Canales de recepción y comunicación electrónica institucional del Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, Meta.

 

El Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, Meta, en atención a la Ley 2213 del 13 de Junio de 2022, artículo 2, informa los siguientes canales oficiales de comunicación e información mediante los cuales se está garantizando la prestación de los servicios habilitados por la Rama Judicial, así como el registro y las comunicaciones con este despacho judicial.


 

 

 

 

  • Correo electrónico institucional: jcctoesrt01vcio@notificacionesrj.gov.co

 

 

JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN

RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VILLAVICENCIO (META)

 

PUBLICACIÓN No. PB-24-015

Radicado Nº 50001312100120241001400

 

LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VILLAVICENCIO (META)

                                                                                                                                                     

                                            INFORMA:

                                                                                                                           

1. Que mediante Auto Interlocutorio No. AI-24-024 de fecha 08 de febrero de 2024, el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio (Meta), admitió la ACCIÓN DE TUTELA con radicación No. 50001312100120241001400, instaurada por Cindy Brigith Rueda Piratoba, identificada con C.C. No. 1.121.844.640, en contra de la Nación –  Ministerio de Educación Nacional, la Comisión Nacional del Servicio Civil, la Universidad Libre y el Municipio de Villavicencio – Secretaría de Educación Municipal de Villavicencio, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la vida, a la igualdad, al trabajo, al debido proceso, a la dignidad humana y a la familia.

 

2. Que en el numeral segundo del mencionado proveído se ordenó vincular al Departamento Administrativo de la Función Pública, a La Fiduprevisora S.A. (vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio -FOMAG-, a la Institución Educativa Jorge Eliécer Gaitán Ayala del municipio de Villavicencio (Meta), a la señora Dina Luz Rojas Jovel, identificada con C.C. No. 55.176.529, y a las personas que integran la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante la Resolución No. 14257 de fecha 3 de octubre de 2023, para proveer treinta (30) vacantes definitivas del empleo de docente del área de matemáticas, identificado con el código OPEC No. 183013, conforme al proceso de selección para proveer de manera definitiva las vacantes de los empleos de Directivos Docentes y Docentes pertenecientes al Sistema Especial de Carrera Docente, que prestan su servicio en instituciones educativas oficiales que atienden población mayoritaria en Zonas No Rurales y Zonas Rurales de la entidad territorial certificada en educación Municipio de Villavicencio, proceso de selección No. 2234 de 2021, el cual fue convocado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través del Acuerdo No. CNSC No. 20212000021906 del 29 de octubre de 2021 (modificado por los Acuerdos Nos. 180 del 28 de marzo de 2022 y 245 del 05 de mayo de 2022).

 

3. Que la presente publicación se realiza en el micrositio de este despacho judicial, en cumplimiento a lo ordenado en el parágrafo del numeral cuarto del Auto Interlocutorio No. AI-24-024 de fecha 08 de febrero de 2024, y para efectos de la vinculación de la señora Dina Luz Rojas Jovel, identificada con C.C. No. 55.176.529, y de las personas que integran la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante la Resolución No. 14257 de fecha 3 de octubre de 2023, dentro del proceso de selección ya descrito.

 

4. Del escrito de solicitud del amparo constitucional, se corre traslado por el término de dos (02) días para su pronunciamiento, frente a los hechos y pretensiones objeto de la presente Acción de Tutela, ante el Juzgado a través del correo electrónico: jcctoesrt01vcio@notificacionesrj.gov.co.

 

5. Con el objeto de lograr la notificación y comparecencia la presente publicación de este proveído dentro de la Acción Constitucional de la referencia, se ordena realizarla en la página web de la Rama Judicial, www.ramajudicial.gov.co, sección Novedades/Tribunales Superiores y Juzgados, así como en la sección Avisos a la Comunidad del sitio web habilitado para este despacho por el CENDOJ; informando en dicha publicación el link para descargar vía electrónica el respectivo Auto Admisorio.

 

Auto Interlocutorio No. AI 24-024.

Escrito de Tutela.

 

6. Para los fines pertinentes, esta publicación contiene los archivos digitales contentivos del escrito de tutela y anexos, y del Auto Interlocutorio No. AI-24-024 de fecha 08 de febrero de 2024.

 

La presente publicación se realiza a los nueve (9) días del mes de febrero de dos mil veinticuatro (2024).

 

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

YADY KARIME PARRA CASTILLO

Secretaria

 

CACB/YKPC