Atencion al usuario - Lengua de señas - titulo glosario judicial
JUSTICIALAB – 1er CONCURSO INNOVACIÓN EN LA RAMA JUDICIAL 2024
La Rama Judicial avanza en la mejora de la prestación de sus servicios y en la optimización de su gestión mediante la incorporación de soluciones digitales, este avance se encuentra alineado con los objetivos del Plan Sectorial de Desarrollo (PSD) 2023-2026 “Hacia una Justicia confiable, digital e incluyente”, el Plan Estratégico de Transformación Digital (PETD) y el Programa de Crédito BID para la Transformación Digital de la Justicia.
En este contexto, con la convicción de que los procesos de innovación impulsan soluciones que generan resultados de valor tanto para las personas usuarias y beneficiaras de los servicios de administración de justicia como para los servidores judiciales, el Consejo Superior de la Judicatura ha creado el primer Concurso de Innovación de la Rama Judicial – 2024, que cuenta con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
El concurso representa un mecanismo idóneo para aportar en el logro de objetivos institucionales, a partir de la participación de servidores de todo el territorio nacional que, sin importar el cargo o rol, que desempeñen pueden proponer soluciones digitales que resuelvan necesidades de acceso, eficiencia e información que serán valoradas, priorizadas y acompañadas a través de metodologías que propiciarán la madurez de dichas ideas para facilitar y llevar cabo su implementación.
Así mismo, el concurso permitirá profundizar en la cultura de innovación y de Transformación Digital y, fortalecer las capacidades del talento humano, mejorando la adopción de metodologías de innovación dentro de su trabajo y aportando en las habilidades para comunicar.
¡Prepárate para el concurso!
Encuentra toda la información y los documentos útiles que necesitas para participar:
Menú Home Rama Judicial
Tribunales Administrativos
Tribunales Superiores
Juzgados Administrativos
...
Glosario de género
A
1. A Quo
Término jurídico que se utiliza para referirse a un juez o tribunal que emitió una sentencia que se impugna. También se puede usar para señalar el inicio de un proceso o un periodo. A quo se utiliza en el contexto de un recurso de apelación. En este caso, se refiere al juez o tribunal de primera instancia.
2. Abogado:
Persona que profesionalmente presta servicios de asesoría jurídica y/o representa jurídicamente a una parte en un juicio o proceso ante las autoridades judiciales o administrativas.
3. Abuso
Es el uso incorrecto, injustificado, indebido o en exceso de un derecho, poder, o facultad, entre otras situaciones o cosas
4. Acción (jurisdiccional):
Cuando el Estado conoce de una denuncia acerca de una situación concreta donde los derechos de una mujer están en riesgo, el deber de prevención es en sentido estricto, que implica activar de forma inmediata los mecanismos necesarios y efectivos para prevenir o evitar la consumación de la violencia.
5. Acción de Inconstitucionalidad:
La acción de inconstitucionalidad es un recurso legal que se presenta ante un tribunal para denunciar que una norma general va en contra de la Constitución. El objetivo es garantizar que la Constitución se cumpla.
6. Acción de Tutela:
Es un mecanismo que tiene toda persona para reclamar la protección judicial inmediata de sus derechos fundamentales. Procede cuando un derecho fundamental haya sido vulnerado o amenazado por la acción u omisión de cualquier autoridad pública.
7. Acto Administrativo:
Se trata de una decisión que puede crear, modificar o extinguir derechos de las personas.
8. Agencia Oficiosa:
Es un mecanismo legal que permite a un tercero defender los derechos de otra persona que no puede hacerlo por sí misma. Se trata de una figura jurídica excepcional que se aplica cuando el titular de los derechos no puede ejercer su defensa.
9. Apelación:
La apelación es un recurso legal que se presenta cuando se considera que un juez cometió un error en una decisión. Se trata de un proceso que permite solicitar a una corte superior que revise una resolución judicial tomada en una corte de primera instancia.
10. Apoderado:
Persona que tiene poderes de otra para representarla y proceder en su nombre.
