JUZGADO TREINTA Y TRES CIVIL MUNICIPAL
Carrera 10 No. 14-33 Piso 10 Teléfono 3413515
Sede Judicial "Hernando Morales Molina"
jcmpl33bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO PARA EL LEVANTAMIENTO DE EMBARGO
(Artículo 597 del C.G.P., numeral 10º)
Que dentro del proceso ejecutivo promovido por BANCO CAJA SOCIAL (NIT. No. 860.007.335-4) contra ALEJANDRINA MORA PARADA (C.C. No. 41.521.390), se dispuso por auto del 22 de marzo de 2024, con apoyo de lo reglado en el numeral 10 del artículo 597 del C.G.P., la publicación del presente aviso por el término de veinte (20) días, contados a partir del día siguiente de su fijación, a efectos de notificar y/o comunicar a los interesados de este trámite, sobre la petición del levantamiento de la medida de embargo decretada por este Despacho y dentro del referenciado asunto, comunicada en Oficio No. 2080 del 27 de septiembre de 1999, la cual se evidencia en la anotación No. 003 del certificado de tradición del inmueble identificado con matrícula inmobiliaria 50S-40091404.
Lo previo, a efectos que los interesados puedan ejercer sus derechos, sobre tal pedimento.
Téngase en cuenta, que en virtud del informe secretarial que obra dentro de la petición de desembargo, en la mencionada providencia se indicó que la secretaría de esta sede judicial, realizó la búsqueda exhaustiva del expediente sin lograr su ubicación.
El presente aviso se fija hoy once (11) de abril de dos mil veinticuatro (2024), en el micrositio o espacio dado al Juzgado Treinta y Tres Civil Municipal de Bogotá dentro de la página de la Rama Judicial, siendo esa la plataforma autorizada por el Consejo Superior de la Judicatura, para todo acto de notificación o publicación de las decisiones adoptadas por este Despacho.
Se anexa: (i) aviso en pdf
Cordialmente,
NATHALIA FERNANDA BERNAL
Secretaria
JUZGADO TREINTA Y TRES CIVIL MUNICIPAL
Carrera 10 No. 14-33 Piso 10 Teléfono 3413515
Sede Judicial "Hernando Morales Molina"
jcmpl33bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO PARA EL LEVANTAMIENTO DE EMBARGO
(Artículo 597 del C.G.P., numeral 10º)
Que dentro del proceso ejecutivo promovido por ALFONSO CUERVO PÁEZ (C.C. No. 11251696) contra MARCO POLO GUARIN LOAIZA (C.C. No. 1032447105) y GLORIA INÉS LOAIZA RAMIREZ (C.C. No. 51586485), se dispuso por auto del 14 de diciembre de 2023, con apoyo de lo reglado en el numeral 10 del artículo 597 del C.G.P., la publicación del presente aviso por el término de veinte (20) días, contados a partir del día siguiente de su fijación, a efectos de notificar y/o comunicar a los interesados de este trámite, sobre la petición del levantamiento de la medida de embargo decretada por este Despacho y dentro del referenciado asunto, comunicada en Oficio No. 141 del 26 de enero de 2015 la cual se evidencia en la anotación del certificado de tradición y libertad del inmueble identificado con folio de matrícula No. 50C-1383973.
Lo previo, a efectos que los interesados puedan ejercer sus derechos sobre tal pedimento.
Téngase en cuenta, que en virtud del informe secretarial que obra dentro de la petición de desembargo, en la mencionada providencia se indicó que la secretaría de esta sede judicial, realizó la búsqueda exhaustiva del expediente sin lograr su ubicación.
El presente aviso se fija hoy veintinueve (29) de enero de dos mil veinticuatro (2024), en el micrositio o espacio dado al Juzgado Treinta y Tres Civil Municipal de Bogotá dentro de la página de la Rama Judicial, siendo esa la plataforma autorizada por el Consejo Superior de la Judicatura, para todo acto de notificación o publicación de las decisiones adoptadas por este Despacho.
Se aclara que, si bien dicha medida fue ordenada por el Juzgado Sesenta y Cinco Civil Municipal de Bogotá dicha sede judicial lo remitió a esta judicatura el 17 de marzo de 2015 conforme al Acuerdo No. 13000.
Se anexa: (i) aviso en pdf
Cordialmente,
NATHALIA FERNANDA BERNAL
Secretaria