CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLÁNTICO

JUZGADO OCTAVO (8º) CIVIL DEL CIRCUITO DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA

       AVISOS IMPORTANTES 2023      

Por medio del presente aviso se notifica que dentro de la acción de tutela radicada bajo el No. 2023-00013 instaurada por JAIDER HERRERA DE ARCO contra el JUZGADO 10 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE BARRANQUILLA, en providencia del 24 de ENERO de 2023  Numeral 2 se resolvió lo siguiente:

SEGUNDO: Vincular a este trámite constitucional a la señora JUANA ANAYA TAPIAS, como demandada dentro del proceso ejecutivo radicado No. 08001418901020210008400, y, demás intervinientes dentro del referido proceso, para que intervengan en el mismo, si a bien lo consideran, dentro del término improrrogable de un (1) día siguiente, contados a partir de la notificación de este auto.

Lo anteiror para garanizar su defensa. Se fija el presente aviso 3 de febrero de 2023  Ver Auto

 Kasandra Parejo 

Secretaria 

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

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JUZGADO OCTAVO (8º) CIVIL DEL CIRCUITO DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA

       AVISOS IMPORTANTES 2023      

 

La suscrita Secretaria del Juzgado, se permite compartir a los uasuarios de la justicia y comunidad litigante en general el link que contiene el instructivo para consultar los procesos de interés que cursan en este Despacho a través del nuevo sistema GESTOR DOCUMENTAL, importa precisar que es indispensable que el proceso se encuentre creado en dicho aplicativo, por lo que se indica que todos los asuntos que por competencia han sido asignados a este Juzgado durante el año que discurre (2023), ya se encuentran creados, y que de manera gradual se estan migrando los demás procesos que siguen en trámite, y que corresponden a otras anualidades, en caso, que la consulta resulte infructuosa, deberán poner en conocimiento, dicha situación al Despacho, a través del correo electrónico Institucional ccto08ba@cendoj.ramajudicial.gov.co, con fines de ofrecer soluciones para que las partes de un proceso, puedan tener acceso a su expediente./documents/36168357/136320147/INSTRUCTIVO%2BPARA%2BINGRESAR%2BAL%2BGESTOR%2BDOCUMENTAL%2BEXTERNAMENTE.pdf/6f5307c6-f1dd-e307-c44f-77a5798d898e

9 DE MARZO DE 2023

KASANDRA PAREJO

SECRETARIA 

Por medio del presente aviso se notifica que dentro de la acción de tutela radicada bajo el No. 2023-00053 instaurada por CLAUDIA PATRICIA OLIVERA TAPIA contra el Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Barranquilla, la Secretaría de Gobierno Distrital de Barranquilla y su comisionado para diligencias judiciales doctor Luis Fernando Gómez , en providencia del 21 de MARZO de 2023  Numeral 2 se resolvió lo siguiente:

SEGUNDO: Vincular al Juzgado Quinto Civil Municipal de Barranquilla, Juzgado Doce Civil Municipal de Barranquilla, al Juzgado Segundo Civil Municipal de Barranquilla, al banco BBVA S.A., al señor Alfredo Sánchez Carpio (demandado) y Alex Humberto Rodríguez Rojas (rematante) y demás intervinientes en el proceso radicado bajo el No. 08001405301220060042400 promovido por el Banco BBVA contra el señor Alfredo Sánchez Carpio.

Lo anteiror para garanizar  la defensa del señor ALFREDO SÁNCHEZ CARPIO, de quien se desconoce dirección. Se fija el presente aviso 30 de marzo de 2023  Ver Auto 

 Kasandra Parejo 

Secretaria 

 

                                                                     AVISO 

Por medio del presente aviso se notifica que dentro de la acción de tutela radicada bajo el No. 2023-00053 instaurada por CLAUDIA PATRICIA OLIVERA TAPIA contra el Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Barranquilla, la Secretaría de Gobierno Distrital de Barranquilla y su comisionado para diligencias judiciales doctor Luis Fernando Gómez , en fallo del 31 de MARZO de 2023 resolvió lo siguiente:

PRIMERO: Negar el amparo constitucional, por las razones antes expuestas la tutela formulada por Claudia Patricia Olivera Tapia. SEGUNDO: Notifíquese esta providencia a la accionante, a los accionados y demás intervinientes, en la forma más expedita posible. TERCERO: Cumplidas las tramitaciones de rigor, y en caso de no ser impugnado la presente decisión, remítase a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión; de ser excluida, archívese."

Lo anterior a fin de enterar al señor Alfredo Sánchez Carpio (demandado) en el proceso radicado bajo el No. 08001405301220060042400 promovido por el Banco BBVA quien resultó vinculado en la actuación Constitucional. Y en ese sentido, garantizar su defensa.