11. Auto judicial:
Los Autos Judiciales son comunicaciones o pronunciamientos del Juez, los cuales resuelven peticiones, imparten órdenes o deciden asuntos diferentes al conflicto principal que surgen durante el proceso judicial.
B
1. Bien Jurídico:
Hace referencia a aquellos bienes materiales o inmateriales que están protegidos por el derecho.
2. Buena Fe:
La buena fe es un principio general del derecho que se refiere a la convicción de que se actúa de manera adecuada y honesta.
C
1. Caducidad:
La caducidad es la pérdida de fuerza de un derecho o una ley por el paso del tiempo, sin que se haya ejercido. Se trata de un límite temporal que no se puede renunciar y que se declara de oficio por el juez.
2. Calumnia:
Es una acusación falsa, malintencionada para deshonrar o hacer daño a otra persona. Esta conducta está tipificada en la ley penal colombiana como un delito contra la integridad moral, que consiste en imputar falsamente a otro un hecho punible.
3. Casación:
La casación es un recurso legal que permite a un tribunal superior revisar una sentencia judicial. Se utiliza cuando se considera que la sentencia no se aplicó correctamente o no se interpretó de forma adecuada.
D
1. Daño:
Es el perjuicio, menoscabo o deterioro que se causa a una persona o a sus bienes. Puede ser de origen patrimonial, físico o moral.
2. Daño Antijurídico:
El daño antijurídico es un perjuicio que se causa a una persona, sus bienes, su libertad, su honor, sus afectos o sus creencias, sin que haya un título jurídico válido.
3. Daño Emergente:
El daño emergente es el costo económico que se debe asumir para reparar los daños que sufre una persona o entidad a causa de un hecho específico.
4. Debido Proceso:
El debido proceso es un conjunto de garantías que se deben seguir en cualquier procedimiento legal o administrativo para defender los derechos de las personas.
5. Delegación:
Corresponde al traslado de funciones propias que hace una autoridad a otra de inferior jerarquía.
6. Demanda:
La demanda es un acto procesal que inicia un juicio; es la solicitud de una persona para reclamar un derecho contra otra persona.
7. Demandado:
Persona contra quien se actúa y a quien se le reclama algo o se pide una cosa en juicio.
8. Demandante:
Persona que demanda o pide una cosa en juicio.
9. Denuncia:
Una denuncia es la acción de informar a las autoridades competentes sobre un hecho que se considera un delito. La denuncia puede ser verbal, escrita o a través de los mecanismos establecidos por las autoridades.
10. Desistimiento:
Es la renuncia a un derecho, pacto o contrato, o la terminación de un proceso judicial.
E
1. Edicto:
Un edicto es un aviso público que se utiliza en derecho para notificar a una persona o para comunicar una noticia de interés general
2. Efecto Devolutivo:
El efecto devolutivo es un recurso procesal que permite que un tribunal superior revise una sentencia, sin suspender la ejecución de la misma.
3. Efecto Suspensivo:
Consiste en que se suspende la ejecución de una resolución o sentencia hasta que se resuelva el recurso.
4. Endoso:
El endoso es la acción de transferir un título valor o crédito a otra persona.
5. Erga Omnes:
En derecho, erga omnes es una locución latina que significa "frente a todos" o "respecto de todos". Se utiliza para referirse a un acto, decisión o sentencia que afecta a todas las partes, no solo a las directamente involucradas.
6. Escritura Pública:
Una escritura pública es un documento que contiene declaraciones de voluntad de una o varias personas ante un notario. Este documento es un instrumento público que tiene efectos jurídicos y que se considera veraz.
Las escrituras públicas se utilizan para realizar actos jurídicos como compraventas, hipotecas, testamentos, donaciones, entre otros.
7. Estado Civil:
Situación legal de una persona en relación con su matrimonio, nacimiento, nacionalidad, y filiación.
8. Excepción:
Es un derecho de defensa que permite al demandado oponerse a las pretensiones del actor. Es una herramienta jurídica que permite al demandado detener o suspender un proceso legal.
