AVISO A LA COMUNIDAD

 

Se Coloca en conocimiento de la comunidad en general y de los apoderados judiciales que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el respectivo protocolo de audiencias establecido por el Consejo Superior de la Judicatura, a través del Acuerdo PCSJA24-12185 del 27 de mayo de 2024.

Protocolo Audiencias.

 

Teniendo en cuenta que mediante Acuerdo PCSJA24-12140 del 30 de enero de 2024, el Consejo Superior de la Judicatura creó con carácter transitorio un Juzgado Administrativo en el Distrito Judicial de Neiva, a partir del 5 de febrero y hasta el 13 de diciembre de 2024 y que, con Acuerdo CSJHUA24-11 14 de febrero de 2024, Por medio del cual se adoptan medidas para la entrega de procesos al Juzgado Administrativo transitorio de Neiva, este despacho judicial procedió a realizar el envió de los procesos generados en las reclamaciones salariales y prestacionales que se adelantan contra la Rama Judicial y entidades con régimen similar, en los términos establecidos por los citados acuerdos; para su conocimiento se adjunta listado con los procesos que fueron remitidos para el conocimiento de los apoderados y publico en general.  

PROCESOS REMITIR NEIVA.xlsx

 

Apreciado usuario: comedidamente se le informa que a partir del 01 de agosto de 2.023 se implementara como uso obligatorio el aplicativo SAMAI; los memoriales, sustituciones de poder, contestaciones, y demás documentos que, sean necesarios y deban reposar en el expediente, deberán ser subidos por las partes procesales al aplicativo SAMAI. Una vez realizado lo anterior, la secretaría realizara la gestión pertinente.

 

COMUNICADO JUZGADOS ADMINISTRATIVOS

 

 Atentamente,

Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué.

 

Se informa a la comunidad en general y en especial a los señores abogados que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, que esta instancia judicial ha dispuesto para ustedes los enlaces que se relacionan en la parte inferior, donde podrán encontrar las audiencias realizadas, sentencias proferidas y avisos de su interés.

MARZO

SENTENCIAS DE FECHA

RADICADO

MEDIO DE CONTROL


01/03/2024

2022-00075 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
20/03/2024 2023-00158 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
20/03/2024 2023-00153 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
20/03/2024 2022-00048 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
22/03/2024 2016-00397 REPARACION DIRECTA
22/03/2024 2017-00315 CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
22/03/2024 2018-00267 REPARACION DIRECTA
22/03/2024 2020-00036 REPARACION DIRECTA
22/03/2024 2021-00060 REPARACION DIRECTA
22/03/2024 2021-00033 REPARACION DIRECTA
22/03/2024 2023-00113 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS
22/03/2024 2022-00157 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
22/03/2024 2022-00166 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
22/03/2024 2022-00037 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
22/03/2024 2022-00142 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
22/03/2024 2022-00190 REPARACION DIRECTA
22/03/2024 2023-00160 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
22/03/2024 2016-00317 EJECUTIVO

 

ABRIL

SENTENCIAS DE FECHA

RADICADO

MEDIO DE CONTROL


19/04/2024

2024-00043 CUMPLIMIENTO
     

 

 

MAYO

SENTENCIAS DE FECHA

RADICADO

MEDIO DE CONTROL


09/05/2024

2023-00267 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
09/05/2024 2022-00047 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS
     
     
     

 

JUNIO

SENTENCIAS DE FECHA

RADICADO

MEDIO DE CONTROL


04/06/2024

2022-00046 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS
     
     
     
     

 

ENERO

CONS

RADICADO

MEDIO DE CONTROL

AUDIENCIA

01

2023-00103 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
02 2023-00113 PROTECCION DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AUDIENCIA PACTO
03 2015-00034 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA PRUEBAS
04 2007-00005 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
05 2007-00324 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
06 2004-02180 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
07 2006-00119 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
08 2010-00144 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
09 2008-00410 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
10 2008-00387 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
11 2010-00493 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
12 2022-00157 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
13 2022-00320 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
14 2023-00001 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
15 2023-00018 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
16 2023-00070 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
17 2023-00134 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL

