- 2023
- 47-001-31-53-002-2021-00005-00
- 47001315300220220001700 29-05-23 EMPLAZAMIENTO ALBERTO CARDENAS FLOREZ
- RAD. 47001315300220220020200 EMPLAZAMIENTO PERSONAS INDETERMINADAS 07-07-23
- RAD. 47001315300220210008600 EMPLAZAMIENTO 07-07-23
- RAD. 47001315300220190019900 EMPLAZAMIENTO 10-07-23
- RAD. 47001315300220220009700 EMPLAZAMIENTO 10-07-23
- RAD. 47001315300220220014400 EMPLAZAMIENTO 10-07-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220150023400 personas indeterminadas 04-08-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220150023400 personas indeterminadas 11-08-23 CORRECCION
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220230004300 JHON JAIRO LOBO GUTIERREZ
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220230012300 DAIRYS MANJARRES MOYA 22-08-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220210013700 HEREDEROS INDETERMINADOS DE ARMANDO JOSE AMARIS ARTEAGA 22-08-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220210012700 personas indeterminadas 01-09-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220210018600 PERSONAS INDETERMINADAS PERTENENCIA 29-09-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220190024100 PERSONAS INDETERMINADAS PERTENENCIA 24-10-23
- edicto emplazatorio rad. 47001310300220190007400 ACREEDOR HIPOTECARIO CARLOS ANDRES RODRIGUEZ COBO
- ACUERDO No. CSJMAA23-74 24 de octubre de 2023 "Por medio del cual se toman medidas en los Despachos del Distrito Judicial de Santa Marta con relación a la jornada electoral a realizarse el domingo veintinueve (29) de octubre de 2023 y durante la jornada posterior de escrutinios"
- Rad. 47-001-31-53-002-1997-03654-00.ledicto levantamiento de medidas cautelares 15-12-23
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LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
Al Señor SIGIFREDO VASQUEZ BOJATO para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto de mandamiento de pago fechado dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2.020) dentro DEMANDA EJECUTIVA DE MAYOR CUANTIA INCOADA POR EL BANCO BBVA S.A CONTRA SIGIFREDO VASQUEZ BOJATO RADICADO 47-001-31-53-002-2021-00005-00.
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos diez (10) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria
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EDICTO EMPLAZATORIO
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EMPLAZA:
Al Señor ALBERTO CARDENAS FLOREZ para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto ADMISORIO fechado veinticinco (25) de mayo de dos mil veintidós (2.022) dentro PROCESO VERBAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL SEGUIDO POR JOSE JESUS MARTINEZ PARRA, LEONOR PEREZ MORENO, PAOLA ANDREA MARTINEZ PEREZ, MARIA ALEJANDRA MARTINEZ PEREZ, JESUS DAVID MARTINEZ PEREZ Y DANIEL ESTEBAN MARTINEZ PEREZ CONTRA ALBERTO CARDENAS FLOREZ, TAXIS SUPER EJECUTIVOS SA Y COMPAÑIA DE SEGUROS MUNDIAL SA. RAD. 4700315300220220001700.
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EDICTO EMPLAZATORIO
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EMPLAZA
A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el bien inmueble objeto de este proceso ubicado en la Calle 22 N° 3-104 centro de la ciudad de Santa Marta, identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria N° 080-10726 y Número Catastral N° 47001010400050002000. para que comparezcan a este para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado veintidós (22) febrero de dos mil veintitrés (2.023) dentro del PROCESO VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA SEGUIDO POR MIGUEL ANTONIO AVILA BEBOYA C.C N° 85.471.334 Y MELISSA CABALLERO VIVES C.C N° 57.299.120 CONTRA COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL FERROMARINAS S.A.S NIT 900102402-0. RAD N°. 47-001-31-53-002-2022-00202-00.
