- Canales de recepción y comunicación electrónica institucional
- Acción de Tutela No. 50001312100120211005800 - EDICTO EMPLAZATORIO N° EE-21-039
El Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, Meta, en atención al Decreto Legislativo No. 491 del 28 de Marzo de 2020, artículo 3, informa los siguientes canales oficiales de comunicación e información mediante los cuales se está garantizando la prestación de los servicios habilitados por la Rama Judicial, así como el registro y las comunicaciones con este despacho judicial.
Igualmente, en atención a las medidas adoptadas por el Consejo Superior de la Judicatura con ocasión de la emergencia causada por el COVID-19, se informa que de conformidad a lo señalado en el Acuerdo No. PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura, y demás disposiciones posteriores entre ellas el Acuerdo No. PCSJA20-11532 del 11 de abril de 2020, este juzgado se encuentra desarrollando sus funciones mediante la modalidad de Teletrabajo.
- Sistema Web de Gestión Procesal ─Portal de Restitución de Tierras─: http://restituciontierras.ramajudicial.gov.co/RestitucionTierras/
- Estados electrónicos: http://restituciontierras.ramajudicial.gov.co/RestitucionTierras/Views/Old/estados.aspx
- Sentencias: http://restituciontierras.ramajudicial.gov.co/RestitucionTierras/Views/Old/sentencias.aspx
- Correo electrónico institucional: jcctoesrt01vcio@notificacionesrj.gov.co
- Baranda virtual: https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-01-civil-del-circuito-especializado-en-restitucion-de-tierras-de-villavicencio/atencion-al-usuario
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VILLAVICENCIO (META)
EDICTO EMPLAZATORIO N° EE-21-039
Radicado Nº 50001312100120211005800
Ciudad y Fecha | Villavicencio, diecinueve (19) de agosto de dos mil veintiuno (2021) |
Tipo de Proceso | Acción de Tutela (Decreto 2591 de 1991) |
Solicitante(s) | Leidy Paola Romero Vargas |
Demandado(s) / Accionado(s) | Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC |
Emplazado(s) |
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Auto a Notificar | Admisorio AI-21-083 fecha veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021), Sentencia ST-21-058 fecha dos (02) de julio de dos mil veintiuno (2021), Auto ordena vincular AI-21-122 fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil veintiuno (2021), Superior Resuelve auto nulidad tutela segunda instancia doce (12) de agosto de dos mil veintiuno (2021), respectivamente. |
Se le hace saber a los emplazados que si a bien lo tienen se pronuncien en el término de un (1) día frente a los hechos y pretensiones objeto de la presente Acción de Tutela, ante el Juzgado a través del correo electrónico: jcctoesrt01vcio@notificacionesrj.gov.co
La publicación de éste proveído dentro de la Acción Constitucional de la referencia, se ordena realizarla en la página web de la Rama Judicial, www.ramajudicial.gov.co, sección Novedades/Tribunales Superiores y Juzgados, así como en la sección Avisos a la Comunidad del sitio web habilitado para este despacho por el CENDOJ; informando en dicha publicación el link para descargar vía electrónica el respectivo Auto Admisorio.
Auto Ordena Vincular AI- 21-122.
Superior Resuelve Auto Nulidad Tutela Segunda Instancia.
De concurrir alguno de los emplazados, previamente así lo hará saber a través del correo indicado, para surtirle el respectivo traslado del escrito de tutela y sus anexos, advirtiendo que se otorga el término de un (1) día para que los interesados se pronuncien y presenten las pruebas que pretendan hacer valer, ante éste Estrado Judicial al correo electrónico ya mencionado.
PUBLÍQUESE
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
YADY KARIME PARRA CASTILLO
Secretaria
NLVC