 

FEBRERO

CONS

RADICADO

MEDIO DE CONTROL

AUDIENCIA

01

2007-00204 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
02 2017-00011 ACCION POPULAR COMITEE VERIFICACION
03 2018-00193 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
04 2022-00222 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA INICIAL
05 2022-00236 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
06 2022-00283 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
07 2023-00289 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS  AUDIENCIA PACTO
08 2008-00370 POPULAR COMITE VERIFICACION
09 2022-00274 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
10 2023-00142 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA INICIAL
11 2023-00176 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
12 2023-00113 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AUDIENCIA PACTO
13 2023-00289 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AUDIENCIA PACTO

 

MARZO

CONS

RADICADO

MEDIO DE CONTROL

AUDIENCIA

01

2007-00005 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
02 2023-00070 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
03 2006-00119 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
04 2007-00324 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
05 2023-00018 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA PRUEBAS
06 2022-00320 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
07 2022-00264 REPETICION  AUDIENCIA INICIAL
08 2023-00068 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
09 2023-00215 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
10 2016-00317 EJECUTIVO AUDIENCIA INICIAL
11 2022-00268 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
12 2018-00193 POPULAR COMITE VERIFICACION
13 2023-00020 REPETICION AUDIENCIA INICIAL
14 2023-00250 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
15 2023-00176 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
16 2019-00273 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA PRUEBAS
17 2023-00113 PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AUDIENCIA PACTO

 

ABRIL

CONS

RADICADO

MEDIO DE CONTROL

AUDIENCIA

01

 2004-02180 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
02 2007-00204 ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
03 2022-00298 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
04 2023-00250 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
05 2022-00222 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA PRUEBAS
06 2023-00289 PROTECCION DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AUDIENCIA PACTO
07 2008-00370 POPULAR COMITE VERIFICACION
08 2022-00236 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA PRUEBAS
09 2022-00283 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA PRUEBAS
10 2022-00292 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA INICIAL
11 2007-00324 POPULAR COMITE VERIFICACION
12 2022-00126 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA PRUEBAS
13 2017-00307 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA PRUEBAS
14 2007-00005 POPULAR COMITE VERIFICACION
15 2004-02180 POPULAR COMITE VERIFICACION

 

MAYO

CONS

RADICADO

MEDIO DE CONTROL

AUDIENCIA

01

2007-00204   ACCION POPULAR COMITE VERIFICACION
02 2023-00142 REPARACION DIRECTA AUDIENCIA PRUEBAS
   03  2019-00273    REPARACION DIRECTA  AUDIENCIA PRUEBAS
   04  2022-00298 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA PRUEBAS
   05  2008-00370   POPULAR AUDIENCIA VERIFICACION
   06  2023-00250  NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA DE PRUEBAS
   07  2022-00096  NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO AUDIENCIA INICIAL
   08  2022-00263 REPETICION AUDIENCIA INICIAL
   09  2022-00059  NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO  AUDIENCIA INICIAL
  10  2023-00330  NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO  AUDIENCIA INICIAL
       
       
       

 

 

 

DIRECCIÓN:

CALLE 69 No. 19-109 Barrio Ambala, Edificio Comfatolima

 

HORARIO DE ATENCIÓN:

LUNES A VIERNES DE 8:00 AM a 12:00 M  -  1:00 PM a 5:00 PM

 

TELEFONO:

(8) 2719337

 

CORREO ELECTRONICO:

adm04ibague@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE

A V I S O   No. 001

 

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE, TOLIMA,

 

A V I S A

 

