionado y la vinculada, por el medio más expedito.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy ocho (08) de junio de dos mil veintidós (2022).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
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El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la vinculada LAURA MARÍA CAMARGO RUIZ, de la sentencia de tutela dictada el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintitrés (2023), dentro de la acción constitucional promovida por VINIDY FLOREZ FLOREZ, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, radicada con número único 47001315300420230008400, en esta se ordenó:
PRIMERO: DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO en la acción de tutela promovida por VINIDY FLOREZ FLOREZ, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, tramite dentro del cual, resultó vinculada la señora LAURA MARÍA CAMARGO RUIZ, la empresa TIENDAS ARA –JERONIMO MARTINS y el BANCO AGRARIO, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, como a la accionada y vinculadas, en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
TERCERO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy dos (02) de junio de dos mil veintidós (2022).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretario
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO
D.T.C.H. DE SANTA MARTA
CALLE 23 # 5-63 OFICINA 216 TEL 4214942
EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
El suscrito Secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a la vinculada LAURA MARÍA CAMARGO RUIZ, de la acción de tutela promovida por VINIDY FLOREZ FLOREZ, en nombre y representación propia, contra el JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, radicada con número único 47001315300420230008400, tramite dentro del cual se ordenó el dieciocho (18) de mayo de dos mil veintitrés (2023), lo siguiente:
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
Secretarío
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AVISO
La suscrita Secretaría del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA a los vinculados BANCO BBVA COLOMBIA y a KEMPIS JUNIOR LÓPEZ HERNÁNDEZ, de la acción de tutela promovida por JOSÉ FERNANDO SOTO GARCÍA, en su condición de representante legal de INVERSIONISTAS ESTRATÉGICOS S.A.S., contra el JUZGADO SEXTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, radicada con número único 47001315300420230004200. Esta agencia judicial con providencia de 13 de enero de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por JOSÉ FERNANDO SOTO GARCÍA, en su condición de representante legal de INVERSIONISTAS ESTRATÉGICOS S.A.S., contra el JUZGADO SEXTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso y acceso a la administración de justicia.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO SEXTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta acción rinda un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite al BANCO BBVA COLOMBIA y a KEMPIS JUNIOR LÓPEZ HERNÁNDEZ, partes dentro del proceso de radicado número 2019-00384 que se tramita en el juzgado accionado, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien acerca de los hechos que motivaron la presente demanda de amparo.
CUARTO: REQUERIR al JUZGADO SEXTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA y al señor JOSÉ FERNANDO SOTO GARCÍA, para que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado los datos de notificación electrónica aportados dentro del proceso para el señor KEMPIS JUNIOR LÓPEZ HERNÁNDEZ y BANCO BBVA COLOMBIA, o cualquier otro que se haya obtenido con posterioridad a la presentación de la demanda.
Si no es posible acceder a los datos de notificación electrónica de los vinculados, FÍJESE un aviso de notificación en la página web de la Rama Judicial a través del micrositio asignado a este Despacho Judicial.
QUINTO: TENER como prueba documental, los anexos incorporadas a la demanda de tutela. REQUERIR a los accionados y vinculados para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible.
SEXTO: NOTIFICAR esta decisión al accionante, el accionado y al vinculado, por el medio
más expedito.
KELLY MAESTRE FERNÁNDEZ
SECRETARIA
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AVISO
La suscrita secretaria del Juzgado Cuarto Civil del Circuito en Oralidad de Santa Marta, INFORMA a la COMUNIDAD EN GENERAL y a los posibles interesados que el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Santa Marta, dentro de la ACCIÓN POPULAR adelantada por SALVADOR ROJAS VALERA contra ELECTRICARIBE S.A. E.S.P. hoy AIR-E E.S.P. S.A., decidió admitir la demanda a través de auto de fecha a 2 de octubre de 2017.
Este aviso se publica, de conformidad con lo ordenado en el auto de fecha 27 de febrero de 2023.
005 Rad. 2016-00077-00 RequiereyReconocePersonería.pdf
Se fija el presente aviso, hoy 06 de marzo de 2023.
KELLY MAESTRE FERNANDEZ
SECRETARIA
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AVISO
La suscrita secretaria del Juzgado Cuarto Civil del Circuito en Oralidad de Santa Marta, INFORMA a los usuarios en general que el día de hoy, se actualizaron en el portal web de la Rama Judicial, los estados electrónicos No. 2 del 1 de febrero, No. 3 del 10 de febrero, No. 4 del 13 de febrero y 5 del 22 de febrero de 2023, los cuales fueron publicados en el sistema de consulta TYBA desde su generación. Se deja constancia que no se hizo antes debido a las fallas que ha presentado el portal web de la Rama Judicial desde el pasado 1 de febrero de 2023., a nivel nacional.