9. Exequatur:
Procedimiento mediante el cual la Corte Suprema de Justicia, valida providencias judiciales proferidas en el extranjero, para ser aplicadas en Colombia.
F
1. Fallo:
Un fallo judicial es la decisión final que toma un juez o tribunal sobre un proceso legal. En este fallo se resuelven las pretensiones de las partes involucradas en el juicio
2. Falsa Motivación:
La falsa motivación es un vicio que se presenta cuando los motivos que se exponen para un acto administrativo no son reales, están distorsionados o no existen.
G
1. Guarda:
Es la responsabilidad de cuidar y tomar decisiones sobre una persona o un bien, con el objetivo de evitar daños.
H
1. Hecho Administrativo:
Un hecho administrativo es un acontecimiento o situación que produce efectos jurídicos para la administración pública, a pesar de que no fue provocado por ella.
I
1. Impedimento:
Es una figura jurídica que limita la capacidad de un funcionario para intervenir en un caso específico. Esto se debe a que su imparcialidad o independencia podrían verse afectadas.
2. Inexequibilidad:
Es el efecto de una sentencia emitida por la Corte Constitucional en la que se manifiesta que una ley es contraria a la Constitución Nacional y por lo tanto no puede producir efectos en el futuro, como resultado de su inconstitucionalidad.
J
1. Juez:
Persona válidamente investida de autoridad para juzgar y sentenciar los asuntos sometidos a su conocimiento conforme al procedimiento legalmente establecido.
2. Juez A Quo:
El juez A Quo es el juez o tribunal que emite una sentencia que es impugnada mediante un recurso. El término A Quo significa literalmente "desde el cual". Se utiliza para referirse a un juez inferior cuando su sentencia ha sido apelada ante un juez superior.
3. Juez Ad Quem:
Es el juez o tribunal superior ante el que se interpone un recurso o apelación contra un fallo de un juez inferior.
4. Justicia:
Virtud que consiste en dar a cada uno lo que le corresponde. En sentido jurídico, la justicia consiste en determinar a quién le pertenece alguna cosa conforme a derecho. Implica el deber ser de las cosas.
L
1. Lagunas Legales:
Las lagunas legales son vacíos jurídicos que se producen cuando no hay una disposición legal que pueda aplicarse a un caso concreto.
2. Laicismo:
"Doctrina que defiende la independencia del Estado, de toda influencia eclesiástica o religiosa. Políticamente se traduce en la separación de la Iglesia y el Estado y en la supresión de la enseñanza religiosa en las escuelas oficiales."
3. Laudo Arbitral:
Un laudo arbitral es una resolución que dicta un árbitro para resolver un conflicto entre dos o más partes. Es una alternativa al proceso judicial y se adopta después de un procedimiento contradictorio.
4. Lealtad Procesal:
La lealtad procesal es un principio jurídico que establece que las partes involucradas en un proceso judicial deben actuar de manera honesta, transparente y leal. Este principio busca garantizar la igualdad procesal y la confianza en el sistema judicial.
5. Legislatura:
Período de tiempo en el que opera un órgano legislativo, como un Congreso o Parlamento. Este período comienza cuando se instalan los órganos legislativos y termina cuando se cumple el mandato de sus integrantes.
6. Legítima Defensa:
La legítima defensa es una causa que justifica la realización de una conducta que de otro modo sería sancionada penalmente. Se aplica cuando una persona se defiende de una agresión ilegítima, ya sea de sí misma o de terceros.
7. Ley:
Una ley es una norma jurídica que establece lo que se puede y no se puede hacer en una sociedad
M
1. Magistrado:
Un magistrado en derecho es un funcionario público que se encarga de juzgar y hacer cumplir las sentencias. Se trata de un cargo de jerarquía superior al de juez.
2. Magistrado Ponente:
El juez que hace parte de una corporación judicial colegiada, es el encargado de proyectar las decisiones y sean sometidas a votación para su promulgación.