Que dentro del proceso de PROTECCION DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS, radicado bajo el número 00051-2024, promovido por  HERNANDO ALVAREZ URUEÑA en contra del  MUNICIPIO DE IBAGUE Y OTROS. se dictó auto ADMISORIO de la demanda, que dice: "JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO. Ibagué, veintiuno (21) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) la demanda reúne los requisitos exigidos por el artículo 18 de la Ley 472 de 1998, el juzgado, RESUELVE:   PRIMERO: VINCULAR al presente proceso al Instituto de Financiamiento – Promoción y Desarrollo de Ibagué – INFIBAGUE- y a INTERASEO S.A.S. E.S.P., de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: ADMITIR el presente medio de control de PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS, promovido por HERNANDO ÁLVAREZ URUEÑA en contra del MUNICIPIO DE IBAGUÉ, el Instituto de Financiamiento – Promoción y Desarrollo de Ibagué – INFIBAGUE- e INTERASEO S.A.S. E.S.P TERCERO: NOTIFICAR personalmente esta providencia al ALCALDE DEL MUNICIPIO DE IBAGUÉ y a los representantes legales del Instituto de Financiamiento – Promoción y Desarrollo de Ibagué - INFIBAGUE y de INTERASEO S.A.S. E.S.P., o a los funcionarios en quienes estos hayan delegado la facultad de recibir notificaciones, mediante mensaje de datos dirigido la dirección electrónica que dichas entidades estipularon para recibir notificaciones judiciales, de conformidad a lo establecido en el artículo 197 del C.P.A.C.A, remitiendo copia del presente auto así como de la demanda instaurada. CUARTO: NOTIFICAR esta providencia señor agente del Ministerio Público. QUINTO: NOTIFICAR esta providencia, así como la sentencia que se llegue a proferir, al Defensor del Pueblo Regional Tolima, conforme lo señalado en el inciso final del artículo 13 de la Ley 472 de 1998. SEXTO: CORRER traslado a la entidad accionada y a las vinculadas por el término de diez (10) días para que contesten la demanda, dentro de los cuales podrán solicitar la práctica de pruebas, advirtiéndoles que la decisión se proferirá dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del término de traslado (Art. 22 ley 472 de 1998). SÉPTIMO: Por Secretaría INFORMAR a la comunidad en general acerca de la existencia de esta demanda mediante un aviso que se publicará en la página web de la Rama Judicial –micrositio del despacho. Con el mismo fin, las Entidades demandadas deberán publicar aviso en su página web, para lo cual se remitirá por Secretaría copia del mismo a las citadas entidades, y una vez cumplido lo anterior, deberán remitir certificación de la publicación. El aviso deberá permanecer por lo menos un término de veinte (20) días entre su fijación y desfijación, de lo cual también se dejará constancia en la certificación respectiva OCTAVO: INFORMAR a las partes que desde el año 2023 se implementó en forma exclusiva para la recepción de documentos en los Juzgados Administrativos del Ibagué la ventanilla de atención virtual y trámite de solicitudes en Secretaría Online del sistema SAMAI, por lo tanto, los usuarios deberán radicar todas las peticiones, solicitudes, comunicaciones, respuestas a requerimientos y memoriales dirigidos a los expedientes que cursan en estos despachos, a través de la referida Ventanilla. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. (fdo), SANDRA LILIANA SERENO CAICEDO, JUEZA"

          

CARLOS ANDRES LOPEZ BETANCOURTH

S e c r e t a r i o.

