E M P L A Z A
A la señora Delia Marina Hernández de Cárdenas identificada con la cedula de ciudadanía N° 27.630.534, dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas que se adelanta en este Juzgado por parte de Luis Alberto Granada Zapata y Luz Zoraya Vélez Aristizábal, que corresponde al radicado Nº 54001-3121-001-2018-00006-00, con el fin de notificarle y correrle traslado de la solicitud, en los términos contenidos en el artículo 87 de la ley 1448 de 2011.
Para comunicarse con este Despacho puede dirigirse presencialmente a nuestras instalaciones que se encuentran en la Avenida 4E N.º 7-10, oficina 201, edificio Temis del barrio Popular, de Cúcuta, Norte de Santander, o solicitar su notificación formal y personal al correo electrónico institucional j01ccesrtcuc@cendoj.ramajudicial.gov.co
El presente edicto se publicará en el Registro Nacional de Personas Emplazadas por el término de quince (15) días, conforme lo precisan los artículos 108 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022. Si la(s) persona(s) emplazada(s) no comparece(n), se le(s) designará curador ad lítem que representará sus intereses de conformidad con las normas mencionadas y el artículo 56 de la Codificación Procedimental.
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E M P L A Z A
Al señor Josué Archila Holguín identificado con la cedula de ciudadanía N° 13.482.590, dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas que se adelanta en este Juzgado por parte de Jorge Eliecer Silva Caicedo y Susana Cáceres Guarín, que corresponde al radicado Nº 54001-3121-001-2022-00215-00, respecto del predio respecto de los predios rurales denominados: (1) "Parcela N° 3", identificado con el folio de matrícula inmobiliaria N° 260-206495 y número predial 54-001-00-03-0001- 0224-000, con un área georreferenciada de 15 hectáreas + 5.409 m2; y (2) "Lote Zona de Reserva Santa Ana del Hatico", identificado con el folio de matrícula inmobiliaria N° 260-206498 y número predial 54-001-00-03-0001- 0017-000, con un área georreferenciada de 13 hectáreas + 5.678 m2; ubicados en la vereda Monte Verde del corregimiento Palmarito del municipio de Cúcuta – Norte de Santander; por su condición de titular inscrito de derechos en el certificado de tradición y libertad de la mencionada matricula inmobiliaria, con el fin de notificarle y correrle traslado de la solicitud, en los términos contenidos en el artículo 87 de la ley 1448 de 2011.
Para comunicarse con este Despacho puede(n) dirigirse presencialmente a nuestras instalaciones que se encuentran en la Avenida 4E Nº 7-10, oficina 201, edificio Temis del barrio Popular, de Cúcuta, Norte de Santander, o solicitar su notificación formal y personal al correo electrónico institucional j01ccesrtcuc@cendoj.ramajudicial.gov.co
El presente edicto se publicará en el Registro Nacional de Personas Emplazadas por el término de quince (15) días, conforme lo precisan los artículos 108 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022. Si la(s) persona(s) emplazada(s) no comparece(n), se le(s) designará curador ad lítem que representará sus intereses de conformidad con las normas mencionadas y el artículo 56 de la Codificación Procedimental.
E M P L A Z A
A la señora Virgelina Monsalve Franco identificada con cedula de ciudadanía No. 51.891.148, dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas que se adelanta en este Juzgado por parte de Juan Camilo Peñaranda Tarazona, que corresponde al radicado No. 54001-3121-001-2017-00129-00 acumulado 2018-00006, respecto del predio rural denominado "El Diamante la Montaña" identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-195415, ubicado en la vereda San Miguel del corregimiento de Palmarito del municipio de Cúcuta - departamento de Norte de Santander, según resolución de inscripción aportada por la UAEGRTD, con un área georreferenciada de 32 hectáreas + 3481 m2; por su condición de titular inscrito de derechos en el certificado de tradición y libertad de la mencionada matricula inmobiliaria, con el fin de notificarle y correrle traslado de la solicitud, en los términos contenidos en el artículo 87 de la ley 1448 de 2011.
Para comunicarse con este Despacho puede(n) dirigirse presencialmente a nuestras instalaciones que se encuentran en la Avenida 4E N.º 7-10, oficina 201, edificio Temis del barrio Popular, de Cúcuta, Norte de Santander, o solicitar su notificación formal y personal al correo electrónico institucional j01ccesrtcuc@cendoj.ramajudicial.gov.co
El presente edicto se publicará en el Registro Nacional de Personas Emplazadas por el término de quince (15) días, conforme lo precisan los artículos 108 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022. Si la(s) persona(s) emplazada(s) no comparece(n), se le(s) designará curador ad lítem que representará sus intereses de conformidad con las normas mencionadas y el artículo 56 de la Codificación Procedimental.
IVÁN ARTURO MENDEZ PEÑA
Secretario (E)
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