EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que el Consejo Superior de la Judicatura en atención a la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, dispuso por Acuerdo PCSJA20-11517 de 2020, suspender los términos judiciales en todo el país a partir del 16 y hasta el 20 de marzo de 2020, medida prorrogada por Acuerdos PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546 y PCSJA20-11549 todos del año en curso 2020. Este último señaló que la suspensión va hasta el 24 de mayo de 2020, pero con algunas excepciones.
Además, en el artículo 13, parágrafo 1°, inciso 3° del Acuerdo PCSJA20-11549 de 2020 señaló que los despachos judiciales del país publicarán estados electrónicos en el portal web de la Rama Judicial. Finalmente, el artículo 7° indicó que se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el artículo 1° de ese acuerdo, que en lo que nos compete corresponden:
i. Sentencias anticipadas de primera y única instancia.
ii. Sentencias que deban proferirse por escrito si ya está anunciado el sentido del fallo de primera y única instancia.
Bajo esas premisas, el Juzgado Treinta y Cuatro Civil Municipal de Bogotá, procede a efectuar la publicación de estados electrónicos en el portal Web de la Rama Judicial única y exclusivamente para notificar las providencias relacionadas en el artículo 7 del Acuerdo PCSJA20-11546 de 2020, así como también del artículo 7 del Acuerdo PCSJA20-11549 de 2020.
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
(Acuerdos PCSJA20-11546 de 25 de abril y PCSJA20-11549 de 7 de mayo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura)
NUMERO DE ESTADO |
FECHA DE NOTIFICACION |
ESTADOS |
PROVIDENCIAS |
NO. 28 |
30 de abril de 2020 |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.) Así mismo, se informa a toda la comunidad que las providencias allí notificadas, se remitieron vía correo electrónico a todas las partes e intervinientes en el proceso, razón por la cual la notificación se entenderá surtida a partir de su recibido.
NOTA No 2. Los términos de las apelaciones de las sentencias se comenzarán a correr a partir del siguiente día hábil en que el Consejo Superior de la Judicatura disponga la reanudación de los términos judiciales.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que el Consejo Superior de la Judicatura en atención a la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, dispuso por Acuerdo PCSJA20-11517 de 2020, suspender los términos judiciales en todo el país a partir del 16 y hasta el 20 de marzo de 2020, medida prorrogada por Acuerdos PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546 y PCSJA20-11549 todos del año en curso 2020. Este último señaló que la suspensión va hasta el 24 de mayo de 2020, pero con algunas excepciones.
Además, en el artículo 13, parágrafo 1°, inciso 3° del Acuerdo PCSJA20-11549 de 2020 señaló que los despachos judiciales del país publicarán estados electrónicos en el portal web de la Rama Judicial. Finalmente, el artículo 7° indicó que se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el artículo 1° de ese acuerdo, que en lo que nos compete corresponden:
i. Sentencias anticipadas de primera y única instancia.
ii. Sentencias que deban proferirse por escrito si ya está anunciado el sentido del fallo de primera y única instancia.
Bajo esas premisas, el Juzgado Treinta y Cuatro Civil Municipal de Bogotá, procede a efectuar la publicación de estados electrónicos en el portal Web de la Rama Judicial única y exclusivamente para notificar las providencias relacionadas en el artículo 7 del Acuerdo PCSJA20-11546 de 2020, así como también del artículo 7 del Acuerdo PCSJA20-11549 de 2020.
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
(Acuerdos PCSJA20-11546 de 25 de abril y PCSJA20-11549 de 7 de mayo de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura)
NUMERO DE ESTADO |
FECHA DE NOTIFICACION |
ESTADOS |
PROVIDENCIAS |
NO. 29 |
7 de mayo de 2020 |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.) Así mismo, se informa a toda la comunidad que las providencias allí notificadas, se remitieron vía correo electrónico a todas las partes e intervinientes en el proceso, razón por la cual la notificación se entenderá surtida a partir de su recibido.
NOTA No 2. Los términos de las apelaciones de las sentencias se comenzarán a correr a partir del siguiente día hábil en que el Consejo Superior de la Judicatura disponga la reanudación de los términos judiciales.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
AVISO No. 1
Que el Consejo Superior de la Judicatura en atención a la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, dispuso por Acuerdo PCSJA20-11517 de 2020, suspender los términos judiciales en todo el país a partir del 16 y hasta el 20 de marzo de 2020, medida prorrogada por Acuerdos PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11549, PCSJA20-11556 y PCSJA20- 11567 todos del año en curso. Este último señaló que la suspensión va hasta el 1 de jujio de 2020, pero con algunas excepciones.
Además, en el artículo 14, parágrafo 1°, inciso 3° del Acuerdo PCSJA20-11556 de 2020 señaló que los despachos judiciales del país publicarán estados electrónicos en el portal web de la Rama Judicial. Finalmente, el artículo 7° indicó que se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el artículo 1° de ese acuerdo, -que en lo que nos compete corresponde-
- El levantamiento de medidas cautelares sujetas a registro.