 

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE

A V I S O   No. 002

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE, TOLIMA,

A V I S A

Que dentro del proceso de PROTECCION DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS, radicado bajo el número 00050-2024, promovido por  HERNANDO ALVAREZ URUEÑA en contra del  MUNICIPIO DE IBAGUE Y OTROS. se dictó auto ADMISORIO de la demanda, que dice: "JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO. Ibagué, dieciséis (16) de abril de dos mil veinticuatro (2024) la demanda reúne los requisitos exigidos por el artículo 18 de la Ley 472 de 1998, el juzgado, RESUELVE:   PRIMERO: VINCULAR al presente proceso al Instituto de Financiamiento – Promoción y Desarrollo de Ibagué – INFIBAGUE- y a INTERASEO S.A.S. E.S.P., de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: ADMITIR el presente medio de control de PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS, promovido por HERNANDO ÁLVAREZ URUEÑA en contra del MUNICIPIO DE IBAGUÉ, del Instituto de Financiamiento – Promoción y Desarrollo de Ibagué – INFIBAGUE- e INTERASEO S.A.S. E.S.P. TERCERO: NOTIFICAR personalmente esta providencia al ALCALDE DEL MUNICIPIO DE IBAGUÉ y a los representantes legales del Instituto de Financiamiento – Promoción y Desarrollo de Ibagué – INFIBAGUE- y de INTERASEO S.A.S. E.S.P., o a los funcionarios en quienes estos hayan delegado la facultad de recibir notificaciones, mediante mensaje de datos dirigido la dirección electrónica que dichas entidades estipularon para recibir notificaciones judiciales, de conformidad a lo establecido en el artículo 197 del C.P.A.C.A, modificado por el artículo 612 de la Ley 1564 de 2012. CUARTO: NOTIFICAR esta providencia señor agente del Ministerio Público. QUINTO: NOTIFICAR esta providencia, así como la sentencia que se llegue a proferir, al Defensor del Pueblo Regional Tolima, conforme lo señalado en el inciso final del artículo 13 de la Ley 472 de 1998. SEXTO: CORRER traslado a la entidad accionada y a las vinculadas por el término de diez (10) días para que contesten la demanda, dentro de los cuales podrán solicitar la práctica de pruebas, advirtiéndoles que la decisión se proferirá dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del término de traslado (Art. 22 ley 472 de 1998). SÉPTIMO: Por Secretaría INFORMAR a la comunidad en general acerca de la existencia de esta demanda mediante un aviso que se publicará en la página web de 4 la Rama Judicial –micrositio del despacho. Con el mismo fin, las Entidades demandadas deberán publicar aviso en su página web, para lo cual se remitirá por Secretaría copia del mismo a las citadas entidades, y una vez cumplido lo anterior, deberán remitir certificación de la publicación. El aviso deberá permanecer por lo menos un término de veinte (20) días entre su fijación y desfijación, de lo cual también se dejará constancia en la certificación respectiva OCTAVO: INFORMAR a las partes que desde el año 2023 se implementó en forma exclusiva para la recepción de documentos en los Juzgados Administrativos del Ibagué la ventanilla de atención virtual y trámite de solicitudes en Secretaría Online del sistema SAMAI; por lo tanto, los usuarios deberán radicar todas las peticiones, solicitudes, comunicaciones, respuestas a requerimientos y memoriales dirigidos a los expedientes que cursan en estos despachos, a través de la referida Ventanilla. En consecuencia, el correo electrónico que había sido asignado a este Juzgado para la recepción de memoriales ya no funcionará para tales efectos.. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. (fdo), SANDRA LILIANA SERENO CAICEDO, JUEZA"

           

CARLOS ANDRES LOPEZ BETANCOURTH

 

S e c r e t a r i o.

 