N
1. Nacionalidad:
Es un vínculo jurídico y político de una persona respecto de un Estado. Este vínculo implica el nacimiento de derechos, deberes y obligaciones recíprocos con el Estado. Los nacionales colombianos lo son, conforme al artículo 96 de la Constitución Política, o por nacimiento o por adopción.
2. Nombre:
El nombre es el conjunto de vocablos, que se utiliza para designar e identificar a una persona, animal o cosa. El nombre para personas está compuesto de varios vocablos, los primeros referentes al nombre de pila y los segundos que hacen referencia a su filiación y/o ascendencia.
3. Norma:
En materia jurídica las normas consisten en reglas, expedidas por la autoridad competente, que reglamentan el comportamiento de los miembros de la comunidad y cuya inobservancia o incumplimiento podría implicar efectos jurídicos negativos.
4. Notario:
Es un profesional del derecho especialmente habilitado para recepcionar, autorizar y dar fe de los actos y contratos que otorguen o celebren las personas voluntariamente o conforme a la ley; para redactar los documentos que los formalicen y para asesorar a quienes requieran la prestación de sus servicios.
5. Notificación:
En los procesos judiciales la notificación es el medio por el cual se comunica a las partes o a los apoderados de estas, las decisiones que se toman por parte del Juez, con el objeto de que estos puedan ejercer el derecho de defensa, o se limiten a cumplir con lo ordenado.
6. Nulidad:
La nulidad declara que un acto, contrato, resolución o procedimiento es inválido. Esto significa que el acto no tiene efectos jurídicos y que se retrotrae al momento de su celebración.
O
1. Obligación jurídica:
Una obligación jurídica es un vínculo jurídico que obliga a una persona a realizar una prestación a otra. El acreedor tiene el derecho de exigir al deudor que realice la prestación, y en caso de incumplimiento, puede obtener la satisfacción del interés.
2. Oficio:
Es la comunicación escrita expedida por los órganos judiciales, que se utiliza para que se comuniquen con las otras, no judiciales. En otro sentido, puede entenderse como la acción o gestión en favor o en contra de alguien.
3. Orden Jurídico:
El orden jurídico es el conjunto de normas que rigen a una sociedad en un momento determinado. Se trata de un sistema de reglas, principios y valores que regulan la organización de la sociedad, las relaciones entre los ciudadanos y el poder, y las garantías de los derechos.
4. Ordenamiento Jurídico:
El ordenamiento jurídico es el conjunto de normas, principios y valores que regulan la organización de una sociedad.
P
1. Parentesco Civil:
El parentesco civil es el vínculo que se establece entre dos personas por medio de la adopción, el matrimonio o el reconocimiento legal.
2. Parentesco de Afinidad:
Es el vínculo que se establece entre una persona y los parientes consanguíneos de su cónyuge. Este vínculo se establece a través del matrimonio y se mantiene mientras este esté vigente.
3. Parentesco de Consanguinidad:
El parentesco por consanguinidad es el vínculo entre personas que descienden de un mismo tronco o raíz común, y están unidos por vínculos de sangre.
4. Perentorio:
Urgente
5. Personalidad Jurídica:
La personalidad jurídica es la identidad jurídica que se le otorga a una entidad, persona, empresa o asociación. Esta identidad le permite a la entidad realizar actividades y contraer obligaciones, asumiendo una plena responsabilidad jurídica.
6. Plataforma Continental:
Es la parte del fondo marino que se extiende desde la costa hasta el borde del margen continental. Está compuesta por el lecho y el subsuelo del mar.
7. Preclusión:
Hace referencia a la extinción o pérdida de derechos procesales por no haber sido ejercidos en la oportunidad de conformidad con la ley.
8. Principio de legalidad:
El principio de legalidad es un principio jurídico que establece que los actos de los poderes públicos deben estar sujetos a la ley. Es decir, que todo acto que no sea conforme a la ley es inválido.
9. Procedimiento:
Un procedimiento en derecho es una serie de normas y actos que regulan y ordenan un proceso jurídico. En el caso de los procesos judiciales, se denomina procedimiento judicial.