Para los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 2213 del 13 de junio 2022, en aplicación del Artículo 108 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndoles a los interesados que trascurridos treinta (30) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Se publica hoy siete (07) de julio de dos mil veintitrés (23)
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EMPLAZA:
A los señores IDALI BARRIGA CRUZ, CAMILO VESGA RODRIGUEZ, DISTRIBUIDORA EL TRIUNFO Y VESGA CIA S EN C Y CAMILO VESGA FONSECA para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto de mandamiento de pago fechado veintidós (22) de septiembre de dos mil veintiuno (2.021) dentro DEMANDA EJECUTIVA DE MAYOR CUANTIA INCOADA POR BANCO DE BOGOTÁ SA CONTRA CAMILO VESGA RODRIGUEZ, DISTRIBUIDORA EL TRIUNFO Y VESGA CIA S EN C IDALI BARRIGA CRUZ Y CAMILO VESGA FONSECA RADICADO 47-001-31-53-002-2021-00086-00.
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. HOY SIETE (7) DE JULIO DEL 2023.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EMPLAZA:
A los Señores HELÍ HERRERA ALARCON Y MARGARITA DIAZ RICO para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto de mandamiento de pago fechado veintinueve (29) de noviembre de dos mil diecinueve (2.019) dentro DEMANDA VERBAL DE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO SEGUIDO POR CENTRO VACACIONAL ANPISMAR SA CONTRA HELI HERRERA ALARCON Y MARGARITA DIAZ RICO RADICADO 47-001-31-53-002-2019-00199-00.
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EDICTO EMPLAZATORIO
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A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el bien Inmueble casa sobre lote de terreno identificado como lote número tres (3), identificado catastralmente bajo el Nº 010700820008000, folio de matrícula Nº 080-56232, con dirección Calle 6 No 11ª -10 con nomenclatura actual la dirección calle k11A1 No. 6 – 18 Rodadero. para que comparezcan a este para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado treinta (30) julio de dos mil veintidós (2.022) dentro del PROCESO VERBAL PERTENENCIA SEGUIDO POR JOSE ANTONIO VILLAR ECHAVARRIA CONTRA ALVARO ARTURO GOMEZ MORALES Y PERSONAS INDETERMINADAS. Rad.No.: 47-001-31-53-002-2022-00097-00
Para los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 2213 del 13 de junio 2022, en aplicación del Artículo 108 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndoles a los interesados que trascurridos treinta (30) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Se publica hoy DIEZ (10) de julio de dos mil veintitrés (2023)
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EDICTO EMPLAZATORIO
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EMPLAZA
A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre los bienes inmuebles objetos de este proceso ubicados: a)LOTE N O 9.- está ubicado en la ciudad de Santa Marta, barrio villa laureles, diagonal 27, entre carreras 1 1C y I IF, con un área de 98.00 mts2, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: 7.00 ml. con vía en medio lote remanente de esta misma división material. SUR: 7.00 ml. con área remanente de esta misma división material. ORIENTE: 14.00 ml. con lote número 8 de esta misma división material. OCCIDENTE: 14.00 ml. con área remanente de esta misma división material.---//-- NORTE: 8.91 ml con vía en medio área remanente de esta misma división material. SUR: 8.97 ml, área remanente de esta misma división materia. ORIENTE: I I .50 ML, CON LOTE 8 DE ESTA MISMA DIVISIÓN. ORIENTE: I I .50 ml, con lote 8 de esta misma división material. OCCIDENTE: 10.50 ml, con área remanente de esta misma división material. Le corresponde el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 080-120405. b) LOTE N O 8.