Se fija el presente aviso, hoy 22 de febrero de 2023.
KELLY MAESTRE FERNANDEZ
SECRETARIA
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AVISO
El JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al señor LUIS ALFONSO GÓMEZ SÁNCHEZ, que en la acción de tutela promovida por JOSÉ ANTONIO GÓMEZ SÁNCHEZ contra el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, radicada con el número único 47001315300420230000300, esta agencia judicial con sentencia de veinticinco (25) de enero de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
PRIMERO: DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO, frente a las pretensiones constitucionales invocadas por JOSÉ ANTONIO GÓMEZ SÁNCHEZ contra el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.
SEGUNDO: Notifíquese personalmente esta decisión tanto a la parte accionante, accionada y vinculados en las direcciones electrónicas enunciadas en el libelo de demanda o por el medio más expedito.
TERCERO: En caso de no ser impugnado este fallo, se remitirá el expediente digital, siguiendo las instrucciones impartidas en Acuerdo PCSJA20-11594 del Consejo Superior de la Judicatura y su Circular CSDJ29, a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veintiséis (27) de enero de dos mil veintidós (2022).
GLORIBETH CESPEDES IGUARAN
Oficial Mayor
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El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al señor ALFREDO MIGUEL VARGAS GARCIA, que en la acción de tutela promovida por JAVIER MUÑOZ ZAMRANO, contra la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA Y SECRETARIA DE EDUCACION DEL MAGDALENA, radicada con número único 47-001-41-89-005-2022-00446-02, esta agencia judicial con sentencia de veintitrés (23) de enero de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
PRIMERO: REVOCAR el fallo proferido por el JUZGADO QUINTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DESANTA MARTA en fecha dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintidós(2022) dentro de la acción de tutela promovida por JAVIER MUÑOZ ZAMRANO, a través de apoderado judicial, contra la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENAY SECRETARIA DE EDUCACION DEL MAGDALENA, y vinculados COLPENSIONES y ALFREDO MIGUEL VARGAS GARCIA a fin de obtener protección a sus derechos fundamentales a la seguridad social, viga digna, mínimo vital, estabilidad laboral reforzada y trabajo.
SEGUNDO: En su lugar, AMPARAR el derecho fundamental a la seguridad social por el factor de estabilidad laboral reforzada del señor JAVIER MUÑOZ ZAMRANO, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia.
TERCERO: En consecuencia, ORDENAR A LA GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la presente sentencia, reintegre al señor JAVIER MUÑOZ ZAMRANO al cargo que desempeñaba antes de producirse su desvinculación o a uno vacante, con funciones similares o equivalentes a las que desarrollaba, sin desmejorar su condición laboral, hasta tanto el fondo de pensiones le reconozca la pensión de vejez y la incluya en la nómina de pensionados, y pague en forma retroactiva los salarios dejados de percibir por el accionante y los aportes a la seguridad social del caso.
CUARTO: Notifíquese a las partes por el medio más expedito
Se fija el presente aviso, por el término de un (1) día, hoy veinticinco (25) de enero de dos mil veintitrés (2023).
LUIS CARLOS SANTANDER SOTO
SECRETARIO
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EDIFICIO BENAVIDES MACEA
AVISO
El suscrito secretario del JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE SANTA MARTA, NOTIFICA al señor del LUIS ALFONSO GÓMEZ SÁNCHEZ, que en la acción de tutela promovida por JOSÉ ANTONIO GÓMEZ SÁNCHEZ contra el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, radicada con número único 4700131530042020000300, esta agencia judicial con providencia de 13 de enero de dos mil veintitrés (2023), decidió lo siguiente:
"PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por JOSÉ ANTONIO GÓMEZ SÁNCHEZ, en su propio nombre y representación, contra el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso y derecho de defensa.
SEGUNDO: Dar traslado al JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, del escrito de tutela presentado por el accionante, para que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la notificación de esta acción rinda un informe detallado y pormenorizado sobre los hechos expuestos por la parte actora.
REQUERIR al JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, para que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente trámite, remitan a este juzgado copia del expediente digital del proceso ejecutivo con Radicado N° 47001405300120180056700, promovido por el señor JOSÉ ANTONIO GÓMEZ SÁNCHEZ, contra LUIS ALFONSO GÓMEZ SÁNCHEZ.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite al secretario del LUIS ALFONSO GÓMEZ SÁNCHEZ, por figurar como demandado en el proceso verbal Reivindicatorio con Radicado número 47001405300120180056700 que se tramita en el juzgado accionado. Asimismo, al SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA y al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO SANTA MARTA.
REQUERIR a los accionados y vinculados para que remitan el informe y los anexos que lo integren, en formato PDF debidamente organizados y legible (…)"
MAURENIS AREVALO ISEDA
OFICIAL MAYOR
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