Se fija el presente aviso 11 de abril de 2023  Ver Sentencia 

 Kasandra Parejo 

Secretaria 

AVISO

Por medio del presente aviso se notifica que dentro de la acción de tutela radicada bajo el No. 2023-00062 instaurada por RAMIRO ANTONIO MARTELO GARCÍA contra JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA y JUZGADO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA , en providencia del 31 de MARZO de 2023  Numeral 2 se resolvió lo siguiente:

SEGUNDO: Vincular  a las partes, intervinientes y apoderados en el proceso ejecutivo radicado bajo el N°.08001400301720100086300, promovido por Inversora Pichincha S.A., y al Juzgado Tercero Civil Municipal de Barranquilla. 

Lo anteiror para garanizar  la defensa del señor RAÚL MURIEL CASTAÑO, de quien se desconoce dirección física y electrónica, y funge como CESIONARIO en el aludido proceso Ejecutivo Se fija el presente aviso  hoy 17 de abril de 2023  Ver Auto 

 Kasandra Parejo 

 

Secretaria 

  AVISO 

Por medio del presente aviso se notifica que dentro de la acción de tutela radicada bajo el No. 2023-00131 instaurada por NATKING MOSQUERA HINESTROZA contra el Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Barranquilla, la Secretaría de Gobierno Distrital de Barranquilla entre otras dependencias judiciales vinculadas , en auto ADMISORIO del 14 de JUNIO de 2023 resolvió lo siguiente:

 

PRIMERO: ADMITIR la presente acción de tutela presentada por Natking Mosquera Hinestroza contra el Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Barranquilla, por haberse cumplido con los requisitos legales establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991. SEGUNDO: Vincular a la Oficina de Apoyo de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla, a los Jugados Trece Civil Municipal de Barranquilla y Tercero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de esta misma ciudad, a las partes, intervinientes y apoderados en el proceso ejecutivo radicado bajo el N°2013-00390, tramitado ante el Juzgado accionado. TERCERO: Oficiar a la dependencia judicial accionada y vinculados a fin de que en el término perentorio de un (1) día, rindan informe a este Despacho Judicial acerca de los hechos consignados dentro de la presente acción, que se entenderá rendido bajo la gravedad de juramento, y de no ser presentado en el término establecido, se tendrán por ciertos los hechos consignados en el líbelo de tutela de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Decreto 2591 de 1991; para tal efecto se le remite copia de la solicitud de tutela, y de sus anexos. Así mismo, alleguen las pruebas que pretendan hacer valer. CUARTO: Para los fines del trámite, se solicita que la agencia judicial accionada, bajo cuya competencia se encuentra el proceso radicado bajo el N°2013-00390, lo remita de manera digital. QUINTO: Ofíciese al Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Barranquilla, para que notifique esta providencia a las partes y demás intervinientes dentro del proceso radicado N°2013-00390, en la dirección física y/o electrónica que aparece registrada en el citado asunto; y una vez cumplida dicha orden, enviar a este juzgado la constancia de haber remitido tal comunicación. SEXTO: Notifíquese al Defensor del Pueblo y a las partes, por el medio más expedito."

Lo anterior a fin de enterar al señor EVER PERDOMO ARICAPA (Parte) en el proceso radicado bajo el No. 2013-00390 quien resultó vinculado en la actuación Constitucional. Y en ese sentido, garantizar su defensa.

Se fija el presente aviso 26 de Junio de 2023  Ver Auto 

 Kasandra Parejo 

Secretaria 

 AVISO 

Por medio del presente aviso se notifica que dentro de la acción de tutela radicada bajo el No. 2023-00140  instaurada por EDWIN CANTILLO DOMINGUEZ contra el JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA Y OTROS , en auto del 27 de JULIO de 2023 resolvió lo siguiente: PRIMERO: Obedézcase lo resuelto por la Honorable magistrada Vivian Victoria Saltarín Jiménez, de la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito judicial de Barranquilla, en providencia de fecha 25 de julio de 2023, y, en consecuencia, SEGUNDO: Vincúlese al presente trámite de tutela al Juzgado Catorce Civil Municipal de Barranquilla, partes e intervinientes en el proceso radicado N°08001400301420080113600, que se tramita en este juzgado vinculado, para que se pronuncien acerca de los hechos materia de tutela dentro del término de un (1) día, contado a partir de la notificación de esta providencia. Ofíciesele al referido despacho para que remita el link del expediente digital. Notifíqueseles por secretaría la presente providencia y el auto admisorio. TERCERO: Por secretaría notifíquesele el auto admisorio de esta acción y la presente providencia, a la Cooperativa COOCREDIEXPRESS para que se pronuncien acerca de los hechos materia de tutela dentro del término de un (1) día. CUARTO: Notifíquese por el medio más expedito."

Lo anterior a fin de enterar a las partes intervinientes en el proceso radicado bajo el No. 2008-113600 que cursa en el Juzgado 14 Civil Municipal de esta ciudad, vinculado al presente trámite Y en ese sentido, garantizarles su defensa.

Se fija el presente aviso 2 de Agosto de 2023  Ver Auto 

 Kasandra Parejo 

Secretaria