- está ubicado en la ciudad de Santa Marta, barrió villa laureles, diagonal 27, entre carreras 1 1C y. I IF, con un área de 98.00 mts2, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: 7.00 ml. con vía en medio área de remanente de esta división. SUR: 7.00 ml. con área remanente de esta división material. ORIENTE: 14.00 ml. con lote número 8. OCCIDENTE: 14.00 ml. con lote número 9 objeto de esta división material". Le corresponde el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 080-120404. c) Lote de terreno alinderado así: Por el SUR: en extensión de 6 (seis) metros con el predio 4700101030045138000 de la misma manzana; por el NORTE: con la calle l l F, en extensión de seis metros; y por el ESTE y el OESTE: en extensión de 12 metros, con el predio de mayor extensión de donde se desglosa; el cual se describe a continuación: Lote de terreno identificado con el número predial nacional 47001010300450157000, con nomenclatura urbana DIAGONAL 27 # 1 1C-66, y alinderado de manera general así: por el NORTE: en Una extensión de 31.2 metros, con la calle I I F; por el SUR: en una extensión de 31 .2 metros, con los predios 4700101030045135, 4700101030045136, 4700101030045137, 4700101030045138, 4700101030045139 4700101030045140 de la misma manzana; por el ORIENTE, una extensión de 12.0 metros, con el predio 4700101030045156 de dicha manzana; por el OCCIDENTE, en una extensión de 12.0 metros, con cerro urbano. El bien inmueble antes alinderado tiene una extensión total de 373 metros cuadrados, y se encuentra registrado en la oficina de instrumentos públicos de la ciudad de Santa Marta, con número de matrícula inmobiliaria 080-75784. d) lote de terreno identificado con el numero predial nacional 47001010300450203000, segregado del predio de mayor extensión detallado en el literal c) del presente acápite, como venta parcial de 72 m2, según escritura 1582 del 28-07-2004 Notaria 2 de Santa Marta; CUYOS linderos son los siguientes: NORTE: en 6,00 metros con predio que es o fue de Mario Cuello Fuenmayor o sus herederos. SUR: en 6,00 metros, con vivienda de Aníbal Roa. ESTE: en 12 metros, con diagonal en medio y OESTE: en 12 metros, con predio de mayor extensión de donde se desglosa. Le corresponde el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 080-84896. e) Lote de terreno segregado del predio de mayor extensión detallado en el literal c) del presente acápite, como venta parcial de 72 m2, según escritura 2221 del 08-10-2004 Notaria 2 de Santa Marta; CUYOS linderos son los siguientes: NORTE: en 6,00 metros con predio que es o fue de Mario Cuello Fuenmayor o sus herederos. SUR: en 6,00 metros con vivienda que fue de construcciones Palacio Valencia Ltda. Hoy de WILLIAM CONTRERAS HERNÁNDEZ. ESTE: en 12 metros, con predios de Ana Lucia Gómez Saavedra y OESTE: en 12 metros, con predio de mayor extensión de donde se desglosa. Folio de matrícula inmobiliaria 080-85219. Para que comparezcan a este para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado cuatro (04) de septiembre de dos mil diecinueve (2.019) dentro del PROCESO VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO GABRIEL MONTENEGRO PADILLA contra EDWIN LLINAS MARTÍNEZ, ARIANIS MAINIERI BONNET, CARLOS VALDERRAMA PALACIO, LUZ MERY JORDÁN PANA, ANA LUCIA GOMEZ SAAVEDRA, YESENIA MENDOZA JIMÉNEZ Y PERSONAS INDETERMINADAS. RAD. 47-001 -31-53-002-2019-00144-00.
Para los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 2213 del 13 de junio 2020, en aplicación del Artículo 108 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas TYBA del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndoles a los interesados que trascurridos treinta (30) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Se publica hoy 18 de julio del 2023
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria
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SANTA MARTA – MAGDALENA
Calle 23 No. 5 – 63 Piso 4º
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EDICTO EMPLAZATORIO
La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta
E M P L A Z A
A las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con algún derecho sobre el bien en el lote 8 de la Urbanización Santa Cruz de Curinca, Manzana E1 carrera 21 B 6 # 42 A-52, hoy carrera 21 B 7 #42B-06 de la ciudad de Santa Marta, inmueble que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos generales; NORTE: En 6,50 mts con lote no. 7 de la misma manzana; SUR: 6,50 mts con lote No. 09 de la misma manzana; ESTE: 14,00 mts con zona de parqueo en medio con vía de acceso a la Urbanización y OESTE: 14 mts con terrenos de Transporte Bastidas y Jorge Sumbatoff; este inmueble se encuentra identificado con folio de matrícula No. 080-55014 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la ciudad de Santa Marta.