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE

A V I S O   No. 003

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE, TOLIMA,

A V I S A

Que dentro del proceso de PROTECCION DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS, radicado bajo el número 00013-2024, promovido por  PERSONERIA MUNICIPAL DE IBAGUE en contra del  MUNICIPIO DE IBAGUE Y OTROS. se dictó auto ADMISORIO de la demanda, que dice: "JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO. Ibagué, dieciocho (18) de abril de dos mil veinticuatro (2024) la demanda reúne los requisitos exigidos por el artículo 18 de la Ley 472 de 1998, el juzgado, RESUELVE:   PRIMERO: ADMITIR el presente medio de control de PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS, promovido por la PERSONERÍA MUNICIPAL DE IBAGUÉ en contra del MUNICIPIO DE IBAGUE y del IBAL S.A. E.S.P. OFICIAL. SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente esta providencia al ALCALDE DEL MUNICIPIO DE IBAGUE – TOLIMA y al REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA IBAGUEREÑA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO – IBAL S.A. E.S.P. OFICIAL, mediante mensaje de datos dirigido a las direcciones electrónicas que dichas entidades estipularon para recibir notificaciones judiciales y las que fueran suministradas por el extremo accionante, de conformidad a lo establecido en el artículo 197 del C.P.A.C.A e igualmente remítanse a través de servicio postal autorizado, copia de la demanda, de sus anexos, y del auto admisorio. Lo anterior en consonancia con lo dispuesto en el Art. 21 de la ley 472 de 1998.

TERCERO: NOTIFICAR esta providencia al Ministerio Público, a quien se le entregará copia de la demanda y de la presente providencia, así mismo se le notificará la sentencia que se llegue a proferir. CUARTO: Notificar esta providencia, así como la sentencia que se llegue a proferir, al Defensor del Pueblo de esta ciudad. QUINTO: En cumplimiento del deber impuesto por el artículo 80 de la Ley 472 de 1998, para efectos de conformar el registro público centralizado de las acciones populares y de grupo, enviar copia de la demanda, así como del auto admisorio a la Defensoría del Pueblo. SEXTO: CORRER traslado a la parte demandada por el término de diez (10) días para que conteste la demanda, dentro de los cuales podrá solicitar la práctica de pruebas (Art. 22 ley 472 de 1998). SÉPTIMO: Por Secretaría INFORMAR a la comunidad en general acerca de la existencia de esta demanda mediante un aviso que se publicará en la cartelera del Despacho y en la página web de la Rama Judicial –micrositio del despacho. Con el mismo fin, las Entidades demandadas deberán publicar aviso en su página web, para lo cual se remitirá por Secretaría copia del mismo a las citadas entidades, y una vez cumplido lo anterior, deberán remitir certificación de la publicación. El aviso deberá permanecer por lo menos un término de veinte (20) días entre su fijación y desfijación, de lo cual también se dejará constancia en la certificación respectiva. OCTAVO: INFORMAR a las partes que, cualquier memorial que se pretenda allegar al expediente deberá anexarse a través de la ventanilla de atención virtual y trámite de solicitudes en Secretaría Online del sistema SAMAI, pues el correo electrónico que había sido asignado a este Despacho para recepción de memoriales dejó de funcionar. NOVENO: CONCEDER el amparo de pobreza solicitado por la PERSONERÍA MUNICIPAL DE IBAGUÉ con la presentación del medio de control de la referencia, destacando que dicho amparo tendrá los efectos contenido en el artículo 154 del C.G.P., de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta decisión.  NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. (fdo), SANDRA LILIANA SERENO CAICEDO, JUEZA"

                                                   CARLOS ANDRES LOPEZ BETANCOURTH

 

S e c r e t a r i o.

AVISO DE INTERES

 

 

Se informa a los señores abogados que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y a la comunidad en general que,  teniendo en cuenta la creacion por parte del Consejo de Estado del aplicativo web SAMAI, se coloca en conocimiento de los mismos, el paso a paso para la consulta de procesos y actuaciones que se adelanten en la Jurisdiccion. 

 

PASO A PASO

AVISO DE INTERES

 

Estimado usuario recuerde que, conforme a los artículos 46 de la Ley 2080 de 2021 y 78 numeral 14 del CGP, usted debe remitir sus memoriales además del correo institucional del Juzgado, a los correos de su contraparte, al procurador judicial y de ser el caso a la ANDJE.

 

 

AVISO DE INTERES

 

Se coloca en conocimiento de la comunidad en general, los canales electrónicos que pueden ser utilizados para realizar sus trámites de manera virtual.