10.Procedimiento Administrativo:
Un procedimiento administrativo es un mecanismo que permite a la Administración Pública tramitar acciones que tienen efectos jurídicos. Su objetivo es garantizar la defensa de los intereses generales y una actuación adecuada.
11. Proceso:
Un proceso jurídico es un conjunto de trámites regulados por la ley que se llevan a cabo para resolver un conflicto. El proceso se desarrolla ante un juez y finaliza con una sentencia judicial.
12. Providencia:
Una providencia es una resolución judicial que define o impulsa una causa judicial. Es dictada por un juez o tribunal.
Q
1. Querella:
Una querella es una declaración escrita que se presenta ante un juez o tribunal para denunciar la presunta comisión de un delito. La persona que presenta la querella se convierte en parte del proceso.
R
1. Rescindir:
Dejar sin efecto un contrato o una obligación.
2. Recursos:
Los recursos judiciales son acciones legales que permiten impugnar resoluciones judiciales que no son firmes. El objetivo de los recursos es solicitar que un tribunal revise la decisión para corregir errores o cambiarla por otra que se ajuste a la ley.
3. Recusación:
La recusación es un acto legal que consiste en pedir que un juez, testigo, perito o autoridad sea apartado de un proceso. Se realiza cuando se considera que la imparcialidad de la persona en cuestión está en duda.
4. Reposición:
La reposición en derecho es un recurso que se interpone para impugnar decisiones judiciales o administrativas que se consideran ilegítimas. Su objetivo es que la autoridad que emitió la decisión la revoque, modifique o reforme.
5. Retroactividad:
La retroactividad en derecho es la aplicación de una norma jurídica a situaciones que ocurrieron antes de que la norma fuera cread
S
1. Saneamiento:
El saneamiento en derecho es la facultad de los jueces para tomar medidas en un proceso que eviten la nulidad o un fallo inhibitorio. También se refiere a la obligación de resarcir que tiene el transferente ante el adquirente.
2. Seguridad Jurídica:
La seguridad jurídica es un principio del derecho que garantiza que las personas, sus bienes y derechos no serán violados. Es un valor fundamental que permite que los ciudadanos tengan confianza en el sistema jurídico y en el Estado.
3. Sentencia:
Resolución dictada por un juez o un tribunal que decide definitivamente el pleito o causa en cualquier instancia o recurso, o cuando, según las leyes procesales, deban revestir esta forma.
4. Subsanación de la demanda:
La subsanación de la demanda es el proceso de corregir o reparar una demanda que no cumple con los requisitos formales. El juez puede solicitar la subsanación de una demanda si es necesario para admitirla.
5. Supremacía de la Constitución:
Es el principio que establece que la Constitución es la ley suprema de un país y que se encuentra por encima de las demás normas jurídicas.
T
1. Tacha a testigos:
Las tachas se refieren a circunstancias personales que concurren en los testigos con relación a las partes que pudieran afectar su credibilidad y que el juzgador debe conocer para estar en posibilidad de normar su criterio y darle el valor que legalmente le corresponda a la prueba de que se trata.
2. Testigo:
Persona que declara ante los órganos encargados de la administración de justicia, lo que sabe y le consta en relación con un hecho, porque lo percibió través de los sentidos.
3. Tribunal:
Órgano judicial de jerarquía superior y de integración colegiada.
4. Tutela:
La tutela es una relación legal que se establece para que una persona se haga responsable de otra. Puede referirse a la autoridad que se encarga de cuidar a un menor de edad o a la acción de proteger los derechos fundamentales de una persona.
U
1. Unánime:
Significa que todos los miembros de un órgano votan en el mismo sentido, es decir, que hay un acuerdo sin excepciones.
V
1. Vencimiento:
Cumplimiento del plazo.
Z
1. Zona económica exclusiva:
La zona económica exclusiva (ZEE) es la franja de mar que se extiende más allá del mar territorial de un país. En esta zona, el país tiene jurisdicción sobre los recursos vivos y no vivos.