Cuya declaración de Pertenencia por Prescripción Ordinaria Adquisitiva de Dominio, ha solicitado a este Juzgado el señor Rafael Enrique Varela Gutiérrez, mediante apoderado contra Martha Sánchez Falquez y Personas Indeterminadas, con radicado 47-001-31-03-002-2015-00234-00 para que comparezcan a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a partir de la expiración del término de emplazamiento.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
SECRETARIA
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La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta
E M P L A Z A
A las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con algún derecho sobre el bien en el lote 8 de la Urbanización Santa Cruz de Curinca, Manzana E1 carrera 21 B 6 # 42 A-50 de la ciudad de Santa Marta, inmueble que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos generales; NORTE: En 6,50 mts con lote no. 7 de la misma manzana; SUR: 6,50 mts con lote No. 09 de la misma manzana; ESTE: 14,00 mts con zona de parqueo en medio con vía de acceso a la Urbanización y OESTE: 14 mts con terrenos de Transporte Bastidas y Jorge Sumbatoff; este inmueble se encuentra identificado con folio de matrícula No. 080-55014 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la ciudad de Santa Marta.
Cuya declaración de Pertenencia por Prescripción Ordinaria Adquisitiva de Dominio, ha solicitado a este Juzgado el señor Rafael Enrique Varela Gutiérrez, mediante apoderado contra Martha Sánchez Falquez y Personas Indeterminadas, con radicado 47-001-31-03-002-2015-00234-00 para que comparezcan a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a partir de la expiración del término de emplazamiento.
Se advierte a los emplazados que sí dentro del dicho término no comparecen, se les nombrarán un curador Ad litem, quien proseguirá el proceso hasta la terminación.
Para efectos previsto en el artículo 407 numeral 6 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar visible de la secretaria, por el término de veinte (20) días, hoy once (11) de agosto de dos mil veintitrés (2.023), siendo las ocho (8:00) de la mañana y se ordena publicar por dos (2) veces, intervalos no menores de cinco (5) días calendario, dentro del mismo término, en el periódico Hoy Diario del Magdalena, de amplia circulación en la localidad y en una Radiodifusora de este lugar.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EMPLAZA:
Al señor JHON JAIRO LOBO GUTIERREZ para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto de mandamiento de pago fechado once (11) de mayo de dos mil dos mil veintitrés (2.023) dentro PROCESO VERBAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL SEGUIDA POR ERNESTO IVAN ROSERO NAVARRO EN REPRESENTACIÓN DE LA MENOR ELLI MARTINA ROSERO CARTA, ANA MARÍA CARDENAS SHENEEMAN, XAVIER ALFONSO GONZALEZ RINCON EN NOMBRE PROPIO Y EN REPRESENTACIÓN DE SUS MENORES HIJOS CALEB GONZALEZ CARTA Y XAVIER RAUL GONZALEZ CARTA CONTRA JHON JAIRO LOBO RODRIGUEZ, JOHN JAIRO CARO CALDAS, RODAMAR S.A.S. Y SBS SEGUROS COLOMBIA S.A. RADICADO 47-001-31-53-002-2023-00043-00.
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
EMPLAZA:
A la señora DAIRYS ESTHER MANJARRES MOYA para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto de mandamiento de pago fechado nueve (9) de agosto de dos mil veintitrés (2.023) dentro DEMANDA EJECUTIVO SINGULAR DE MAYOR CUANTÍA SEGUIDO LUIS CARLOS AGUILAR ANDRADE CONTRA DAIRYS ESTHER MANJARRES RADICADO 47-001-31-53-002-2023-00123-00.
