REPÚBLICA DE COLOMBIA

                                                   

JUZGADO QUINCE CIVIL MUNICIPAL

CALI -VALLE

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL

JUZGADO QUINCE CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD CALI (VALLE)

HACE SABER:

A las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR o INTERESADOS QUE QUIERAN EJERCER SU DERECHOS

Que dentro del Proceso EJECUTIVO adelantado por el señor FREDEIMAN VILLA contra los señores ANA ESPERANZA MORALES y ARISTOBULO MULATO teniendo en cuenta que no fue hallado el expediente en el archivo se dispuso lo siguiente:

"PRIMERO: Previo a resolver sobre la entrega de oficios de desembargo, procédase conforme lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 597 del CGP, fíjese el aviso correspondiente en la Secretaría y en el Micrositio web asignado a esta dependencia y por intermedio de la Oficina de apoyo judicial de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial ofíciese a los Jueces del país a fin de que dentro de los tres (3) días siguientes se informe si dentro del proceso e radicación 1989-04407,  en el que figura como demandante el señor FREDEIMAN VILLA contra ANA ESPERANZA MORALES y ARISTOBULO MULATO se ha decretado o solicitado embargo de remanentes"

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 597 del CGP, se fija el presente aviso en la Secretaría del Juzgado y en el Micrositio Web del Juzgado

 

EL SECRETARIO

ANDRES MAURICIO OCAMPO ROSERO