 

AVISO DE INTERES

 

Se informa a los señores abogados que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, que deben actualizar sus correos electronicos, al igual que sus datos personales, en el Registro Nacional de Abogados; lo anterior, a efectos de que estos coincidan, con los que aparecen registrados en los procesos que se llevan ante los respectivos juzgados administrativos.

 

AVISO DE INTERES

 

Se coloca en conocimiento de la comunidad en general y en especial a los señores abogados que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, los aplicativos web para la recepción de tutelas y habeas corpus, para su conocimiento y fines pertinentes.

Circular PCSJTO20-215

Manual Ciudadano

Infografia

 

AVISO DE INTERES

 

Se coloca en conocimiento de la comunidad en general y en especial a los señores abogados que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, la circular CSJTOC20-216 de fecha 24 de junio de 2020, "por medio del cual se coloca en conocimiento los correos electrónicos habilitados para la recepción de memoriales y presentación de demandas en las diferentes especialidades, para su conocimiento y fines pertinentes.

Circular CSJTOC20-216

Correos Institucionales 

Correos presentacion demandas

AVISO DE INTERES

Se coloca en conocimiento de la comunidad en general y en especial a los señores abogados que adelantan procesos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, la circular CSJTOC20-207 de fecha 17 de junio de 2020, "por medio del cual se coloca en conocimiento el nuevo aplicativo para la recepción de tutelas y habeas corpus en línea", para su conocimiento y fines pertinentes.

 

Circular CSJTOC20-207

AVISO DE INTERES

 

Se informa a los usuarios que en aplicación estricta a lo establecido en la circular DEAJC20-58 del 1 de septiembre de 2020 proferida por el Consejo Superior de la Judicatura, las sumas señaladas por concepto de gastos ordinarios del proceso estarán destinados a sufragar las expensas que se causen dentro del proceso, tales como certificaciones, notificaciones, copias, desarchivo y digitalizaciones. Las tarifas para la determinación  de las sumas precitadas se encuentran debidamente señaladas en el Acuerdo PCSJA18-11176 13 de diciembre de 2018.

La suma  fijada deberá ser depositada por  la parte demandante y/o su apoderado dentro de los  cinco (5) días siguientes a la notificación por estado de la providencia que las señale en la Cuenta única nacional del Banco Agrario de Colombia No.3-082-00-00755-4  "GASTOS ORDINARIOS DEL PROCESO" Convenio 14975.

Al finalizar  el proceso, se debe devolverá el remanente, si  lo  hubiere, conforme al procedimiento establecido en  la Resolución No. 4179  del  22  de  mayo  de  2019, proferida por  la  Dirección Ejecutiva  de Administración Judicial; igual Situación correran los depósitos que fueron realizados en la cuenta de gastos identificada con el No. 4-6601-003503-0 convenio 11610 del Banco Agrario, correspondiente a este Despacho Judicial. 

De igual manera y en caso de multas o sanciones que se dicten dentro de los procesos que se llevan en este Despacho Judicial se debera realizar el pago correspondiente, en la cuenta corriente identificada con el No. 3-0820-000640-8 convenio 13474 del Banco Agrario. 

para mayor comprension se agregan los siguientes carteles informativos:

cartel informativo

requisitos

De igual manera el Despacho ha dispuesto para la comunidad en general y los señores abogados, los siguientes canales de atención, por lo que los invitamos a revisar el siguiente link, donde encontrara información de su interés.

 

CANALES DE ATENCIÓN

 

PROTOCOLO DE AUDIENCIAS

 

De igual manera invitamos a los señores apoderados, a seguir el link que a continuación colocamos a su disposición, a efectos de ser tenidos en cuenta al momento de participar en las correspondientes audiencias virtuales.

 

PROTOCOLO DE AUDIENCIAS

TUTORIAL LIFESIZE

TUTORIAL TEAMS