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Hoy veintidós (22) de agosto de dos mil veintitrés (2023).
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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A los HEREDEROS INDETERMINADOS para que comparezca a este despacho para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2.020) dentro del PROCESO VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SEGUIDO POR HILDA LIZ AMARIS MONTIEL, IDENTIFICADACON LA C.C.# CONTRA LOS HEREDEROS DETERMINADOS DE ARMANDO JOSÉ AMARIS ARTEAGA, QUIÉN SE IDENTIFICABA EN VIDA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA N°.3.340.714, SEÑORES ARMANDO JOSE AMARIS MONTIEL, IDENTIFICADO CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA N°. 84.043.906, NEIL EDWIN AMARIS MONTIEL, IDENTIFICADO CON LA C.C.#85.455.806, RUBEN DARIO AMARISMONTIEL, IDENTIFICADO CONLA C.C.#7.602.374, DIEGO AMARIS LIZCANO, IDENTIFICADO CON LA C.C.#1.083.046.176, CARLOS MIGUEL AMARIS DIMAS, IDENTIFICADO CON LA C.C.#1.010.128.622, FRANCISCO JAVIER AMARIS DIAZ, IDENTIFICADO CON LA C.C.#1.006.887.884. OLGA ROSA AMARIS OSORIO, IDENTIFICADA CON LA C.C.#39.490.618 (ES HIJA DEL FALLECIDO CARLOS MIGUEL AMARIS MONTIEL QUIEN FUE HIJO DEL FALLECIDO ARMANDO AMARIS ARTEAGA), CARLOS MIGUEL ANGEL AMARIS OSORIO, IDENTIFICADO CON LA C.C.#1.124.007.172(QUIEN ES HIJO DEL FALLECIDO CARLOS MIGUEL AMARIS MONTIEL, QUIEN FUE HIJO DEL FALLECIDO ARMANDO AMARIS ARTEAGA), E INDETERMINADOS, EL BANCO BBVA COLOMBIA S.A., IDENTIFICADO CON EL NIT N°.860.003.021-1Y PERSONAS INDETERMINADAS. RAD N°.470013153002-202100137-00.-
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al demandado que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Hoy veintidós (22) de agosto de dos mil veintitrés (2023).
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
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LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el bien inmueble objeto de este proceso ubicado en la CARRERA 1D N° 25-82 BARRIO EL PRADO para que comparezcan a este para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinte (2.020) dentro del PROCESO VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DE DOMINIO SEGUIDO POR SAID MARTINEZ CORONEL CONTRA LA SOCIEDAD INVERSIONES LAS MERCEDES LTDA Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICADO 470013153002202100127-00.
Para los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 2213 del 13 de junio 2020, en aplicación del Artículo 108 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas TYBA del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndoles a los interesados que trascurridos UN MES después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Se publica hoy primero (1) de septiembre del 2023
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
EMPLAZA:
A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el bien inmueble objeto de este proceso para que comparezcan a este para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado dieciocho (18) de febrero de dos mil veintidós (2022), dentro del PROCESO VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO MARIA RUBY RUIZ MUÑOZ EN CONTRA DE LA SOCIEDAD INVERSIONES NEZJA LTDA Y PERSONAS INDETERMINADAS. RADICADO 47-001-31-53-002-2021-00186-00.
El bien inmueble objeto de litigio corresponde a un inmueble que se encuentra ubicado en la Calle 151 # 3 – 117 en el Barrio Aeromar (El Rinconcito) de la ciudad de Santa Marta, de acuerdo con la matrícula inmobiliaria Nro. 080-11876 y Cédula Catastral No. 011000300002000 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Marta.