- La liquidación de créditos.
- La terminación de procesos de ejecución por pago total de la obligación.
- En los procesos ejecutivos el auto que ordena seguir adelante la ejecución art. 440 del C.G.P.
.
Bajo esas premisas, el Juzgado Treinta y Cuatro Civil Municipal de Bogotá, procede a efectuar la publicación de estados electrónicos en el portal Web de la Rama Judicial única y exclusivamente para notificar las providencias relacionadas en el artículo 8 del Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020.
EL JUZGADO TREINTA Y CUATRO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A TODA LA COMUNIDAD EN GENERAL
AVISO NO. 2
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
(Acuerdos PCSJA20-11546 de 25 de abril, PCSJA20-11549 de 7 de mayo, Acuerdo PCSJA20-11556 del 22 de mayo, y }acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura)
NUMERO DE ESTADO |
FECHA DE NOTIFICACION |
ESTADOS |
PROVIDENCIAS |
No. 30 |
2 de junio de 2020 |
||
No. 31 | 10 de junio de 2020 | Descargue aqui su estado electronico No. 4 | Descargue aqui sus providencias electronicas No. 4 |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
AVISO No. 1
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
- Finalmente, se les informa que los usuarios podrán acceder a los estados electrónicos, avisos, traslados e información de interés a la comunidad, entre otros, publicados en el micrositio web en la página de la rama judicial www.ramajudicial.gov.co.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
Bogotá primero (1) de julio de 2020
Cordialmente,
CRISTIAN PAOLO MUÑOZ LEÓN
SECRETARIO
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
NUMERO DE ESTADO |
FECHA DE NOTIFICACION |
ESTADOS |
PROVIDENCIAS |
No. 32 |
7 de julio de 2020 |
||
No. 33 |
8 de julio de 2020 |
||
No. 34 | 9 de julio de 2020 | Descargue aqui su estado electrónico | Descargue aqui sus providencias |
No. 35 | 10 de julio de 2020 | Descargue aqui su estado electrónico | Descargue aqui sus providencias |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
NOTA No. 2: En virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 806 de 2020, no se insertaran en el estado electronico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mencion a menores, o cuando la autoridad lo disponga por estar sujetas a reserva legal.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
- Finalmente, se les informa que los usuarios podrán acceder a los estados electrónicos, avisos, traslados e información de interés a la comunidad, entre otros, publicados en el micrositio web en la página de la rama judicial www.ramajudicial.gov.co.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
Bogotá primero (1) de julio de 2020
Cordialmente,
CRISTIAN PAOLO MUÑOZ LEÓN
SECRETARIO
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
NUMERO DE ESTADO |
FECHA DE NOTIFICACION |
ESTADOS |
PROVIDENCIAS |
No. 36 |
6 de agosto de 2020 |
||
No. 37 | 7 de agosto de 2020 | Descargue aqui su estado electronico | Descargue aqui sus providencias |
No. 38 | 12 de agosto de 2020 | Descargue aquí su estado electronico | Descargue aquí sus providencias |
No.39 | 18 de agosto de 2020 | Descargue aquí su estado electronico | Descargue aqui sus providencias |
No.40 | 21 de agosto de 2020 | Descargue aqui su estado eléctronico | Descargue aqui sus providencias |
No. 41 | 28 de agosto de 2020 | Descargue aquí su estado eléctronico | Descargue aqui sus providencias |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
NOTA No. 2: En virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 806 de 2020, no se insertaran en el estado electronico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mencion a menores, o cuando la autoridad lo disponga por estar sujetas a reserva legal.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
- Finalmente, se les informa que los usuarios podrán acceder a los estados electrónicos, avisos, traslados e información de interés a la comunidad, entre otros, publicados en el micrositio web en la página de la rama judicial www.ramajudicial.gov.co.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
Bogotá primero (1) de julio de 2020
Cordialmente,
CRISTIAN PAOLO MUÑOZ LEÓN
SECRETARIO
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
NUMERO DE ESTADO |
FECHA DE NOTIFICACION |
ESTADOS |
PROVIDENCIAS |
No. 42 |
10 de septiembre de 2020 |
||
No. 43 | 15 de septiembre de 2020 | Descargue aquí su estado eléctronico | Descargue aquí sus providencias |
No. 44 | 16 de septiembre de 2020 | Descargue aquí su estado eléctronico | Descargue aquí sus providencias |
No. 45 | 22 de septiembre de 2020 | Descargue aquí su estado electronico | Descargue aquí sus providencias |
No. 46 | 29 de septiembre de 2020 | Descargue aquí su estado eléctronico | Descargue aquí sus providencias |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
NOTA No. 2: En virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 806 de 2020, no se insertaran en el estado electronico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mencion a menores, o cuando la autoridad lo disponga por estar sujetas a reserva legal.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
- Finalmente, se les informa que los usuarios podrán acceder a los estados electrónicos, avisos, traslados e información de interés a la comunidad, entre otros, publicados en el micrositio web en la página de la rama judicial www.ramajudicial.gov.co.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
