Presunción del contrato de trabajo: La presunción establecida en el artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo, admite prueba en contrario, de manera que si el empleador logra desvirtuar uno o varios de los elementos del contrato de trabajo, la presunción a favor del trabajador pierde sus efectos.
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Ana Lucia Caicedo Calderon
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articulo 24 CST y de la S.S
contrato de trabajo
application/msword
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articulo 24 CST y de la S.S
Mariela López de Meneses
Ana Lucia Caicedo Calderon
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Sala Laboral Tribunal Superior de Periera
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Presunción del contrato de trabajo
Versión 1.0
Registro sin cambios
Por Oscar Andres Correa Lozano, en 23/10/25 8:40
Pensión sobreviviente 11-750 Genny Amparo Ramírez de Arias vs Colpensiones, apelación.doc