Para los efectos previstos en el artículo 375 #7 del Código General del Proceso se procederá a la inclusión del contenido de la valla en el registro nacional de procesos de pertenencia que lleva el consejo superior de la judicatura, por el término de un (1) mes, para que las personas indeterminadas concurran para la contestación de la demanda.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta
Calle 23 No.5- 63 Oficina 411 Bloque 2 Tel 3174739243
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre los bienes inmuebles objetos de este proceso ubicado: En la calle 18 No. 6-27 Barrio Centro de esta ciudad con folio de matrícula Inmobiliaria 080-16558. Para que comparezcan a este para recibir la notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado cinco (05) de febrero de dos mil veinte (2.020) dentro del PROCESO VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO FERNANDO FABIO DEL TORO BARROS CONTRA SAMARCOL SAS Y PERSONAS INDETERMINADAS. RAD. 47-001 -31-53-002-2019-00241-00.
Para los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 2213 del 13 de junio 2020, en aplicación del Artículo 108 y 375 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas TYBA del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndoles a los interesados que trascurridos un (1) mes después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem. Se publica hoy veinticuatro (24) de octubre del dos mil veintitrés (2023).
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta
Calle 23 No.5- 63 Oficina 402 Bloque 2 Tel 4210151
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
Para los efectos previstos en el Ley 2213 del 2022 art. 10 en aplicación del Artículo 291 del Código General del Proceso se publica el presente edicto en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del Micrositio Web Oficial del Juzgado Segundo Civil del Circuito advirtiéndole al Acreedor Hipotecario que trascurridos quince (15) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se les designará Curador Ad-litem.
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria
Consejo Superior de la Judicatura
Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena
MAGISTRADO PONENTE: ALBERTO ENRIQUE GONZALEZ PADILLA
ACUERDO No. CSJMAA23-74
24 de octubre de 2023
"Por medio del cual se toman medidas en los Despachos del Distrito Judicial de Santa Marta con relación a la jornada electoral a realizarse el domingo veintinueve (29) de octubre de 2023 y durante la jornada posterior de escrutinios"
EL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL MAGDALENA
En uso de las facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Consejo Superior de la Judicatura en los Acuerdos PSAA07-4216 de noviembre 15 de 2007, Acuerdo PSAA07-3896 de 2007, Acuerdo PSAA07-3972 de 2007, PSAA08-5433 de 19 de diciembre de 2008 y el Acuerdo PSAA16-10561 del 17 de marzo de 2016, y de conformidad con lo aprobado en sesión ordinaria de fecha 19 de octubre de 2023.
CONSIDERACIONES
Que, el día 29 de octubre de 2023 están programadas las Elecciones Regionales para Gobernación, Alcaldías, Asambleas Departamentales, Concejos y Juntas Administradoras Locales en todo el Territorio Nacional.
Que el artículo 157 del Decreto 2241 de 1986, por medio del cual se adopta el Código Electoral establece:
"…ARTÍCULO 157: Diez (10) días antes de las correspondientes elecciones, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial deberán designar, en Sala Plena, las comisiones escrutadoras distritales y municipales formadas por dos (2) ciudadanos de distinta filiación, Política, que sean jueces, notarios o registradores de instrumentos públicos en el respectivo distrito judicial.
Los términos se suspenderán en los despachos de los jueces designados durante el tiempo en que cumplan su comisión de escrutadores. (Negrilla nuestra).
Si fueren insuficientes los jueces, notarios o registradores de instrumentos públicos para integrar las comisiones escrutadoras, los Tribunales Superiores las complementaran con personas de reconocida honorabilidad.
Los Registradores Distritales y Municipales actuarán como secretarios de las comisiones escrutadoras…"
Que a través del Acuerdo PSAAA16-10561 del 17 de agosto de 2016 el Consejo Superior de la Judicatura delegó a los Consejos Seccionales de la Judicatura la facultad de exoneración o restricción de reparto.