Bogotá primero (1) de julio de 2020
Cordialmente,
CRISTIAN PAOLO MUÑOZ LEÓN
SECRETARIO
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
NUMERO DE ESTADO | FECHA DE NOTIFICACION | ESTADOS | PROVIDENCIAS |
No. 47 | 6 de octubre de 2020 | ||
No. 48 | 14 de octubre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
No. 49 | 20 de octubre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
No. 50 | 27 de octubre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
NOTA No. 2: En virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 806 de 2020, no se insertaran en el estado electronico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mencion a menores, o cuando la autoridad lo disponga por estar sujetas a reserva legal.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
- Finalmente, se les informa que los usuarios podrán acceder a los estados electrónicos, avisos, traslados e información de interés a la comunidad, entre otros, publicados en el micrositio web en la página de la rama judicial www.ramajudicial.gov.co.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
Bogotá primero (1) de julio de 2020
Cordialmente,
CRISTIAN PAOLO MUÑOZ LEÓN
SECRETARIO
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
NUMERO DE ESTADO | FECHA DE NOTIFICACION | ESTADOS | PROVIDENCIAS |
No. 51 | 4 de noviembre de 2020 | ||
No. 52 | 17 de noviembre de 2020 | Descargue aquí su estado eléctronico | Descargue aquí sus providencias |
No. 53 | 18 de noviembre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
No. 54 | 24 de noviembre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
No. 55 | 30 de noviembre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
NOTA No. 2: En virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 806 de 2020, no se insertaran en el estado electronico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mencion a menores, o cuando la autoridad lo disponga por estar sujetas a reserva legal.
EL JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL
Que en cumplimiento a lo ordenado en ACUERDO PCSJA20-11581 y ACUERDO PCSJA20-11567 emitido por el Consejo Superior de la Judicatura la atención a usuarios de la justicia será únicamente de manera virtual, para lo cual esta judicatura ha dispuesto las siguientes herramientas tecnológicas:
- Para el trámite de radicación de memoriales o solicitudes, deberán remitirse única y exclusivamente al correo electrónico cmpl34bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, bajo ninguna circunstancia está habilitado ningún otro canal de comunicación. Téngase en cuenta que solo se tramitaran las peticiones que se remitan al correo institucional señalado, las demás de tendrán por no presentadas.
- Todo correo electrónico que tenga fines procesales o judiciales para un proceso que este en conocimiento de este despacho, deberá indicar, los veintitrés dígitos de radicación, los nombres de las partes, la calidad en la que actúa, teléfono de contacto y un email donde recibe notificaciones. Tenga en cuenta que, para los efectos del artículo 109 del C.G.P. los memoriales presentados por mensaje de datos, se entenderán presentados oportunamente, si son recibidos con anterioridad al cierre del juzgado. De la misma manera, se informa que únicamente ingresara al despacho la solicitud que requiera pronunciamiento de la señora jueza.
- Para atender todas sus inquietudes o cualquier requerimiento verbal, de aquellos que acostumbraba a realizar presencialmente en la sede del juzgado, sin necesidad de turno o cita previa, todos los días hábiles laborales tiene a disposición la línea telefónica 3145200847 con atención vía whatsapp y la línea fija 3413521.
- Finalmente, se les informa que los usuarios podrán acceder a los estados electrónicos, avisos, traslados e información de interés a la comunidad, entre otros, publicados en el micrositio web en la página de la rama judicial www.ramajudicial.gov.co.
Agradecemos todos los usuarios su comprensión y colaboración, la cual es necesaria para poder continuar con nuestra labor sin comprometer nuestra salud y la suya.
Bogotá primero (1) de julio de 2020
Cordialmente,
CRISTIAN PAOLO MUÑOZ LEÓN
SECRETARIO
ESTADOS ELECTRÓNICOS
JUZGADO 34 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA
NUMERO DE ESTADO | FECHA DE NOTIFICACION | ESTADOS | PROVIDENCIAS |
No. 56 | 1 de diciembre de 2020 | ||
No. 57 | 9 de diciembre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
No. 58 | 11 de diciembre de 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
No. 59 | 15 de diciembre de 2020 | Descargue aquí su estado electronico | Descargue aquí sus providencias |
No. 60 | 18 de diciembre 2020 | Descargue aquí su estado electrónico | Descargue aquí sus providencias |
NOTA No. 1: La publicación de los estados de los procesos que se relacionan anteriormente, se realizaron a través del aplicativo siglo XXI, (el cual puede ser consultado a través de la página web de la rama judicial http://www.ramajudicial.gov.co.).
NOTA No. 2: En virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 806 de 2020, no se insertaran en el estado electronico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mencion a menores, o cuando la autoridad lo disponga por estar sujetas a reserva legal.