"…ARTÍCULO 6°. Exoneración o disminución temporal del reparto. Los Consejos Seccionales de la Judicatura podrán, como medida transitoria y mediante acto motivado, ordenar la exoneración o disminución temporal del reparto a uno o varios despachos judiciales…"
Que de conformidad con las atribuciones conferidas a esta Corporación y la función que deben ejercer los servidores judiciales como escrutadores y claveros en época de elecciones, se hace necesario la suspensión de reparto de Acciones de Tutelas a los juzgados cuyos Jueces hayan sido designados como escrutadores o claveros por parte del Tribunal Superior de esta judicatura, por el tiempo que desempeñen dichas funciones.
Que para garantizar la prestación eficiente del servicio de administración de justicia además de la suspensión temporal de reparto antes referidas, se hace necesario decretar la suspensión de términos de los procesos que se sigan en dichos despachos judiciales, así
Calle 20 No 2A – 20 Palacio de Justicia. Teléfono 4215054-55 Fax 4310386-77 www.ramajudicial.gov.co Santa Marta - Magdalena – Colombia
Acuerdo CSJMAA23-74, 24 de octubre de 2023 "Por medio del cual se toman medidas en los Despachos del Distrito Judicial de Santa Marta con relación a la jornada electoral a realizarse el domingo veintinueve (29) de octubre de 2023 y durante la jornada posterior de escrutinios" Hoja No. 2
como la suspensión de los compensatorios a los despachos judiciales que prestaran turno de control de garantías y habeas corpus durante el fin de semana del 28 y 29 de octubre de 2.023 y en la jornada diurna y nocturna durante el periodo que duren los escrutinios.
Que no obstante la suspensión temporal de reparto de acciones constitucionales, así como de la suspensión de términos no habrá lugar a la suspensión de reparto de los procesos de la especialidad de cada juzgado, aunque si suspensión de términos para estos, por lo que los despachos judiciales prestaran los servicios judiciales a su cargo con los servidores judiciales que no hayan sido designados como claveros o como parte de las comisiones escrutadoras, razón por la cual no habrá cierre transitorio de los despachos.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena,
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: ORDENAR la suspensión temporal del reparto de Acciones de Tutelas, así mismo, la suspensión de los términos de los procesos y demás actuaciones judiciales que se surten en los Despachos del Distrito Judicial de Santa Marta, cuyos jueces fueron designados como escrutadores o claveros, suspensión que se mantendrá por el tiempo que desempeñen dichas funciones, con fundamento en los señalado en el artículo 157 del Decreto 2241 de 1986, por medio del cual se adopta el Código Electoral.
El reparto de acciones constitucionales de tutelas se habilitará una vez los jueces designados como escrutadores o claveros finalicen dichas funciones, para lo cual estos deberán informar a la Oficina Judicial de Reparto de su Circuito Judicial y a este Consejo Seccional la fecha de finalización y reincorporación de sus funciones a su despacho de origen.
ARTICULO SEGUNDO: ACLARAR que no habrá suspensión de reparto en dichos despachos judiciales de los procesos de la especialidad de cada juzgado, aunque si suspensión de términos para estos, por lo que los despachos judiciales prestaran los servicios judiciales a su cargo con los servidores judiciales que no hayan sido designados como claveros o como parte de las comisiones escrutadoras, razón por la cual no habrá cierre transitorio de los despachos.
ARTICULO TERCERO: ORDENAR a las Oficinas de Apoyo Judicial de los Circuitos Judiciales que integran el Distrito Judicial de Santa Marta, que una vez se reincorporen a sus juzgados de origen los jueces que oficiaron como claveros o escrutadores, se les reparta por compensación un numero equivalente de las acciones constitucionales de tutelas, que fueron reasignadas a los otros despachos judiciales durante el término que cumplieron funciones como escrutadores o claveros.
ARTICULO CUARTO: ORDENAR la suspensión de los compensatorios a los despachos judiciales que prestaran el turno de control de garantías y habeas corpus durante el fin de semana del 28 y 29 de octubre de 2.023.
NOMBRE DEL DESPACHO | CIRCUITO |
Juzgado Tercero Penal Municipal de Santa Marta | Santa Marta |
Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes de Santa Marta | Santa Marta |
Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Zona Bananera | Ciénaga |
Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Fundación | Fundación |
Juzgado Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio | Pivijay |
Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Plato | Plato |
Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Santa Ana | El Banco |
Acuerdo CSJMAA23-74, 24 de octubre de 2023 "Por medio del cual se toman medidas en los Despachos del Distrito Judicial de Santa Marta con relación a la jornada electoral a realizarse el domingo veintinueve (29) de octubre de 2023 y durante la jornada posterior de escrutinios" Hoja No. 3
Igualmente, para los despachos que estén programados para atender en jornada diurna y nocturna de Turno de Control de Garantías y Habeas Corpus durante el periodo que duren los escrutinios electorales en el Departamento del Magdalena y el Distrito de Santa Marta.
Caso en el cual el disfrute de los compensatorios a que haya lugar, podrá ser solicitado una vez termine la jornada escrutadora a nivel departamental y distrital, en todo caso será concedido por esta Corporación previa solicitud de parte.
ARTICULO QUINTO: REMITIR copia del presente Acuerdo a la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico del Consejo Superior de la Judicatura, a la Dirección Seccional de Fiscalía del Magdalena, a las Oficinas Judiciales de Reparto Judicial de los Circuitos Judiciales del Distrito Judicial de Santa Marta, a los Jueces Coordinadores del Centro de Servicio del Sistema Penal Acusatorio y de Responsabilidad Penal de Adolescentes, al Presidente del Tribunal Superior de Santa Marta, al Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo del Magdalena, a la Registraduría Nacional del Estado Civil, a todos los Despachos Judiciales del Distrito Judicial de Santa Marta, a la Defensoría Regional del Pueblo y a la Procuraduría Provincial del Magdalena.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLICAR este Acuerdo en físico en un sitio visible de la secretaría y a través de los medios digitales y/o electrónicos disponibles de los despachos judiciales (correo electrónico, micrositio web dispuesto por la Rama Judicial para cada despacho, etc.), para que las partes e intervinientes y sus apoderados, se enteren sobre las medidas de suspensión aquí previstas.
Así mismo, ordenar publicar este Acuerdo en la página web de la Rama Judicial, www.ramajudicial.gov.co sección "Consejo Superior de la Judicatura", opción "Consejos Seccionales de la Judicatura", medio que garantiza su amplia divulgación.
Lo anterior, con el propósito dar a conocer y de garantizar los derechos procesales de las partes y el derecho de defensa a los intervinientes por los medios digitales pertinentes, a éstos y a sus apoderados, de las medidas adoptadas en el presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEPTIMO: VIGENCIA. El presente Acuerdo regirá a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santa Marta a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de 2023.
ALBERTO ENRIQUE GONZALEZ PADILLA
Presidente
AEGP/HJMCHN
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta
Calle 23 No.5- 63 Oficina 411 Bloque B Tel 3174739243
J02ccsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA,
EMPLAZA:
A TODAS LAS PERSONAS que tengan interés en oponerse al trámite de levantamiento de las medidas cautelares para que comparezcan a este Juzgado a presentar su oposición a las mismas dentro del Proceso EJECUTIVO seguido por BANCO CENTRAL HIPOTECARIO contra ALVARO GARCIA PARRA Y LUZ ESTELA SUAREZ AGUDELO
Rad. 47-001-31-53-002-1997-03654-00.
Para los efectos del artículo 597 Numeral 10 del Código General del Proceso, el emplazamiento se surtirá mediante publicación en la Secretaria del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta, advirtiéndole que transcurridos veinte (20) días después de la publicación se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se resolverá sobre lo pertinente.
Santa Marta, quince (15) de diciembre del 2023,
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria